La competencia territorial para la ejecución del auto de cuantía máxima

AutorSergi Guasch Fernández
CargoProfesor Asociado de derecho Procesal Universitat de Barcelona. Abogado
Páginas186-190

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I El Planteamiento del Problema

La competencia territorial para el conocimiento de la ejecución del auto de cuantía máxima no está establecida expresamente en la LEC. el art. 545.3 LEC se refiere a los títulos extrajurisdiccionales, de manera que el auto de cuantía máxima regulado en el art. 517.2.8º LEC puede entenderse que es una resolución judicial, su aplicación resulta más que discutible para fijar el órgano jurisdiccional territorialmente competente y tampoco lo es el art. 545.1 LEC, pues este precepto no es una norma de determinación de la competencia territorial, sino funcional, otorgando el conocimiento de los procesos de ejecución de resoluciones judiciales al tribunal que conoció del asunto en primera instancia, lo que por regla general, supone atribuirla al órgano del lugar en que se dictó la resolución cuya ejecución se insta.

Aunque se estimara aplicable el art. 545.3 LEC, el cual se remite a los arts. 50 y 51 LEC, estos preceptos establecen unos fueros generales Page 187 que son aplicables salvo que la Ley disponga otra cosa, estableciendo el art. 52.1.9º LEC, expresamente, que para las peticiones de indemnización de daños y perjuicios derivados de la circulación de vehículos de motor, la competencia territorial, en forma inderogable, corresponderá al órgano jurisdiccional del lugar en que se causaron los hechos. en todo caso, en esta materia, queda excluida la sumisión, pudiendo el órgano jurisdiccional analizar de oficio su propia competencia te-rritorial antes de despachar la ejecución (art. 546.1 LEC), estableciéndose en el art. 545.3 LEC para el juicio ejecutivo, tres fueros electivos o alternativos: 1) el del domicilio del demandado o el de alguno de ellos (al remitirse a los arts. 50 y 51, salvo norma especial de competencia territorial como es el forum delicti comissi o lugar en que haya sucedido el hecho, si la ejecutada tiene establecimiento abierto al público para actuar en nombre de la entidad, coincidente con el fuero establecido para los procesos declarativos que versen sobre indemnización de daños y perjuicios derivados de la circulación de vehículos de motor, sin perjuicio del privilegio del Consorcio de Compensación de Seguros (art. 15 de la Ley 52/1997, de 27 noviembre), 2) el lugar del cumplimiento de la obligación según el título y, 3) el lugar en que se encuentren bienes del deudor que puedan ser embargados, por razones de eficacia.

Por lo tanto, existe una dicotomía entre el art. 545.3 LEC que nada afirma en relación al auto de...

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