Pregunta escrita número 2380/91

Páginas227-228

Page 227

De la Sra. Raymonde Dury (S) a la Comisión de las Comunidades Europeas (22 de octubre de 1991) (92/C 162/28) El 29 de abril pregunté a la Comisión a propósito de un posible control comunitario de las agencias matrimoniales [pregunta escrita n.° 789/91 1]. La Comisión me respondió a propósito de la cuestión planteada, la de la libre prestación de servicios. Me gustaría saber ahora si hay algo previsto desde el punto de vista de la protección del consumidor. Efectivamente, me parece que se trata de actividades comerciales que dan lugar a contratos muy concretos y que, por lo tanto, requerirían un régimen especial que vaya más allá de lo que la Comisión contempla en el caso de contratos ordinarios (plazo de reflexión, lucha contra las cláusulas abusivas...).

Respuesta del Sr. Van Miert en nombre de la Comisión (26 de marzo de 1992)

La protección de las personas que acuden a las agencias matrimoniales puede requerir una atención especial en la medida en que se trata de un sector de características muy específicas. Por una parte, es, por supuesto, responsabilidad de los Estados miembros adoptar medidas adecuadas para evitar los abusos en este ámbito, y, en particular, para garantizar debidamente la protección de los clientes.

Por otra parte, remitiéndonos al principio de sub-sidiariedad, conviene señalar que en estos últimos años han aparecido nuevas técnicas de comunicación que no conocen fronteras, y que, ante su creciente presencia, las autoridades comunitarias deberán estudiar si es necesario un enfoque a nivel comunitario para asegurar, en elPage 228 mercado único, la protección de los consumidores de este tipo de servicios. Sin querer poner en entredicho la competencia de los Estados miembros, la Comisión ha emprendido un estudio sobre las medidas nacionales aplicables en este ámbito, y está actualmente observando...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR