Resoluciones, acuerdos y sentencias

AutorCMS Albiñana & Suárez de Lezo
Nuevo Real Decreto sobre restricciones verticales

El 28/03/03 pasado, el Consejo de Ministros aprobó el tan esperado Real Decreto sobre exenciones por categorías, autorizaciones singulares y Registro de Defensa de la Competencia, que sustituirá al Real Decreto 157/92, actualmente en vigor. Esta nueva regulación adapta la normativa española a la comunitaria sobre acuerdos verticales y resuelve el caos existente hasta el momento derivado de las divergencias entre ambos ordenamientos jurídicos. En efecto, desde la aprobación en Bruselas del Reglamento 2790/99 sobre restricciones verticales, se lleva esperando la sustitución del Real Decreto 157/92 ya que éste se remitía explícitamente a los Reglamentos comunitarios derogados por aquél.

El TDC admite la posible ilegalidad de una UTE constituida para presentarse a un concurso del INSALUD

El pasado 20/01/2003, el TDC estimó parcialmente el recurso interpuesto por Vivisol y Conste contra Carburos Metálicos y Oximesa al considerar que la creación de una UTE por estas 2 compañías para presentar una oferta conjunta a un concurso público, convocado por el INSALUD, puede considerarse un acuerdo restrictivo de la competencia. Se desestima, por el contrario, la imputación por abuso de posición de dominio. El TDC precisa que, en los concursos públicos, la única competencia posible se establece en el momento de adjudicación del concurso, por lo que cualquier pacto entre competidores puede tener un efecto restrictivo de larga duración, que será mayor cuanto más reducido sea el número de posibles oferentes y mayor el poder de mercado de los partícipes en el acuerdo. En consecuencia, sólo cuando las empresas concertadas carezcan de capacidad (económica) suficiente para alcanzar por sí mismas el objeto de la licitación, puede considerarse que su acuerdo no afecta a la competencia. En cuanto a la consulta previa realizada por las denunciadas en relación con la creación de la UTE, el TDC concluyó que la respuesta del SDC no tiene carácter vinculante...

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