Seleccion Jurisprudecia

AutorMariano Yzquierdo Tolsada ;Cristina Sánchez-Chover
CargoCMS Albiñana y Suárez de Lezo
IPropiedad intelectual y medios de comunicación
1. SAP de Pontevedra de 30 de mayo de 2003 Cuantificación de la indemnización ante la agresión a los derechos de autor de obra plástica

La infracción consistió en la integración del plano callejero de una villa dentro de unas guías turísticas, sin autorización del autor. El beneficio dejado de obtener, a los efectos de la indemnización de daños patrimoniales prevenida en el art. 140.1 del Texto Refundido de la Ley de propiedad intelectual viene determinado por los ingresos netos procedentes de la explotación de la obra del actor perdidos por el uso ilícito de la misma por la demandada, y no por los beneficios que hubiera obtenido la demandada por la publicación de su guía, como se pretende en el recurso. Y es que éstos no serían iguales, a los ingresos por publicidad insertada en las guías, sino que a los mismos habrían de restarse los gastos de elaboración, impresión y distribución de las guías, gastos que no estarían acreditados. En cuanto a la indemnización por los daños morales, y con arreglo a lo dispuesto en el art. 140.2, procede la indemnización aunque no se hubiera probado la existencia de perjuicio económico. Y debe tenerse en cuenta como circunstancia del caso, además del número de guías editadas, que no solamente se usó el plano callejero como se ha dicho, sino que además no se mencionaba en la guía la autoría del mismo.

2. SAP de Badajoz de 28 de octubre de 2003 "Olivenza: una visita guiada". Plagio de las fotografías de un libro para realizar carteles cerámicos
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