Información de actividades

AutorRedacción
Páginas1489-1495
A) Publicación del Ministerio de Justicia

El Ministerio de Justicia, a través de su Servicio de Publicaciones, ha editado el libro El Notariado y los Registros. Orientación vocacional y de estudios, del que son autores los señores Mezquita del Cacho y López Medel, que con tantos conocimientos y experiencia han tratado en otras ocasiones de estos temas. El libro, por su gran importancia, será objeto de recensión y comentario en las páginas de esta Revista.

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B) Jornadas de Derecho Civil Aragonés

Durante los días 27, 28 y 29 de septiembre de 1985 y en la ciudad de Jaca se celebraron unas Jornadas de Derecho Civil, fruto de las cuales es la publicación que contiene las Actas de dichas reuniones y que ha sido editada por las Cortes de Aragón. Esta publicación también será objeto de comentario en las páginas de esta Revista.

C) Convocatoria del premio XXV Aniversario Montecorvo

Primero.-Para conmemorar el XXV aniversario del nacimiento de la Editorial Montecorvo, y por Editorial Montecorvo, S. A., se crea el premio XXV Aniversario Montecorvo.

Segundo.-Podrán concurrir a este premio con sus obras autores de monografías jurídicas cuya extensión no sea inferior a 200 holandesas ni exceda de 300, mecanografiadas a doble espacio, con márgenes de tres centímetros a cada lado y treinta líneas como máximo, debiendo darse en los autores concurrentes la circunstancia de no haber publicado ningún libro hasta la fecha de esta convocatoria.

Tercero.-El premio se dota con 150.000 pesetas; será indivisible y no se declarará desierto en ningún caso.

Cuarto.-El plazo para la presentación de las obras quedará abierto en la fecha de esta convocatoria y se cerrará una vez transcurridos ciento ochenta días naturales a partir de aquélla.

Quinto.-Los autores que deseen concurrir a este premio remitirán al domicilio social de la entidad convocante -calle de Doctor Esquerdo, número 47, 28028-Madrid- una fotocopia del sumario o índice general de su obra, acompañado por seis páginas de la misma, a su elección, también fotocopiadas. Estas remesas no serán devueltas en ningún caso.

Sexto.-De estos avances presentados la Editorial seleccionará hasta un número de seis. Los autores de los mismos serán notificados de esta selección, así como de las condiciones generales del contrato tipo de edición.

Séptimo.-Los autores de los avances seleccionados remitirán en el plazo máximo de diez días naturales el texto completo de sus respectivos trabajos. El envío de estos trabajos se interpretará como que el autor acepta las condiciones del contrato tipo de edición, así como el no envío lo será como que el autor concursante renuncia a concurrir.

Octavo.-Los trabajos seleccionados y recibidos dentro del plazo anteriormente indicado serán examinados por tres personalidades de reco-Page 1493nocida autoridad científica en el campo del Derecho español, las que constituirán el Jurado.

Noveno.-Este Jurado se reunirá dentro de los sesenta días a contar de la fecha de cierre del plazo para la presentación de los textos completos de los trabajos seleccionados. A este Jurado se incorporará, actuando como Secretario, sin voto, el Administrador general de la entidad convocante o persona que designe.

El Jurado deliberará y acordará lo que entienda procedente. Pero si tras la deliberación no se produjere acuerdo se procederá a resolver por insaculación entre las obras defendidas por cada uno de los miembros. De todo ello se levantará acta.

Décimo.-Tanto la decisión del Jurado, si hubiere acuerdo, como, en su caso, el resultado del acto de insaculación serán inapelables.

Undécimo.-El premio será hecho efectivo dentro de los treinta días siguientes a la fecha de su otorgamiento.

Duodécimo.-Como complemento del premio en metálico, la Editorial convocante se reserva el derecho y asume asimismo el compromiso de editar la obra premiada dentro del plazo de seis meses a contar de la fecha de concesión. Las condiciones del contrato de edición serán las que con anterioridad habrán sido dadas a conocer a los concursantes seleccionados.

Decimotercero.-El Jurado podrá recomendar la edición de cualquier otra de las obras presentadas. Esta recomendación no obligará a la Editorial y, en todo caso, el contrato de edición que haya de ofrecerse será el indicado en el punto anterior.

Decimocuarto.-Queda sobreentendido que todos los concursantes a este premio aceptan las bases de la presente convocatoria.

En Madrid, a 5 de septiembre de 1986.

D) III Congreso Continental de Derecho Cooperativo

Nuestra colaboradora la Escribana de Montevideo doña Susana Cambiasso nos remite la información que sigue y que publicamos con gusto:

La ciudad de Rosario (Argentina) fue el escenario acogedor del III Congreso Continental de Derecho Cooperativo, celebrado del 2 al 4 de julio de 1986. Geográficamente emplazada en el corazón de la región agroproductiva, Rosario posee el mejor puerto natural sobre el río Paraná, el que da audiencia en sus aguas a un intenso mercado cerealero zonal. Y, por qué no decirlo, el Paraná y el Uruguay amamantan y tributan sus aguas a nuestro estuario, el más grande del mundo.

Page 1494Históricamente, Rosario fue un «nudo de la pampa gringa». Hoy es un centro administrativo, comercial e industrial, con un millón de habitantes y capital honoris causa del cooperativismo iberoamericano.

Concurrieron al evento delegaciones de casi todas las provincias argentinas y de Brasil, Bolivia, Paraguay, Chile, Ecuador, Perú, República Dominicana, Panamá, Puerto Rico, España, Estados Unidos y, por supuesto, Uruguay. Los congresistas totalizamos más de ciento cincuenta.

El Congreso se instaló en el Centro Cultural Bernardino Rivadavia, en cuyo frente aletearon las banderas de todos los países americanos, desplegando al viento el ritual de colores que cada pueblo elige para simbolizar su libertad. Fue convocado por la Organización de las Cooperativas de América (OCA) y organizado por el Consejo Intercooperativo argentino, auspiciado por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Rosario, Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Católica Argentina, Colegio de Abogados de Rosario y la Secretaría de Acción Cooperativa.

El Congreso tuvo por objeto contribuir a la sistematización de los principios básicos del Derecho cooperativo, mediante el estudio y discusión de las ponencias que se presentaron sobre los siguientes temas: 1) Valoración constitucional del cooperativismo. 2) Autonomía del Derecho cooperativo. 3) El acto cooperativo. 4) Derecho comparado. 5) Fiscalización y fomento del Estado.

Los trabajos que presentamos los participantes -relativos a esos tópicos- se sometieron a la deliberación de las comisiones integradas por delegados y observadores, llegándose a importantes conclusiones, las que se leyeron en un plenario final. En esa instancia tuve el honor de ser designada para decir el mensaje final en nombre de las delegaciones extranjeras.

El Congreso culminó con la celebración del Día Internacional de la Cooperación en un hermoso teatro rosarino, con la presencia del Presidente de la República Argentina, doctor Raúl Alfonsín. Luego que varios oradores resaltaron las aspiraciones más profundas del cooperativismo y ratificaron los imperecederos principios rochdalianos, tuvimos el gusto de aplaudir fervorosamente al doctor Alfonsín. Su personalidad carismática, su alocución plena de simpatía y elocuencia, comenzó de manera espontánea con el relato de una graciosa anécdota, estableciendo así una comunicación franca y cordial con el público asistente. Luego se evocó -con su reconocida aptitud oratoria- sustancialmente a la problemática angustiosa de Iberoamérica y a la concertación de la unidad soñada por Bolívar. Esa unidad que todos anhelamos, pautada por el predominio de la lengua madre; la filiación de los pueblos americanos al tronco Page 1495 nutricio común, que nos dio la energía de su raza, y entretejida por las cuotas de sangre de blancos, negros, mulatos y mestizos; cholos, rotos, gauchos y llaneros; guiados por los emancipadores que profetizaron la unidad política americana, por encima de las fronteras convencionales que dividen las naciones. A esa herencia común se agrega hoy el hostigamiento de la angustia común: deuda externa y proteccionismo de los países industriales.

Seguramente que el cooperativismo, por: sus fundamentos de conciencia social colectiva y solidaria; propiciar la autonomía del trabajo y el esfuerzo sobre el capital; su forma avanzada de organización e integración democrática, enciende una estrella de esperanza. Su papel será protagónico en la integración de la familia americana.

La impresión que nos ha dejado este Congreso es de que los hermanos argentinos han trabajado profundamente en la consolidación del movimiento cooperativo, y están recogiendo los frutos de su esfuerzo, como lo demuestran: Turiscoop, Intercoop e Ildecoop (editoras cooperativas); la Secretaría de Acción Cooperativa; la Casa de la Cooperación rosa-rina, centro de enseñanza donde se prepara al adolescente en varias disciplinas y en la doctrina cooperativa para que accedan a bancos y empresas cooperativas; los bancos cooperativos (existen ochenta y cinco en toda la República Argentina), y otras cooperativas que recogen en su objeto diferentes3 actividades económicas y también gestionan diversos servicios públicos. Por todo esto decimos con reconocimiento y emoción que son los argentinos los «justos pioneros del cooperativismo iberoamericano».

Don Lorenzo Cristóbal Ecija (del Ministerio de Trabajo), único representante español, hizo una exposición sobre el proyecto de Ley de Cooperativas, que está en trámite parlamentario, y un estudio comparativo con el régimen vigente.

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