La propiedad inmobiliaria y sus tributos en China

AutorLa Redacción
Páginas414-424

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Al intentar este ensayo sobre la propiedad territorial de China y sus tributos, no he de ocultar las dificultades que consigo lleva mi empeño. Por una parte, nuestra ignorancia acerca de China, es evidente en la actualidad y demostrada repetidamente con motivo de los resonantes sucesos políticos de aquella lejana nacionalidad ; y, por otra, mi empeño de exponer en este escrito de una manera sucinta, pero completa, cuanto pueda constituir el fondo de tan complejo como interesante tema.

A través de los tiempos v de las edades vése en China, como en otras venerables civilizaciones de legendaria historia, que las formas esenciales de propiedad han sido dos. Unas veces, prevaleciendo el principio social en su organización, triunfa el cultivo comunal, y entonces vive la propiedad del suelo vida lánguida y misérrima. Otras veces, basando el reparto del territorio a impulsos de tendencias y principios opuestos al anterior, se establece la riqueza individual, y pronto, por doquiera, surge el progreso y el bienestar del país.

Y así, en eterna lucha estos dos principios fundamentales, recibiendo una dirección estructural del espíritu de los hombres, ora estableciendo otra contraria, la historia territorial de China se presenta al mundo de Occidente como elaborada en el dilatadísimo sopor de una civilización de más de cuarenta siglos, en la que se presentan detalles claros y precisos, pero en la que también existen grandes nebulosas imposibles de salvar.

En esencia, la historia territorial de China desde sus orígenes hasta nuestros días, está sintetizada en la lucha de los prin-Page 415cipios social e individualista ; de amortización y de desamortización, que diríamos los españoles, empleando metáforas vulgares.

No hemos de seguir paso a paso al sociólogo Otto en la dilatada exposición de este tema. Bástanos, para nuestro objeto, esbozar, perfilados, los hechos más salientes del asunto con que encabezamos el presente trabajo.

Es Ohina un país rico y fértil como pocos. En su dilatado suelo, se producen espléndidas y repetidas cosechas en un solo año. De un excelente clima, cruzan su territorio ríos caudalosísimos, que pueden competir en importancia con el Nilo y el Mississipí. Navegables en grandes recorridos, a este hecho, se debe, en parte, la actual prosperidad industrial y comercial del país, detenida al presente por las intestinas luchas de la guerra de independencia civil.

China es un país eminentemente agrícola, y de ahí nace precisamente la importancia de su riqueza inmobiliaria. Esto explica por qué cada una de las diferentes dinastías de soberanos que alcanzaron el trono, bien por la conquista, bien por la voluntad del pueblo, halagaron en primer término al labrador, viéndose este hecho, principalmente, en los impuestos.

Ofrece Ohina una singular historia tributaria. En este país, desde tiempos remotos hasta hace muy poco, el suelo no ha podido ser objeto de un tributo, tal y como se halla al presente en Europa. La distinción integral se fundamenta en que en esta última parte del mundo es la propiedad misma, el ente físico, el que sufraga el tributo. Es decir, el propietario. En China, en cambio, quien paga el impuesto es el cultivador y no el propietario del bien raíz. De aquí, resulta que el propietario del suelo no paga nada por la propiedad, haciéndolo por él el colono o cultivador. Así, pues, las cosas, el propietario sólo tenía tributos personales, mientras el colono tenía éstos y los del suelo que cultivaba.

Según las épocas, este tributo pagado por el colono lo ha sido en formas diversas. Unas veces, en forma de prestaciones, servicios o trabajos ; otras, en especies ; y, por fin, más hacia nuestros días, en dinero también.

Los primeros vestigios de este impuesto se hallan en China sobre el año 2200 antes de Cristo, en que numerosos escritoresPage 416 de aquella época relatan ya minuciosamente el tipo y forma de exacción de este tributo, que consistía únicamente en la cesión de una parte de los productos de la tierra.

Según el testimonio escrito llegado a nuestros días por obra de los compiladores chinos, próximamente, hacía la mitad del segundo milenio antes de Cristo, se dictó una ley denominada de las «Octavas», en virtud de la cual se establecía la parcela Upo de propiedad en el inmenso territorio del celeste Imperio. Dichas propiedades habían de ser cuadrados perfectos, y, por tanto, sus límites todos de igual longitud. De cada ocho parcelas, dadas a otras tantas familias, se reservaba una, la novena, para que fuera cultivada en beneficio absoluto del Emperador. Del cultivo, siembra y recolección de este lote habían de encargarse las ocho familias que labraran los campos lindantes con el asignado al Emperador.

En textos chinos llegados a nuestros tiempos puede verse cual minuciosamente se mostraban aquellos rudimentarios geómetras describiendo mediante notas literales y croquis ricamente intercalados en títulos y libros, las propiedades...

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