Actualitat notarial

AutorAlvaro Lucini Mateo
Páginas473-479

INFORMACIÓN DE LA JUNTA DIRECTIVA LA STS DE 4 DE MAYO DE 1998 Y OTRAS NOVEDADES

Va pasando la primavera, y tras sí deja un chaparrón de nuevas disposiciones normativas que, en la forma de papel impreso que todavía -y por poco tiempo más- visten las comunicaciones colegiales, amenaza anegar las mesas de nuestros despachos: ley del suelo, ley de condiciones generales de contratación, RD sobre fondos de titulización de activos y sociedades gestoras de los mismos (con reducción arancelaria del cincuenta por ciento incluida), ley de telecomunicaciones,...

Y por si fuera poco esto, vienen a sumarse los caudales abruptamente aportados por los Tribunales y la Administración: así la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de las Comunidades Europeas contraria a la tributación del desembolso de dividendos pasivos por el impuesto de actos jurídicos documentados, o las respuestas de la Dirección General de Tributos a consultas formuladas por el Consejo General del Notariado, en el sentido de que están sujetas a dicho impuesto las escrituras que documenten el cambio de valor de las acciones de las sociedades anónimas, y de considerar exentos del impuesto sobre el valor añadido los servicios notariales por la subrogación de préstamos hipotecarios en las segundas y ulteriores transmisiones de viviendas. Pero sobre todo la Sentencia del Tribunal Supremo de 4 de Mayo de 1998, en la que se declara derogada por inconstitucionalidad la norma preconstitucional del art. 129, de la Ley Hipotecaria, reguladora del procedimiento extrajudicial de ejecución hipotecaria, y la consiguiente nulidad de los preceptos reglamentarios que la desarrollan.

Todas estas disposiciones han sido circuladas durante los meses de abril y mayo entre los Notarios del Colegio, y algunas son, o serán en breve, objeto de especial comentario en otras secciones de esta misma revista. Respecto de la Sentencia del Tribunal Supremo, está prevista la publicación en este número de dos trabajos, cuyos autores, el catedrático de Derecho Civil Ramón Duran Rivacoba y el notario Francisco García Mas, adelantan sus personales críticas. Conviene, sin embargo, recordar aquí el acuerdo adoptado por la junta Directiva en su reunión del día 18 de Mayo de 1998, en el sentido de suspender la designación por turno de reparto de Notarios para atender los requerimientos de ejecución hipotecaria que se formulen; y que la Junta Directiva se halla a la espera de conocer el contenido de los informes...

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