Obligaciones tributaria. Sujeto activo. Responsabilidad

AutorRafael Calvo Ortega (director)
NORMAS

1) Resolución de 11 de enero de 2002, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se delega la competencia de instrucción del procedimiento de responsabilidad patrimonial (BOE de 28-1-02).

De acuerdo con el artículo 103. Tres. 3 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, corresponde al Director general de la Agencia Tributaria, la dirección del funcionamiento ordinario de los servicios y actividades de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, debiendo considerarse incluida en esa amplia competencia residual la tramitación de los expedientes de responsabilidad patrimonial. La competencia para la instrucción de los expedientes mencionados recae, por tanto, en el Director general de la Agencia Tributaria en cuanto le corresponde dirigir el funcionamiento ordinario de sus servicios y actividades. La Instrucción 1/1998, de 10 de febrero, de esta Dirección General, sobre tramitación de los procedimientos de responsabilidad patrimonial y ejecución de resoluciones administrativas y sentencias firmes en esta materia, y por la que se delegan las competencias para la tramitación de los mismos, delegaba en el Subdirector general de Gestión Financiera del Departamento de Recursos Humanos y Administración Económica el núcleo de las competencias para la realización de los actos de trámite de estos procedimientos, mientras algunos aspectos de mayor relevancia se delegaban en el Director adjunto de Administración Económica.

Por Orden de 17 de junio de 1998 se reestructuró el Departamento de Recursos Humanos y Administración Económica, suprimiéndose la Subdirección General de Gestión Financiera y la Subdirección General de Presupuestos e Información de la Gestión Económico-Financiera, creándose en su lugar, la Subdirección General de Presupuestos y Gestión Financiera, por lo que se hizo preciso modificar la Instrucción 1/1998, mediante la Instrucción 14/1998, al objeto de delegar en el Subdirector general de Presupuestos y Gestión Financiera, las competencias que la primera delegaba en el Subdirector General de Gestión Financiera.

La Instrucción 1/2001, dictada sobre la misma materia, implicó la modificación de la delegación de competencias para facilitar la tramitación, gestión y ejecución de los expedientes de responsabilidad patrimonial, de forma que la Dirección Adjunta de Administración Económica asumió la total...

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