SÌ, en efecto. Precisamente una de las causas de disoluciÛn de una S.A. es por acuerdo de la Junta General, que puede ser ordinaria o extraordinaria. Pero para que el acuerdo de disoluciÛn sea v·lido ser· necesario que, en primera convocatoria, concurran a la Junta, presentes o representados, accionistas que posean al menos el 50% del capital suscrito con derecho a voto. En segunda convocatoria ser· suficiente la concurrencia del 25% del capital, pero, en caso de que...
Disolución sin causa
Autor: | Sonia Amatriain Pérez |
Cargo: | Bufete Alexander Pitts |
RESUMEN
¿Puede acordar la Junta General de una Sociedad Anónima su disolución sin que exista causa alguna?
EXTRACTO GRATUITO
Para continuar leyendo
SOLICITA TU PRUEBA