Panorama del Derecho civil, de J. Vallet de Goytisolo.

AutorJosé María Chico Ortiz
Páginas221-228

    VALLET DE GOYTISOLO, J.: Panorama del Derecho civil. Bosch, Casa Editorial. Segunda edición. Barcelona, 1975.

No sé si es frecuente el fenómeno de que aquellos juristas-hombres de Derecho y no hombres de leyes-que tienen en sus manos la aplicación, la interpretación y la elaboración de la normativa jurídica se paren en sus funciones y mediten seriamente en los problemas fundamentales que lleva consigo la palabra Derecho. Si el fenómeno no es frecuente, lo considero, sin embargo, necesario. En este mundo de «urgencias» y «emergen-, cias», de improvisaciones y de soluciones provisionales, en el que la rapidez mediatiza la reflexión a décimas de segundo, hay que poner de cuando en cuando un paréntesis, hacer un apeadero, descansar, aislarse y meditar un poco. Así como en la vida espiritual del individuo es aconsejable un turno o tanda de ejercicios espirituales, en el campo del Derecho también es precisa una meditación seria de conceptos, significados y proyecciones.

Creo que éste es el gran significado que encierra la publicación que comentamos, que se viste de gala con su segunda edición corregida, pero no aumentada. Es un intento serio de meditación sobre unos conceptos tradicionales procedentes del campo del Derecho. Puede servir perfectamente como breviario de ese aislamiento que predico para todo buen jurista o para todo jurista que se precie de tal.

En el «escalofriante campo de la filosofía del Derecho» se nota, a poco que se profundice, que no todos los profesionales del Derecho se sienten Page 222 cómodos. Una encuesta con preguntas «de ingreso» daría unos resultados sorprendentes. Pero a cambio o con la promesa de no realizar esa encuesta vamos a meditar de cuando en cuando.

Para mí el libro, aparte de lo dicho, ha tenido otra proyección. La doble cualidad de funciones que al Registrador se le asignan en nuestra legislación-la de la calificación y la de la liquidación de ciertos impuestos-me llevó en cierta ocasión a plantearme el problema de hasta qué punto y medida los conceptos tradicionales del Derecho y sus construcciones dogmáticas habían penetrado en el campo fiscal y en el registral. Sobre ese punto hice unas notas y di una conferencia. Pues bien: este libro fue para mí clave y puntal de una de mis tesis. En su día habrá que utilizarlo también para ver la posible penetración de lo dicho en otros campos que se visten con el carácter de autónomos, se acogen a la palabra Derecho y se adjetivan con la categoría de administrativos.

El origen de este trabajo, se decía en la primera edición, son unas conferencias-doce en total-que el autor pronuncia en el Centro de Estudios Tributarios en el curso 1959-1960, y que posteriormente el autor reelabora. Para mi síntesis recensionista no podemos tomar como base esos doce apeaderos, que constituyen otros tantos capítulos, sino que como los conceptos que se exponen en ese panorama del Derecho civil son perfectamente clasificables en las partes que desde Savigny se vienen admitiendo, podemos distinguir la parte general, los derechos reales, las obligaciones y contratos, la familia y las sucesiones. Vaya por delante, y...

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