Artículos doctrinales sobre Sucesión testamentaria
-
- Artículo 856
-
Artículo 1.035
ARTICULO 1.035 El heredero forzoso que concurra con otros que también lo sean, a una sucesión, deberá traer a la masa hereditaria los bienes o valores que hubiera recibido del causante de la herencia, en vida de éste, por dote, donación u otro título lucrativo, para computarlo en la regulación de las legítimas y en la cuenta de partición(a).
-
Artículo 910
I. Las causas de extinción: 1. Fin del albaceazgo y cesación de un albacea concreto. 2. Consideración preliminar. 3. Misión del albacea, voluntad del testador y causas de extinción.-II. Cumplimiento del encargo.-III. Imposibilidad de ejecutar el testamento.-IV. Muerte del albacea: 1. La muerte como causa de extinción. 2. Caso de ser albacea por ostentar un cargo. 3. Deber de notificar la...
-
Artículos 1.063 y 1.064
I. Bajas de la herencia.-II. Gastos de administración del caudal y abono recíproco por los coherederos de rentas, frutos, impensas y daños: 1. Perspectiva del régimen de comunidad hereditaria. 2. Abono recíproco de beneficios, gastos y perjuicios durante el tiempo de indivisión.-III. Gastos de la partición: 1. Clasificación de los gastos por razón de la partición. 2. ¿Deben participar en los...
-
La sucesión iure transmissionis, el concurso de delaciones en un mismo heredero y el impuesto de sucesiones
I. Introducción.-II. Si el transmisario sucede en la herencia del primer causante a este o al segundo causante: Planteamiento teórico.-III. Si el transmisario sucede en la herencia del primer causante a este o al segundo causante. Planteamiento practico. 1. Capacidad. 2. Colación. 3. Los legitimarios del transmitente. 4. Los acreedores del transmitente.-IV. Recapitulación.-Si el transmisario...
-
Artículo 688
I. Mayoría de edad para otorgar testamento ológrafo: A) Que en tema de capacidad testamentaria cuál de ellas es la regla y cuál es la excepción; B) Razones que justifican la exigencia de la mayor edad.-II. Los menores emancipados pueden otorgar testamento ológrafo: A) El emancipado sí puede otorgarlo; B) El testador ha de tener cumplidos los dieciocho años.-III. Cómputo de la mayoría de edad.-IV.
-
La formación del concepto de subrogación real.
I. El principio general de la subrogación real en el Derecho Romano clásico: A) La herencia: la acción de petición de herencia. B) La dote. C) El peculio. D) El patrimonio: la prenda general sobre todos los bienes. E) De las restituciones por entero: la actio quod metus causa. F) El fideicomiso de residuo. G) La taberna: el pignus tabernae. H) El rebaño: el usufructo del rebaño. I) Conclusión.-II.
-
Articulo 1.073 y 1.074
I. Supuestos de lesión en la partición.-II. Legitimación para el ejercicio de la acción de rescisión por lesión de las particiones.-III. Rescisión por lesión en más de una cuarta parte. Sus causas.-IV. El favor partitionis y la rescisión por lesión.-V. Momento en que debe efectuarse la valoración para apreciar si ha habido lesión.-VI. ¿Pueden rescindirse las particiones no efectuadas por el...
- El alcance de la prohibición
- Manifestaciones de la mejora
-
Artículo 908
ARTICULO 908 El albaceazgo es cargo gratuito. Podrá, sin embargo, el testador señalar a los albaceas la remuneración que tenga por conveniente; todo sin perjuicio del derecho que les asista para cobrar lo que les corresponda por los trabajos de partición u otros facultativos. Si el testador lega o señala conjuntamente a los albaceas alguna retribución, la parte de los que no admitan el...
- Artículos 870 a 872
-
Artículos 879 y 880
I. El legado de pensión, en general, y sus variantes.-II. Ha de tratarse de verdadera pensión, y no de entrega fraccionada de una cantidad global, y de verdadero mandato de pagarla, no de pura sugerencia de que se haga.-III. El de pensión es un legado único, que confiere un derecho de crédito con vencimientos sucesivos de las cantidades asignadas periódicamente.-IV. Derecho del legatario al cobro
-
Artículo 883
I. A qué legados se refiere este artículo.-II. Razón de lo que establece. Lo mismo regiría aun sin el artículo.-III. Algunas cuestiones claras y otras dudosas que puede plantear la variación en accesorios o en el estado de la cosa desde que se legó hasta la muerte del causante: 1. Variación de accesorios. 2. Variación del estado de la cosa.-IV. Particular examen de algunos extremos relativos a...
- La adquisición a título oneroso
-
Artículo 819
I. Imputación de clonaciones a hijos y descendientes y a extraños.-II. Reducción de donaciones inoficiosas.
- Concepto y naturaleza de la mejora
-
Ley 281
I. Denominación, funciones y naturaleza jurídica.-II. Presupuestos de eficacia.-III. Dinámica de la institución fiduciaria: 1) Explicación a través del juego de la vocación y la delación. 2) La aceptación y la renuncia del cargo.- IV. Elementos formales: títulos aptos para el nombramiento del fiduciaro-comisario: 1) El testamento. 2) Las capitulaciones matrimoniales y los contratos sucesorios. 3)
-
Ley 293
I. Estructura estática de la fiducia continuada: 1. Significado de la institución y premisas. 2. La fiducia continuada entre la fundación, el «trust» y el fideicomiso bancario. 3. Proximidad a las fundaciones fiduciarias o «no autónomas» y a las liberalidades modales perpetuas. 4. La idea del patrimonio afecto a un fin como aglutinante de estas afinidades institucionales:...
-
Ley 289
I. Nociones generales: 1. El concepto legal. 2. Definición. 3. Características y perspectiva dinámica.-II. Elementos estructurales: 1. Nombramiento del heredero de confianza: el instrumento sucesorio válido: A) Testamento en sus diversas formas. B) Pactos sucesorios y capitulaciones matrimoniales. C) Donaciones mortis causa. D) Otros instrumentos: codicilo, memoria testamentaria y poder...
-
Ley 290
LEY 290* Revelación de la confianza Salvo disposición en contrario, el heredero fiduciario no está obligado en momento alguno a revelar la confianza recibida ni a dar cuenta de su gestión. Cuando, por razón de los plazos establecidos en la legislación fiscal, el fiduciario tuviere que declarar la confianza, será suficiente una...
-
Ley 291
I. Introducción: cuestiones que plantea la ley y cuestiones que no plantea y deben ser resueltas.-II. Posición jurídica del heredero de confianza: 1. Naturaleza de su status: A) Asimilación a un testigo cualificado. B) Asimilación a un purus minister. intermediario y ejecutor. C) Asimilación a un mandatario post mortem. D) Asimilación a un heredero puro. E) Asimilación a un administrador. F)...
-
Título XII
TÍTULO XII DE LOS HEREDEROS DE CONFIANZA *
- Incompatibilidad entre las sucesiones universales testamentarias e intestada en el Codi de Successions de Catalunya......
-
Del derecho de acrecer
I. Visión general de lo regulado por el Código en la presente Sección y planteamiento de la distribución del comentario.-II. Idea general de acrecimiento y de derecho a acrecer.-III. La delación solidaría y su fundamento: en la sucesión testada, la voluntad (expresada o presunta) del testador; y en la intestada, el propósito de la ley de que mientras haya algún pariente del grupo preferente,...