Regulación

AutorRosa Pérez Martell
Cargo del AutorProfesora titular de Derecho Procesal, ULPGC
Páginas117-122

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No existe una normativa específica y autónoma que regule el contrato de franquicia, y ninguna norma se refiere a cómo pueden resolver específicamente franquiciadores y franquiciados los conflictos que hayan podido nacer de su relación de negocios. (Excepto lo previsto en el Reglamento de la Corte Española de la Franquicia). Caso de que se procediese a regular el contrato de franquicias en una ley específica, entiendo que sería importante mencionar la posibilidad de resolver los conflictos que pueden generarse en este ámbito mediante el uso del arbitraje como método de resolución de conflictos. Así se prevé en determinadas normas, por ejemplo, en la LSSI207, que dedica un título, el V, a la solución de conflictos, ya por vía judicial ya por vía extrajudicial, mencionando al arbitraje.

Además, otras leyes especiales contienen reglas relativas a la resolución de conflictos mediante el arbitraje son, entre otras: La Ley 42/98,1 de 15 de diciembre, de Derechos de aprovechamiento por turno de bienes inmuebles de uso turístico (art. 2.2); la Ley 21/97, de 3 de julio, reguladora de las Emisiones y Retransmisiones de Competiciones y Acontecimientos Deportivos, (art. 7); La Ley 26/84, de 19 de julio, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios; la Ley 33/84, de 2 de agosto, de Ordenación del Seguro Privado (art. 34); la Ley 16/87, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, con el nuevo artículo 38, redactado según la Ley 29/2003, de 8 de octubre; la Ley 27/99, de 16 de julio, de Cooperativas (Disposición Adicional 10a); La Ley 49/2003, de 26 de noviembre, de Arrendamientos Rústicos, art. 34); La Ley 20/2003, de 7 de julio, de Protección Jurídica del Diseño Industrial, (art. 42); La ley 40/2002, de 14 de noviembre, reguladora del contrato de aparcamiento de vehículos (art. 5); La Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas, (art. 28); La Ley 49/60, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal, (art. 10, redactado según la Ley 8/99, de 6 de abril).

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En todo caso, en la actualidad, la regulación del arbitraje en nuestro país y a la que tendrán que acudir franquiciador y franquiciado para resolver sus conflictos, es la contenida en la Ley de Arbitraje es la Ley 60/2003, de 23 de diciembre.

En cuanto al contrato de franquicia, no existe una regulación específica en nuestro ordenamiento jurídico208, lo que nos obliga a estar para su regulación yPage 119 relaciones entre las partes a lo que disponga el contrato en primer lugar. En segundo lugar y como marco en el que debe encuadrarse la figura contractual habría que atender al Reglamento de la CE 2790/1999, de la Comisión de 22 de diciembre (LCEur 1999, 4030) , relativo a la aplicación del apartado 3 del art. 81 del Tratado CEE (RCL 1999, 1205 ter y LCEur 1997, 3695) a determinadas categorías de acuerdos verticales y prácticas concertadas; reglamento que a su vez incorpora en su contenido los tres Reglamentos relativos a la franquicia, el Reglamento 4087/1988 de la Comisión de 30-11-1988 (LCEur 1988, 1748)209, al que viene a sustituir, Reglamento 1983/83 (LCEur 1983, 294) y Reglamento 1984/1983 (LCEur 1983, 295) . Por su parte y en lo que se refiere a la regulación nacional serán de aplicación el art. 62 de la Ley de Ordenación del Comercio Minorista y el Real Decreto 2485/1998, de 13 de noviembre por el que se desarrolla dicho precepto, relativo a la regulación del régimen de franquicia y crea el Registro de Franquiciadores, así como el Real Decreto 157/92, de 21 de febrero (RCL 1992, 487), por el que se desarrolla la Ley de Defensa de la Competencia (RCL 1989, 1591).

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Sobre la regulación del contrato de franquicia, para CHULIÁ210 es un contrato parcialmente atipico211 en cuanto que está regulado de manera fragmentaria y dispersa: a la franquicia se refiere el artículo 62,1 y capítulo VI (de la actividad comercial en Régimen de Franquicia) de la Ley 7/1996, de 15 de enero (RCL 1996, 148, 554), de Ordenación del Comercio Minorista y en desarrollo de este artículo, el artículo 2 del Decreto 2485/1998, de 13 de noviembre (RCL 1998, 2769). Más extensamente, el contrato de franquicia se rige por las siguientes disposiciones: Código Deontológico Europeo de la Franquicia212; Ley 7/98, de 13 de abril, sobre Condiciones Generales de Contratación, en cuanto que pretende proteger los legítimos intereses de todo aquél que utilice condiciones generales en su actividad contractual, algo muy habitual en los contratos de franquicia y otra abundante normativa213; Ley del Contrato de Agencia, Ley 12/92 de 27 de mayo; Ley 16/89 de 17 de julio de Defensa de la Competencia; Ley 52/99, de 28 de diciembre, de Reforma de la Ley 16/89 de 17 de julio, de Defensa de la Competencia; Real decreto 157/1992 que desarrolla el artículo 5 de la Ley 16/1989, de 17 de julio, de DePage 121fensa de la Competencia; Real decreto 378/2003, de 28 de marzo, por el que se desarrolla La Ley 16/1989, de 17 de julio, de defensa de la Competencia, en materia de exenciones por categorías, autorización singular y registro de defensa de la competencia; Ley 3/91 de enero, de 10 de enero sobre Competencia Desleal; Ley 26/84, de 19 de julio...

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