Impuesto sobre el valor añadido. Regímenes especiales: oro de inversión

AutorRafael Calvo Ortega (director)

Consultas

1) Entidad que adquirió oro de ley para transformarlo en piezas de joyería. Consulta de la DGT, de 6-3-01, núm. 0477-01.

(…) A la entrega de oro de ley que cumplía los requisitos para ser considerado oro de inversión a que se refiere el escrito de consulta, se le aplicará obligatoriamente el régimen especial del oro de inversión previsto en los artículos 140 a 140 quinque de la Ley 37/92. A tal efecto, dicha entrega estaría exenta del Impuesto sobre el Valor Añadido sin perjuicio de la renuncia a la misma tipificada en el artículo 140 ter de la ley del Impuesto y de la consideración, en su caso, como sujeto pasivo de la misma al adquirente (artículo 140 quinque). (…) .

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