Título XIV

AutorJ.Javier Nagore Yárnoz
Cargo del AutorNotario. Doctor en Derecho

DEL ACOGIMIENTO A LA CASA Y DE LAS DOTACIONES *

La libertad dispositiva, así como la conceptuación del Derecho navarro como un sistema jurídico abierto y, a la vez, coherente en sus numerosas instituciones jurídicas, se pone de relieve también en este Título, al regular derechos, variadísimos, con cargo a la Casa, de contenido y modalidades distintas, y en favor no solamente de los hijos o descendientes, sino de otras cualesquiera personas 1.

Lo que en otros derechos forales suele concretarse a «pactos de convivencia en heredamientos», a estipulaciones especiales en donaciones universales, o a derechos de asistencia y dotaciones de hijos no herederos, en el Derecho navarro, se regulan -en este Título XIV del Libro II- instituciones que pueden ordenarse o convenirse de formas y modos variadísimos. De ahí que aparezca como Título independiente, aunque se halle conexo, especialmente, con otros títulos que establecen estos derechos «con cargo a la Casa» en pactos institucionales de capítulos matrimoniales, donaciones universales y nombramientos de heredero; donaciones propter nuptias, y, en fin, con los que en los Libros I y II de la Compilación regulan el derecho familiar sucesorio tendente a salvaguardar la unidad de la Casa y del patrimonio, evitando la sucesión intestada. De aquí también la lógica conexión con los Títulos que contienen las leyes sobre pactos sucesorios e institución de heredero, con los de testamentos y legítima foral.

En la práctica jurídica navarra se recogen, desde muy antiguo, en muchos instrumentos públicos notariales, pactos y disposiciones sobre estos derechos en favor de hijos, descendientes y otra personas, con cargo al heredero de la Casa y hacienda2. Esta práctica notarial fue también recogida, como en otras ocasiones, en los distintos Apéndices navarros al Código civil, y Proyectos de Compilaciones, aunque sólo a partir de la Recopilación Privada de 1971 estos derechos se institucionalizan en las leyes del Fuero Nuevo aquí comentadas3.

NOTAS

* BIBLIOGRAFIA: Salinas Quijada, Derecho civil de Navarra, págs. 61 y ss.; y en los diversos trabajos contenidos en los diversos volúmenes Comentarios al Código civil y...

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