Las unidades mínimas de cultivo en la legislación de Castilla y León

AutorTeodora Felipa Torres García
CargoCatedrático de Derecho Civil. Universidad de Valladolid
Páginas79-126
LAS UNIDADES MÍNIMAS DE CULTIVO
EN LA LEGISLACIÓN DE CASTILLA Y LEÓN
Teodora Felipa Torres García
Catedrático de Derecho Civil
Universidad de Valladolid
La Unidad mínima de cultivo surge íntimamente unida con la llamada Con-
centración parcelaria, con el fin de que las parcelas resultantes de esta tuvie-
ran el carácter de indivisibles o, no siéndolo, si su divisi ón orig inaba u na
parcela de extensión inferior a aquella se sancionara ese acto con la no vali-
dez. Las sucesivas leyes de concentración parcelaria a ella se fueron refirien-
do, y lo hacen ta nto agronóm ica com o juríd icamente. La Ley de Unidades
Mínimas de Cultivo (LUMC) de 15 de julio de 1954 extiende el concepto a to-
da propiedad rústica, dejándose la determinación de la extensión de la Uni-
dad mínima a normas de carácter administrativo.
La Ley 14/1990, de Concentración Parcelaria de Castilla y León, responde a
las directrices tradicionales de esta legislación, si bien en nuestro caso limi-
tada por la falta de competencias en «legislación civil» (artículo 149.1.8.ª de
la CE), por lo que necesitará de un acomodo con la Ley 19/1995, de 4 de ju-
lio, de Modernización de Explotaciones Agrarias (LMEA), toda vez que en ella
se recoge el régimen de las Unidades mínimas de cultivo: La protección que
les otorga el ordenamiento jurídico adquiere especial relevancia en la no ins-
cripción en el Registro de la Propiedad de la segregación o división realizada
si no cumple con los parámetros de los artículos 78 a 80 de las Normas Com-
plementarias del Reglamento Hipotecario (NCRH), aprobadas por Real De-
creto 1093/1997, de 4 de julio, sobre Inscr ipción de Actos de N aturaleza
Urbanística, siendo este último el que remite a la Administración agraria tan-
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to la comprobación de la extensión de la parcela segregada como de la ex-
cepción a dicha extensión en los casos en que esta proceda, lo que se verifi-
cará si se cumple con las medidas de la Legislación Urbanística de Castilla y
León [artículos 24.2, 97.t) y 104 de la Ley 5/1999, de Urbanismo de Castilla
y León, y 288.2.b) y 309 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León de
2004], en las que se residencia la efectividad de los actos de división o segre-
gación tradicionalmente abocados a un fin en concreto. La apreciación de su
propia normativa por la Dirección General de los Registros y del Notariado y
su mutante posición ante la figura del silencio administrativo —artículo 80 de
las NCRH— es el punto de partida de esta reflexión.
SUMARIO
1. PLANTEAMIENTO.
2. LAS UNIDADES MÍNIMAS DE CULTIVO: SU CONFIGURACIÓN EN LA COMU-
NIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA Y LEÓN. LEY 14/1990, DE 28 NOVIEMBRE
DE CONCENTRACIÓN PARCELARIA.
2.1. Estructura formal de la Ley.
2.2. Contenido sustantivo.
2.2.1. Dividir o segregar: Limitación de las facultades dispositivas del titular.
2.2.2. Ámbito de protección de las unidades mínimas de cultivo.
2.2.2.1. Dualidad legislativa.
2.2.2.2. La nulidad como sanción.
2.2.2.3. Excepciones legales: Aporía urbanística.
2.2.3. Régimen específico para el acceso al registro de la propiedad.
2.2.3.1. Actuación de la administración agraria: acuerdo previo.
2.2.3.2. Silencio administrativo: su operatividad.
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Teodora Felipa Torres García
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ADC Anuario de Derecho Civil.
CCJC Cuadernos Civitas de Jurisprudencia Civil.
EACyL Estatuto de Autonomía de Castilla y León.
LCP Ley de Concentración Parcelaria.
LCPCL Ley de Concentración Parcelaria de Cas-
tilla y León.
LMEA Ley de Modernización de Explotaciones
Agrarias.
LRDA Ley de Reforma y Desarrollo Agrario.
LRJAP-PAC Ley de Régimen Jurídico de las Admi-
nistraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
LS Ley de Suelo.
LUCL Ley de Urbanismo de Castilla y León.
LUCM Ley de Unidades Mínimas de Cultivo.
NCRH Normas Complementarias del Reglamen-
to Hipotecario.
RCDI Revista Crítica de Derecho Inmobiliario.
RDAA Revista de Derecho Agrario y Alimentario.
RDGRN Resolución de la Dirección General de los
Registros y del Notariado.
RDL Real Decreto-ley.
RJA Repertorio de Jurisprudencia Aranzadi.
RUCL Reg lamento de Urbanismo de Castilla y
León.
STC Sentencia del Tribunal Constitucional.
STS Sentencia del Tribunal Supremo.
TRLSOU Texto Refundido de la Ley sobre Régimen
del Suelo y Ordenación Urbana.
Listado de abreviaturas utilizadas:
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