Capítulo VIII. La mediación en la resolución de conflictos

AutorDavid Martínez Iñigo

I. INTRODUCCIÓN

Con la misma certeza que podemos suponer que tan pronto como hubo dos seres humanos sobre el planeta surgieron diferencias y conflictos, podemos especular que tan pronto hubo un tercero los otros dos recurrieron a él en busca de ayuda para dirimir sus diferencias. Es una situación frecuente que los implicados - personas, grupos, organizaciones o naciones - en una situación conflictiva e incapaces de solventarla por sus propios medios, capaciten a aquellos que no están directamente implicados para influir y regular, en mayor o menor medida, el contenido y los procesos relacionados con la resolución y manejo de dicha situación. En este sentido podemos entender que la mediación es tan antigua como la humanidad. Paradójicamente el surgimiento de la mediación tal y como la definimos en la actualidad y como la trataremos en este capítulo ha seguido un camino inverso al que hemos descrito al comenzar. Los países que han impulsado el desarrollo de la mediación como una forma de resolución de conflictos o disputas, no lo hacen por la ausencia de procedimiento formales en los que una tercera instancia tome una decisión que debe ser asumida por la partes. Al contrario, la mediación se plantea como una alternativa que dé respuestas y soluciones a algunos de los problemas derivados de la resolución judicial de los conflictos. La mayor participación en la solución del conflicto, la mayor estabilidad y aceptación de los resultados, la flexibilidad, el ajuste a las necesidades psicológicas concretas de los individuos y la mayor agilidad del proceso son algunas de las razones por las que bajo determinadas circunstancias se prefiere la mediación.

En la mediación, como en todos aquellos procesos en los están implicados los seres humanos, el nivel de complejidad es alto, generalmente muy superior a nuestra capacidad de análisis. La interacción de variables psicológicas propias de cada uno de los participantes, la dinámica grupal que acompaña al proceso, la estructura organizacional en la que tiene lugar o su ausencia, el contexto legal, factores de orden sociológico, político, cultural e histórico, todos ellos concurren y condicionan la evolución y el resultado de la mediación. Por todo esto, la pretensión de este capítulo ha de ser por fuerza modesta. En él pretendemos recoger los aspectos centrales del fenómeno, asumiendo que muchos de ellos deberán ser matizados para poder ser aplicados a personas, situaciones y contextos específicos.

II. ORÍGENES Y DEFINCIÓN DE LA MEDIACIÓN

Tal y como se señalaba al inicio del capítulo, la mediación es un estrategia para la resolución de conflictos con un largo pasado. Así pues, es posible encontrar ejemplos de mediación en la antigua China (Brown, 1982, en Folberg y Taylor, 1984). Según Confucio, la persuasión y el acuerdo son el procedimiento más apropiados para la resolución de conflictos y desavenencias. Siguiendo con las culturas orientales, Japón, en donde uno de las principales demandas sobre el líder es su intervención en la resolución en las disputas, es otro ejemplo claro de tradición en la práctica de la resolución mediada de los conflictos. En el continente africano es posible encontrar comunidades entre cuyas más antiguas tradiciones está el congregarse para aclarar sus diferencias con la ayuda de una persona respetada por la mayoría de sus miembros (González-Capitel, 1999). También los sacerdotes y religiosos de distintas confesiones han sido reclamados en numerosas ocasiones para la resolución de conflictos. En ocasiones, la mediación surge como una estrategia de solución de disputas propia de grupos minoritarios o de subculturas que pretenden evitar su dependencia de otros grupos o culturas mayoritarias. En nuestro contexto es conocido que entre la comunidad gitana los patriarcas, personas de edad y reconocido estatus, son responsables de conciliar las diferencias, facilitando el manejo y la disminución del conflicto dentro de la comunidad.

Todos los ejemplos anteriores y otros muchos que resultaría imposible resumir aquí, constituyen los antecedentes de la mediación tal y como la entendemos en la actualidad. Así pues, a finales de los años sesenta comienzan en los Estado Unidos las iniciativas para el desarrollo de formas alternativas de resolución de los conflictos entre las que se encuentra la mediación. Dentro de Europa, Inglaterra, con iniciativas de mediación a comienzos de los setenta, es una de las pioneras seguida de los Países Nórdicos (González-Capitel, 1999). Respecto a nuestro país, una vez más, a pesar de contar con antecedentes históricos como el Tribunal de las Aguas en Valencia (1238), las iniciativas en la mediación se retrasan unas décadas. Retraso comprensible si consideramos la situación de atraso en la legalización y legislación sobre aspectos como la separación y el divorcio, ámbitos en los que la mediación se ha desarrollado con vigor en otros países. Así pues, según Redorta (1996), las primeras experiencias de mediación en España tienen lugar a finales de la década de los ochenta en el ámbito Familiar. Ya en la década de los noventa aparecen servicios y programas públicos de Mediación Familiar, así como surgen iniciativas de mediación en el ámbito escolar. En la segunda mitad de la década de los noventa se establecieron algunos acuerdos de ámbito Autonómico para la resolución extrajudicial de conflictos laborales.

En cuanto a los motivos que impulsaron el desarrollo de la mediación, varios son los factores a tener en cuenta. Entre las más operativas está el incremento de las tasas de litigio y el consiguiente riesgo de saturación de la administración de justicia. En este sentido se esperaba que la mediación ofreciera una vía ágil para resolver los conflictos sin que fuera necesario acudir a los procedimientos judiciales, lentos y costosos. Un ejemplo recientemente de esto lo encontramos en el ámbito mercantil, donde el periodo en el que un producto resulta valioso se ha acortado espectacularmente (recuérdese la vertiginosa sucesión de ordenadores personales "I", "II" y "III") y la rapidez es un elemento imprescindible para que la decisión adoptada sea útil y justa. Además de la rapidez se esperaba que la mediación, especialmente en el ámbito familiar, disminuyera, como resultado de la implicación activa de las partes en el proceso, los incumplimientos de las decisiones adoptadas y el constante resurgir de litigios que consumían recursos materiales y humanos, al tiempo que dañaban seriamente la calidad de vida los afectados, entre los que con frecuencia se encontraban menores. Junto a aquellas razones ligadas a los aspectos económicos y de efectividad en la resolución de disputas, el desarrollo de la mediación también puede entroncarse con la necesidad de mejorar la conexión y vinculación entre la ciudadanía, cada vez más insatisfecha con los sistemas formales de solución del conflicto, y la administración de la justicia (Oyhanarte, 1996; Folberg y Taylor, 1984). Avanzando un paso más, la mediación puede entenderse como el resultado de transformaciones sociales y culturales de mayor calado. La necesidad de profundizar en la democratización de nuestras sociedades, el fomento de una cultura de participación, la redefinición del conflicto y de su manejo, relegando el sistema de adversarios por otro centrado en la comunicación, la mejora en las posibilidades de participación propiciada por las nuevas tecnologías, la internacionalización de la relaciones, la defensa de la privacidad en la resolución de los conflictos y la aceleración, complejidad e incertidumbre en los intercambios económicos y sociales son algunos de los motivos propuestos por aquellos que consideran la mediación como una transformación en la cultura y no como un simple estrategia para el afrontamiento de los conflictos (Gottheil y Schiffrin, 1996).

La diversidad de objetivos para los que se emplea la mediación, los distintos campos a los que se aplica, la diferencias culturales, políticas y legales entre los contextos en los que se produce y la variedad de profesionales implicados en su ejecución hacen casi imposible elaborar una definición satisfactoria de la mediación. Existe un amplio número de definiciones, si bien existen también amplias similitudes entre casi todas.

Entre las primeras definiciones que encontramos desde una perspectiva psicológica está la de Touzard (1977) que caracteriza la mediación como: a) un proceso de negociación con intervención de una tercera parte neutral, b) en el que el mediador es parte activa realizando sugerencias y recomendaciones para el acuerdo, c) careciendo de autoridad y responsabilidad para tomar decisiones orientadas a la resolución del conflicto, no siendo su decisión vinculante.

Una de las definiciones más completa y aceptada por otros autores es la propuesta por Folberg y Taylor (1984) que consideran la mediación como un "...proceso mediante el cual los participantes, junto con la asistencia de una persona o personas neutrales, aíslan sistemáticamente los problemas en disputa con el objetivo de encontrar opciones, considerar alternativas y llegar a un acuerdo mutuo que se ajuste a sus necesidades. .....hace hincapié en la propia responsabilidad de los participantes en la toma de aquellas decisiones que influyen sobre sus vidas.....confiere autoridad sobre sí misma a cada una de las partes" (pp. 27).

Las definiciones de Moore (1986) y la de Grover (1991) básicamente coinciden con la anterior de Folberg y Taylor, enfatizando y explicitando el primer autor el carácter no vinculante de las decisiones del mediador y el segundo su papel activo y la posibilidad de que a lo largo del proceso se expresen y tengan en consideración ciertos aspectos psicológicos como los deseos, necesidades y expectativas de las partes.

A mediados de los noventa Sparvieri (1995) describe la mediación como un proceso no "adversarial" de resolución de conflictos, con participación voluntaria y contenidos confidenciales en el que las...

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