Derecho de sucesiones, de José Ramón Vélez Torres.

AutorEduardo Vázquez Bote
CargoDoctor en Derecho
Páginas779-784

    VÉLEZ TORRES, JOSÉ RAMÓN: Derecho de sucesiones. Madrid, 1974. Ediciones autor, XXIII, 341 págs.

No suelo acometer la recensión de publicaciones, y cuando lo he hecho ha sido de forma excepcional. Los argumentos para ello son muy simples: en primer lugar, creo que recensionar una obra requiere unos conocimientos y una formación con respecto de los cuales me encuentro muy lejos aún del promedio; además, con frecuencia la recensión oscila entre el elogio amistoso (como los que han hecho a algunas de mis obritas un Page 780 cúmulo de buenos amigos que tiene uno repartidos por medio mundo) o la crítica feroz, y la finalidad de la recensión no es ésa.

Sin embargo, no es frecuente hallar un libro en que el autor exponga sus pretensiones con enorme modestia y que, naturalmente, los fines alcanzados excedan con mucho los subjetivos del creador, virtud a la cual se añada una perentoria necesidad de obras similares.

Con estos párrafos de introducción, que solamente persiguen justificarme yo, podemos pasar al motivo de estas breves páginas.

El autor.-José Ramón Vélez Torres ha sido por muchos años profesor de Derecho civil en la Facultad de Derecho de la Universidad Interameri-cana de Puerto Rico. Recuerdo perfectamente que cuando vine yo al país, la primera lectura que hice fue un artículo suyo 1. Vélez Torres es, pues, para mí la toma de contacto con un Ordenamiento al cual he dedicado muchos años de esfuerzo, no empece que el fruto sea raquítico. Sin embargo, tardé mucho en conocer a Vélez Torres. De hecho, nuestro primer contacto fue con motivo de un homenaje muy merecido que le dispensó su Facultad de Derecho por causa de haber sido nombrado Juez Superior de Puerto Rico, explicándose mi presencia allí porque los estudiantes de dicha Facultad, por medio de su Revista Jurídica, quisieron «aplacarme» en retribución a mis esfuerzos. Justificado el primer homenaje, debo reconocer-y no es falsa modestia-que el mío respondía a eso, a cosas de estudiantes, aunque dicha placa la conservo con enorme cariño y profundo agradecimiento. En resumen, conocido intelectualmente desde hace mucho tiempo, es conocido por mí personalmente hace pocos meses. Por ello, el juicio se garantiza como honesto, pues no pueden moverme ni amistades, ni rencores, ni agradecimientos recíprocos, sino meramente la obra.

Por lo dicho, no es fácil hacer un perfil del autor, persona joven (no debe tener más de cincuenta años), con bríos y ganas de trabajar, profundamente enamorado de su Derecho civil propio, sin incidir por ello en nacionalismos de vía estrecha, de mentalidad abierta y despejada. Es, como apuntaba inicialmente, una persona sin pretensiones, pero, con muchos logros en su haber.

La obra.-Uno de éstos lo es el libro que voy a...

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