José Luis Lorente Tallada: La gestión urbanística y la edificación existente

AutorJosé Luis GOnzález-Berenguer Urrutia

LORENTE es una de las más sabias figuras de las muchas que integraban el desaparecido Cuerpo de Secretarios de Administración Local, hoy sustituido por un montón de políticos convertidos en funcionarios.

El libro de LORENTE tiene el más alto nivel de los que hasta ahora ha publicado. Parte de la inteligente y escasamente explotada idea del derecho de propiedad urbanística como un sistema secuencial de adquisición de facultades, y ello en función del previo cumplimiento de unos deberes legales. El recen-sionista dedicó a este tema muchas líneas que acababan sosteniendo la idea de que la licencia de construcción tenía carácter constitutivo entonces (Ley 8/90, y su hijuela de 1992), no se tenía derecho a construir hasta que no se tenía obtenida la licencia y no se tenía derecho a licencia hasta que no se habían cumplido todos los deberes, legalmente establecidos, a cargo del propietario. El sistema era correcto (aunque no muy del gusto del pensamiento conservador). Y es el vigente en los más importantes países europeos.

Y LORENTE comienza diciendo en la introducción:

El estudio sistemático del suelo semiconsolidado supone ir descubriendo una larga serie de situaciones de hecho para intentar superponer el ordenamiento jurídico vigente en cada caso y desentrañar el régimen jurídico aplicable. Vamos a exponer, en primer lugar, qué entendemos por suelo semiconsolidado, y luego intentaremos desentrañar el régimen jurídico aplicable

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Transcribo en los párrafos siguientes cuatro conceptos básicos que nos ayudarán a descubrir nuestro objeto de estudio; son los siguientes:

  1. Las clases de suelo: urbano, urbanizable y no urbanizable.

  2. La concepción subjetiva del derecho de propiedad urbana: la adquisición gradual de facultades.

    A esto hay que añadir:

    Desde el punto de vista subjetivo fue la Ley del Suelo 8/1990, TRLS 1/92, la que creó el original sistema que regula el desarrollo urbanístico del suelo desde el prisma de la consolidación del derecho de propiedad urbana, como un proceso jurídico que se caracteriza por la gradual y sucesiva adquisición de facultades urbanísticas por el propietario de suelo de modo que, a medida que iba cumpliendo los deberes urbanísticos establecidos en la Ley, iba adquiriendo facultades, consolidando el derecho de propiedad urbana, y llenando de contenido el derecho de propiedad, que se traducía en un incremento del valor de los terrenos que se generaban gradualmente in crescendo

    .

    La sucesión gradual del proceso contiene los cuatro deberes básicos a saber: cesión, equidistribución, urbanización y edificación, y los correlativos derechos a urbanizar, el aprovechamiento urbanístico, a edificar y a la edificación. El derecho a la edificación está configurado como el más alto grado de consolidación del derecho de propiedad urbana que presupone el cumplimiento de todos los demás deberes

    .

  3. La concepción objetiva: el proceso de...

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