Nuevas aspiraciones del derecho rural

AutorRafael Gómez Pavón
CargoRegistrador de la Propiedad
Páginas266-269

Page 266

Actividades ordenadoras del derecho a la tierra y reguladoras de su disfrute parecen anunciarse en las esferas parlamentarias, y altas novedades tejerse en los anunciados proyectos del Ministerio de Agricultura referentes al rejuvenecimiento de la ley de Reforma agraria. La vieja legislación más vieja por el desuso y por las tendencias titubeantes y contradictorias que por el estrago de los años, ni ha inspirado más que desconfianzas perturbadoras, ni siquiera ha marcado orientaciones estabilizadas. La tierra, cansada, siente la pesadumbre de su caos legislativo, y de ello resulta la anemia progresiva e incurable del crédito rural y de una economía, romo la española, esencialmente fundada sobre ella.

Urge, pues, una orientación definitiva y permanente, dibujando el nuevo derecho sobre aquellas bases que, por responder al instinto de la Naturaleza, son eternas, ensambladas racionalmente sobre las nuevas modalidades de la economía del campo y de la justicia social.

Todas las doctrinas políticosociales dan su solución para el problema y ofrecen modelos, a veces sugestivos e interesantes, para una redistribución del suelo en orden a determinadas organizaciones del Estado; y por lo que a nuestro país se refiere, no debe perderse de vista la experiencia que estamos viviendo de los problemas del campo. El Instituto de Reforma Agraria va como madero arrastrado por la riada de los asentamientos campesinos en Extremadura y Andalucía, regiones eminentemente agrícolas y latifundarias, lo que nos demuestra que el campesino invasor aprovecha de aquellas prédicas socializantes y colectivistas lo que de momento puede servir a sus deseos, que no son otros que la posesión a título de dueños de dueños romanos en el fondo de la tierra que puedan labrar.

Pese, por tanto, a todas las apariencias, nuestro aldeano sólo concibe la propiedad individualizada y tradicional, y de este ins-Page 267tinto habrá de partir toda legislación que aspire a ser definitiva. Debe ser postulado indeclinable el reconocimiento y amparo por el Estado de la propiedad rural individual.

Igualmente la futura ordenación deberá atender a los siguientes extremos:

Primero

La modificación de la propiedad rural en cuanto a su extensión.

Ella está determinada por la extensión territorial dentro de unas fronteras, influida por factores geológicos y climatológicos ; no puede aumentar en...

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