Repercusión del comercio electrónico en la propiedad intelectual ( Derechos de autor y derechos conexos)

AutorOMPI

Fuente OMPI.

III.Repercusión del comercio electrónico en la propiedad intelectual ( Derechos de autor y derechos conexos)

  1. Protección del derecho de autor y de los derechos conexos en el entorno digital

  2. Perspectiva general de los problemas

  3. Respuestas dadas hasta la fecha

Trabajo futuro y asuntos no resueltos

Respuesta de la OMPI

  1. En un aspecto fundamental, el carácter internacional del comercio electrónico plantea interrogantes a la naturaleza de los sistemas jurídicos en general y a la del derecho de la propiedad intelectual en particular. Ambos se basan en nociones de soberanía y territorialidad. Internet, por el contrario, como el movimiento del aire en el clima mundial, ignora las distinciones basadas en las fronteras territoriales. En lugar de eso, la infraestructura, el código y el lenguaje han tenido hasta ahora mucho que ver con el alcance de sus conexiones.

  2. Este Capítulo trata de la repercusión de la economía digital en el sistema de propiedad intelectual, esto es, derecho de autor y derechos conexos, patentes y marcas. Cada una de estas áreas de la propiedad intelectual se enfrenta con nuevos problemas surgidos por la aparición de Internet y del comercio electrónico. Cada una de ellas tiene que resolver satisfactoriamente esos problemas para que el comercio electrónico se desarrolle. El capítulo trata también de los nombres de dominio y de su relación con las marcas, e informa acerca del intenso trabajo que la OMPI ha emprendido en esta área.

    DERECHO DE AUTOR Y DERECHOS CONEXOS

    Protección del derecho de autor y de los derechos conexos en el entorno digital

  3. La protección del derecho de autor y de los derechos conexos abarca una amplia gama de la creatividad humana. Gran parte del contenido creativo que sustenta al comercio electrónico está sujeto a esa protección. De conformidad con el más importante convenio internacional sobre derecho de autor, el Convenio de Berna , la protección del derecho de autor protege las 'obras literarias y artísticas'. Este término abarca diversas formas de creatividad, como escritos, tanto de ficción como de no ficción, entre ellos los textos técnicos y científicos y programas informáticos; bases de datos en función de la selección o disposición de sus contenidos; obras musicales; obras audiovisuales, obras de arte, incluyendo dibujos y pinturas; y fotografías. Los derechos conexos protegen las contribuciones de terceros que añaden valor a la presentación pública de obras literarias y artísticas: artistas intérpretes o ejecutantes, como actores, bailarines, cantantes y músicos; productores de fonogramas, incluyendo los discos compactos; y los organismos de radiodifusión.

  4. La tecnología digital permite la transmisión y la utilización en forma digital a través de redes interactivas de todos esos materiales protegidos. La transmisión de textos, de sonidos, de imágenes y de programas informáticos en Internet es ya habitual, pero pronto lo será también la transmisión de obras audiovisuales, como películas, a medida que comiencen a desaparecer las limitaciones técnicas de la amplitud de banda. Las materias protegidas por el derecho de autor y los derechos conexos, que abarcan el ámbito de la información y de los productos de entretenimiento, constituirán una parte importante de los materiales valiosos del comercio electrónico.

  5. Habida cuenta de la capacidad y las características de las tecnologías digitales, el comercio electrónico puede tener una repercusión enorme en el sistema de derecho de autor y derechos conexos mientras que, a su vez, el alcance del derecho de autor y de los derechos conexos puede influir en la evolución del comercio electrónico. Si no se elaboran y se aplican adecuadamente normas jurídicas, la tecnología digital tiene el potencial de socavar los principios básicos del derecho de autor y de los derechos conexos. Se ha dicho que Internet es 'la mayor fotocopiadora del mundo'. Las viejas tecnologías de fotocopiado y de grabación permiten que los consumidores individuales hagan copias mecánicas, pero en cantidades limitadas, invirtiendo un tiempo considerable y obteniendo una calidad inferior a la del original. Además, las copias están físicamente localizadas en el mismo lugar que la persona que hace la copia. En Internet, por el contrario, se puede hacer un número ilimitado de copias, de manera prácticamente instantánea y sin una pérdida perceptible de la calidad. Y esas copias se pueden transmitir en cuestión de minutos a lugares de todo el mundo. El resultado podría ser el trastorno de los mercados tradicionales de venta de copias de programas, de música, de arte, de libros y de películas.

  6. Por tanto, es esencial adaptar el sistema jurídico para responder de manera eficaz y apropiada al nuevo medio tecnológico, y hay que hacerlo rápidamente, porque las tecnologías y los mercados evolucionan cada vez con mayor rapidez. De esta manera se asegurará el fomento continuado de los principios fundamentales que rigen el derecho de autor y los derechos conexos, que permanecen constantes cualquiera que sea la tecnología del momento: incentivar a los creadores para que produzcan y difundan nuevos materiales creativos; reconocer la importancia de sus contribuciones otorgándoles un control razonable sobre la explotación de esos materiales de manera que puedan sacar provecho de ellos; proporcionar un equilibrio adecuado para el interés público, especialmente en el terreno de la educación, de la investigación y del acceso a la información; y, de ese modo, beneficiar en último término a la sociedad fomentando el desarrollo de la cultura, de la ciencia y de la economía.

  7. En consecuencia, el objetivo de los responsables de la formulación de políticas ha sido lograr un adecuado equilibrio legal, otorgando derechos fuertes y eficaces pero dentro de límites razonables y con excepciones equitativas. Si este esfuerzo tiene éxito, el resultado debe tener un efecto positivo desde todos los puntos de vista. El comercio de obras protegidas por el derecho de autor, de interpretaciones o ejecuciones y de fonogramas se convertirá en un elemento importante del comercio electrónico mundial, que crecerá y prosperará en concordancia con el valor del material con el que se comercie. Si los titulares de los derechos tienen seguridad en su capacidad para vender y conceder licencias de su propiedad en Internet, explotarán adecuadamente este mercado y producirán cada vez más obras disponibles a través de este medio. Las limitaciones y...

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