Notas bibliográficas

AutorRomán Riaza
Páginas627-631

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Revistas

Abraham (Dr. Hans Fritz). - La revalorización como "derecho de necesidad" originado revolucionariamente. - Juristiche Rundschan. Año I. Núm. 5. 10 Marzo 1925.

El autor muestra lo inconsistente de las opiniones que han pretendido fundar en preceptos de la legislación común, verbi gratia, el § 242 del Código civil, todo el movimiento favorable a negar el principio «el marco es igual a- un marco, sin tener en cuenta su valor real, explicando el génesis popular de la idea opuesta y su aceptación por la jurisprudencia como un remedio revolucionario al ritmo no menos revolucionario de la evolución económica.

No bastaban, en efecto, las construcciones técnicas de la buena fe de la cláusula "rebus sic stantibus": eran precisas medidas legislativas. Solamente cuando este camino se vio cerrado, cuando la legislación adoptó una actitud pasiva frente al problema, la jurisprudencia hubo de abordarlo, acomodándose en sus resoluciones a las exigencias de la conciencia jurídica. Exteriormente adoptó alguna de aquellas fórmulas; en el fondo creó un derecho nuevo.

Esto se muestra con mayor claridad que en el Derecho material en las cuestiones de procedimiento, enlazadas con los litigios sobre revalorización; por ejemplo, el Tribunal Supremo (Reichsgericht) ha venido admitiendo, conforme a las reglas generales del procedimiento, que la interposición: dé una demanda interrumpe la prescripción del derecho a reclamar la revalorización y que esta interrupción surte efecto aun cuando por consecuencia de la sucesiva desvalorización de la moneda, el contenido económico de aquélla demanda se reduzca a una cantidad irrisoria; pero, por otro lado, afirma que sólo entra en cuenta para los efectos de cosa juzgada el valor oro en el momentoPage 628de concluirse el contrato. Se rompe aquí, por lo tanto, la correlación que normalmente advertimos entre la litispendencia y la fuerza de la cosa juzgada.

Una consecuencia peligrosa de la jurisprudencia aludida es que, merced a los principios que ella establece, pueden abrirse de nuevo los litigios ya terminados, y pedir, con el recibimiento de nuevas pruebas, la revisión de la sentencia que se haya dictado, negándole el valor que tradicionalmente se le viene asignando a una declaración de esta naturaleza.

Pero también, en cuanto a principios sustantivos de Derecho, se han aventurado doctrinas muy discutibles; por ejemplo, la de negar carácter de cumplimiento de obligación a...

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