Tasas estatales. Tasas por utilización del dominio público. Minas

AutorRafael Calvo Ortega (director)
SENTENCIAS

1) Actualización de la cuantía a través de las Leyes de Presupuestos: es posible acumular los incrementos sucesivos previstos por la citada Ley (desde 1989 hasta 1996), con independencia de que con posterioridad a la ley de 1989 el canon fuese caracterizado como precio público y de que la Administración no hubiese efectuado la correspondiente actualización. STSJ de Andalucía/Sevilla, de 25- 1-02. P. Sr. Moreno Andrade. JT 2002/583.

Fundamento Jurídico 2ºº: "tal como resulta de los preceptos de las sucesivas Leyes de presupuestos el tipo de actualización se aplica sobre las cantidades exigibles conforme a las Leyes de presupuestos anteriores y no, sobre las cantidades efectivamente liquidadas. En definitiva, nos encontramos ante un tributo todos cuyos elementos viene predeterminados por la norma, por lo que, con independencia de los efectos que para cada deuda liquidada puedan tener los actos de liquidación, es llano que éstos no pueden tener un efecto congelador al margen de las determinaciones establecidas en la Ley"

Fundamento Jurídico 3º: "el importe de la deuda exigible en cada momento, con independencia del juego de los actos firmes, no depende de concretos actos de la...

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