La Relegitimación del sistema de administración de justicia en Argentina. El caso del consejo de la magistratura

AutorGustavo Fondevila
CargoDocente del programa de postgrado de la facultad de filosofía y letras de la UNAM
Páginas103-129

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- "A fin de atrapar al diablo, estaría de acuerdo en derribar todas las leyes de Inglaterra.

- ¿Y crees que podrás tenerte en pie en el viento que entonces soplaría?".

Robert Bolt1

I Introducción

En la década del '80, la tradición del liberalismo político que había tenido una extensa renovación de la mano de la publicación en 1971 de A Theory of Justice2 de John Rawls tuvo su contrapartida, con la aparición del comunitarismo3 que ofrecía frente al minimalismo de justicia una concepción completa dePage 104 lo bueno, al proponer la recuperación de las ideas de bien y virtud en el contexto de las comunidades. Según la corriente republicana, la ética de la justicia debe complementarse con una ética de la autenticidad, de lealtad a la identidad comunitaria4.

El comunitarismo ofrecía una definición distinta de ciudadanía y del rol que la misma debe tener en una sociedad moderna. Y con la nueva definición aparecía un modelo diferente de Estado y en última instancia, de democracia. En esta concepción, la ciudadanía es comprendida como un mecanismo de participación. Esta no se define a partir del conjunto de libertades negativas que protege, sino a través de las libertades positivas que permiten a los ciudadanos intervenir en una práctica política común. La función primordial del Estado es garantizar un proceso inclusivo de formación de opinión y voluntad política que sirva para que los ciudadanos se pongan de acuerdo respecto de aquellos fines que debe perseguir la sociedad y que guardan relación con el interés común.

En la década del '90, se produce un cambio aparente en las prioridades del pensamiento filosófico y político5. Por un lado, la noción normativa de justicia distributiva deja de ser pensada a través de la tradicional "eliminación de la desigualdad" para ser reemplazada por la "eliminación de la humillación y el desprecio" 6. El reclamo de reconocimiento público de la propia particularidad de un determinado grupo social ha pasado a ser una constante en los conflictos políticos de las últimas décadas. Esta cuestión hace referencia a la identidad o pertenencia de un grupo social y cuestiona la equiparación entre redistribución universalista e igualdad de status. En este contexto, status significa reconocimiento de identidades particulares compartidas7. Estos temas son fuente constante de ampliación de las formas de entender la ciudadanía en tanto sistema o práctica de pertenencia.

Estas dos problemáticas - el reconocimiento y la ciudadanía - no parecen haber surgido por azar. En efecto, el concepto de ciudadanía hace referencia aPage 105 una serie de categorías que parecen estar en conexión directa con la idea de justicia y democracia. Pero, sobre todo, alude también a una "identidad". En este sentido, es claramente visible la necesidad de las democracias occidentales de generar un tipo de identidad entre sus miembros, en la que todos puedan sentirse reconocidos y que permita desarrollar un sentido de pertenencia a esa sociedad8. Precisamente, la sociología moderna9 nos ha prevenido sobre la disociación entre el desarrollo de la racionalidad y complejidad sociales, y la esfera de la razón pública. El expansivo desarrollo de la eficiente funcionalidad de los sistemas -economía, derecho y Estado- está acompañado de una profunda declinación de la participación política de los ciudadanos y de una crisis de legitimidad de las instituciones públicas. Este proceso de aumento de la complejidad sistémica10 implica la autonomía de ciertos sectores de la realidad social que comienzan a regirse por sus propios imperativos de control, reduciendo el resto de la sociedad al estatuto de entorno11. Según esto, la economía se fundaría exclusivamente en la maximización de ganancias, la burocracia en la acumulación y preservación de posiciones de dominio y el derecho en la realización instrumental de la política12. Esta racionalidad técnica atraviesa la realidad socio-política amenazando con refutar cualquier teoría política o jurídica éticamente fundada, restándole poder explicativo13.

El comunitarismo alerta precisamente sobre la progresiva desintegración social imperante en las democracias occidentales postindustriales y, entre sus causas, destaca la cultura liberal del individualismo. La comprensión utilita-Page 106rista del mercado y la tiranía de sus valores individualistas ha provocado la caída de la solidaridad y la pérdida de la comunidad como asiento de las relaciones solidarias. Las consecuencias son el desinterés por los asuntos públicos, apatía ciudadana, falta de compromiso, caída de la solidaridad, aumento de la criminalidad, vandalismo, etc. Más allá de los problemas sociales, se plantean inconvenientes políticos, como el de la representatividad política, legitimidad de las instituciones públicas, gobernabilidad democrática, etc. Este diagnóstico presenta distintas causas y factores determinantes14. Esta situación llevó al comunitarismo a acentuar el rol de los "cuerpos intermedios" de la sociedad como un espacio de asociaciones no coercitivas conformado por una trama de relaciones que no están mediadas por el Estado ni por la economía15. Dicho espacio se constituye a través de "...unions, churches, political parties and movements, cooperatives, neighborhoods, school of thought, societies for promoting or preventing this and that"16. Se trata de "asociaciones basadas en acuerdos voluntarios entre agentes autónomos, en la que estos agentes debaten entre sí, y con el Estado, acerca de asuntos de interés común y se comprometen en actividades públicas"17. En este terreno de las ideologías, de los movimientos sociales y de opinión, es decir, de la intersubjetividad, es precisamente donde se formaría la voluntad común. Y en el respeto a este pluralismo de asociaciones se distingue un Estado democrático que respeta la libertad ciudadana frente a un Estado despótico. Frente al fenómeno creciente de debilitamiento de los social bonds, el comunitarismo ofrece una perspectiva de integración social basada en la recuperación de la comunidad como un espacio que sirve para regenerar los lazos solidarios fundados en sentimientos de pertenencia, reconocimiento, amistad, etc. no mediados por el Estado o la economía. Un lugar donde es posible recuperar valores cívicos fundamentales como la lealtad o el patriotismo. La sociedad civil se presenta como el lugarPage 107 donde se puede regenerar la vida asociativa y producir una identidad común que supere las desigualdades y la fragmentación de la vida social de las democracias occidentales. Y en dicho espacio debería darse una conversión, es decir, un cambio en la socialización de los individuos con la finalidad de incentivar los valores de tolerancia, pluralismo, autenticidad, etc. Esta reforma o cambio de conciencia sería la base subjetiva para un cambio en las costumbres sociales que regenere el tejido social y procure la participación de los ciudadanos.

II Estado de derecho o la moralidad de la imparcialidad

El programa comunitarista de integración social presenta algunos inconvenientes. Entre otras objeciones18, el problema principal es que propone a la solidaridad como la única fuente de integración social y a la sociedad civil como el único lugar posible para asentar esa integración. Se sobrevalora la importancia de la conversión de conciencia como factor de cambio social y en la valoración de la conversión se confunde integración funcional con normativa. Por otra parte, se confunde un problema intersubjetivo (conciencia) con un problema social (desintegración) y se descarta la aparición de nuevas formas de solidaridad y comunidad que pueden ser puntuales, contingentes y voluntarias. Además, no considera debidamente la fuerza integradora del derecho y descarta la importancia de la institucionalización a través del derecho de mecanismos sociales de integración en favor de un derecho comunitario. Dichos mecanismos están diseñados en el Estado de derecho a partir de la institución de ciudadanía. La idea es que el status de ciudadanía moderno obliga al Estado a realizar el contenido de ciertos derechos y que dicha realización genera en forma indirecta mecanismos de integración social19 determinados por principios morales de carácter universal. Ese carácter moral de la integración promovida a través del Estado, nos obliga a preferirla, frente a una integración basada en la solidaridad espontánea y en el estrato social comunitario.

En términos generales, el concepto de solidaridad aparece como una palabra aplicable a la integración, a la cohesión, a la coordinación e inclusiónPage 108 social, y a toda forma de regulación del intercambio intersubjetivo. En este contexto, autores como R. Baum20 sostienen que es un factor importante de integración social porque brinda a las personas un contexto de individuación, donde pueden adquirir una identidad personal y desarrollar el sentido de un rol social. Frente a esto, A. Honneth acepta que en la formación de identidad, el reconocimiento de los demás a través de la solidaridad es importante pero de ningún modo constituye la única forma de reconocimiento21. Por ejemplo, el derecho proporciona una esfera formal donde los individuos son reconocidos como personas jurídicas abstractas. Este reconocimiento hace referencia a un conjunto de leyes que garantiza una serie de derechos civiles, políticos y sociales, que a su vez permiten y dan el contexto adecuado para que los miembros de una sociedad tomen parte cultural, política, social y económica de la vida de la comunidad. Se garantiza a través de este reconocimiento institucional un status de pertenencia independiente de las motivaciones personales.

Entonces, si los derechos tienen una función...

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