Imputación y teoría del delito. La doctrina kantiana de la imputación y su recepción en el pensamiento jurídico-penal contemporáneo. Pablo Sánchez-Ostiz ED. BDEF, Montevideo-Buenos Aires, 2008, 597 págs.

AutorJosé Justo Megías Quirós
CargoProf. Titular de Filosofía del Derecho, Universidad de Cádiz
Páginas249-256

No es frecuente en la actualidad encontrarse con obras que aborden la fundamentación del pensamiento jurídico y su desarrollo histórico como la publicada por el Prof. Sánchez-Ostiz sobre la imputación. En ella plasma con gran claridad y profundidad la evolución de la doctrina de la imputación, desde sus incipientes apuntes en las obras aristotélicas hasta las más recientes aportaciones de los penalistas contemporáneos, dedicando especial atención a la influencia del pensamiento kantiano sobre los juristas de los siglos XIX y XX. Se trata de un cuidado y detallado trabajo de investigación que ofrece luces para entender por qué en la actualidad recobra vigor esta doctrina, en especial, en el ámbito del Derecho penal.

Tras el triunfo del positivismo jurídico en el pensamiento europeo, la doctrina de la imputación fue desplazada a un segundo plano por ideas que parecían facilitar una aplicación más objetiva de las leyes. Sin embargo, las dos últimas décadas han sido testigo de un renacer de la doctrina de la imputación en el campo de la filosofía práctica, en los planteamientos de orden político-criminal y en la dogmática jurídico-penal de inspiración alemana, convirtiéndose actualmente en la base de la teoría del delito. Como el propio autor anuncia en la introducción, su estudio se centra en “encontrar la razón de ser de las actuales reglas de imputación y su sentido en el Derecho penal (doctrina científica, legislación y cotidiana aplicación jurisprudencial)” (p. 9).

Dividida en cuatro partes, el autor dedicada la primera de ellas al estudio de los logros de la Teoría de la imputación hasta la filoso-Page 250fía de la Ilustración. En la segunda aborda, con gran profundidad, la doctrina kantiana sobre la imputación, mientras que en la tercera y la cuarta expone la recepción de esta doctrina en el pensamiento jurídico-penal del siglo XIX y la repercusión sobre las ideas contemporáneas respectivamente. No se trata, por tanto, de un simple estudio histórico, sino que aborda la realidad jurídica partiendo desde sus antecedentes y ofrece al lector de forma magistral las claves para comprender la evolución de la doctrina a lo largo de los siglos y su influencia en el pensamiento contemporáneo. Como es habitual en Sánchez-Ostiz, maneja y se apoya en una ingente bibliografía, con predominio de la germana, para fundamentar sus sólidas conclusiones.

En la Primera Parte (pp. 13-51) realiza una aproximación histórica a la doctrina de la imputación, poniendo de relieve que el Derecho penal contemporáneo se nutre de conocimientos no sólo de tradición secular, sino también de conocimientos de otros ámbitos del pensamiento -en particular, de la teología moral-en los que esta doctrina recibió una atención considerable. En estas páginas desarrolla la concepción clásica de la imputación como la operación que permitía identificar a un sujeto como artífice de un hecho, operación concebida como un juicio constitutivo (no declarativo) de las relaciones sociales. Se intuye en Aristóteles, se aprecia claramente en la Escolástica medieval y, con ciertos matices, se mantiene en los juristas de la Modernidad.

Tres son las aportaciones que merecen mayor atención en esta doctrina. En primer lugar, la consideración del agente como origen del hecho: sólo se puede imputar responsabilidad a un sujeto cuando ha sido él quien ha dado origen consciente y libremente (causa libera) a un efecto de trascendencia social. Desde los apuntes aristotélicos sobre la distinción entre vis absoluta y otros tipos de vis, entre lo voluntario, involuntario y no-voluntario, entre la ignorancia en cuanto a la realidad y en cuanto a las normas, etc., el pensamiento escolástico logró delimitar con precisión la relación entre agente y hecho a efectos de imputación, siendo más tarde utilizada por los modernos.

Una segunda aportación de la doctrina clásica que merece ser destacada es su diferenciación de estadios de la imputación, la distinción entre hecho y reproche, entre imputatio facti e imputatio iuris. Efectivamente, apuntados por Aristóteles, se aprecian claramente en la escolástica, y han sido reafirmados en la Modernidad, estos dos estadios: un primer juicio por el que se considera la acción del agente como hecho (se le atribuye como artífice libre y consciente) y unPage 251segundo juicio que lo atribuye como mérito o demérito. Entre ambos juicios media otra operación que ha...

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