Artículos doctrinales sobre Sucesión testamentaria
-
-
Artículo 767, párrafo segundo
I. La relevancia de la causa en las disposiciones testamentarias y el artículo 767, párrafo 2.°.-II. El supuesto de hecho de este precepto: 1. La causa contraria a Derecho: A) La causa, en el 767, 2.°, es el motivo: a) Razones de la identificación; b) Motivaciones de la voluntad excluibles; c) El motivo determinante; d) El motivo de actuación futura. B) La causa-motivo
-
Artículos 1.069 a 1.071
I. Obligación de evicción y saneamiento en la partición.-II. Excepciones a la regla general.-III. Distribución entre los coherederos de su recíproca obligación de saneamiento por evicción.-IV. Aplicación a la partición de las normas del saneamiento por evicción contenidas en la regulación de la compraventa.-V. El saneamiento de vicios ocultos en la partición.-VI. Extinción de la obligación de...
- Artículo 769
- Contenido y concepto de las capitulaciones matrimoniales
- Artículo 1.057, párrafo segundo
-
Artículo 1.057, párrafo tercero
ARTICULO 1.057, PÁRRAFO TERCERO Lo dispuesto en este artículo y en el anterior se observará aunque entre los coherederos haya alguno de menor edad o sujeto a tutela; pero el comisario deberá en este caso inventariar los bienes de la herencia, con citación de los coherederos, acreedores y legatarios (a).
-
Artículo 817
I. Deslinde de la reducción de disposiciones testamentarias que mengüen la legítima.-II. Naturaleza de la acción de reducción.
-
Artículo 780
I. Este artículo es aplicación de la regla de que a quien ya la sucesión que no no tomó otro, le va como se dejó a éste.-II. Cuándo se repiten las modalidades para el sustituto y cuándo, por excepción, no.-III. Caso de ser parcial la sustitución.-IV. Aplicabilidad a la sustitución fideicomisaria.
- Artículo 809
-
Artículo 1.051
I. La facultad de exigir la partición de la herencia.-II. Limitación de esta facultad.-III. Otros medios de retrasar la división o de condicionarla.
- Del usufructo a la sustitución fideicomisaria
- Artículo 777
- Artículo 1.050
- Artículo 800
-
Artículo 801
I. Condiciones a que alcanza.-II. La garantía que supone la puesta en administración de la herencia.-III. ¿Qué garantías aseguran el derecho de quien recibiría la herencia si se cumple la condición resolutoria puesta al heredero?
-
Sección octava: Del testamento marítimo
I. Historia. II. Justificación y naturaleza. III. Legislación aplicable fuera del Código civil. IV. Visión global de las distintas formas de testamento marítimo. V. Circunstancias para su otorgamiento. VI. Clase de embarcación en la que puede otorgarse testamento marítimo. VII ¿Es aplicable esta forma testamentaria a la navegación aérea? VIII. ¿Puede otorgarse el testamento marítimo en viajes...
-
Artículo 730
I. Caducidad. II. Lugar del desembarco a efectos del cómputo del plazo de caducidad.
-
Artículo 720
I. Otorgante y testigos del llamado testamento militar extraordinario abierto. II. Caducidad automática en caso de que el testador se salve. III. Formalización y posterior remisión. IV. ¿Es más conveniente la utilización del testamento en peligro de muerte del artículo 700 que la del testamento militar extraordinario de este artículo?
-
Artículo 741
I. Sólo me ocupo de la irrevocabilidad del reconocimiento en cuanto importa ahora. II. El texto actual del artículo. III. El precepto vale para el reconocimiento propiamente dicho y para el reconocimiento en su sentido de simple prueba de filiación. IV. El artículo se refiere a reconocimiento hecho en cualquier clase de testamento. V. El reconocimiento es testamentario a todos los efectos. VI....
- Artículo 786
- Artículo 816
- Artículos 845 y 846
- Artículo 837
-
Artículo 848
I. Numerus clausus de las causas de desheredación.-II. Sujetos de la desheredación.
- Artículo 855