Pau Pedrón, Antonio, y Otros: El aprovechamiento por tumo de bienes inmuebles en Europa. Centro de Estudios Regístrales del Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España, Madrid, 1999. Un tomo de 210 págs.

AutorMaría del Carmen Corral Gijón.
Páginas2577-2578

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    PAU PEDRÓN, ANTONIO, Y OTROS: El aprovechamiento por tumo de bienes inmuebles en Europa. Centro de Estudios Regístrales del Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España, Madrid, 1999. Un tomo de 210 págs.

La figura que ha sido conocida hasta ahora como «multipropiedad» se va extendiendo paso a paso por todos los ámbitos y especialmente por las zonas turísticas, tanto de América como de Europa.

Por lo que atañe a nuestro Continente, ya ha sido objeto de atención en la Directiva 47 del año 1994, que la contempló como una adquisición de inmuebles en régimen de tiempo compartido y que ya ha sido recibida en quince países europeos.

Sin embargo, como hace notar Pau Pedrón, ninguna de las legislaciones nacionales ha consagrado como condominio su naturaleza jurídica, tal como habrían hecho los autores que primero se habían ocupado de esta figura. Los legisladores, dice, han sido más realistas que la doctrina y por ello se ha configurado de diversos modos en cada uno de los países, respondiendo más bien a necesidades prácticas. Así, en España, la Ley 42/1998, no sólo prescinde de la idea dominical, sino que incluso se tacha la denominación «multipropiedad» y se huye de toda nota que pueda configurarla como participación a título de dueño.

El Colegio de Registradores de España, preocupado por esta figura, que ha de tener su reflejo en los libros registrales, ha organizado dos ciclos de conferencias en las que se ha tratado el tema.

En el ciclo que tuvo lugar en 1997 se recogió el Derecho comparado, que es el objeto del presente libro, donde se reproducen las exposiciones de los conferenciantes referidas a las normativas de sus respectivos países.

La primera conferencia estuvo a cargo de Andreas Schoremus, bajo el título Consideraciones acerca de la ley alemana sobre la venta de derechos de uso a tiempo parcial en los edificios de viviendas y de la protección al consumidor. Esta ley está en vigor desde el 1 de enero de 1997 y es una transcripción bastante fiel de la Directiva europea, tanto por su estructura como por su contenido, siendo sus puntos principales la necesidad de entregar un folleto y un contrato, introducir un derecho de retractación por diez días que se extiende a los contratos de financiación y la prohibición de pagos a cuenta.

Johannes Stabentheiner disertó sobre El marco legal de la propiedad a tiempo parcial en Austria, explicando las analogías y diferencias de la legislación austríaca con respecto...

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