El desarrollo de las políticas activas en España: Un análisis de los planes de acción para el empleo.

AutorPaloma Tobes Portillo
Páginas15-43
  1. CONCEPTO DE POLÍTICAS ACTIVAS

    El concepto de políticas activas no es nuevo en el tiempo, ya en la década de los sesenta se estudiaban los efectos de las 'medidas activas' sobre el mercado de trabajo.

    Desde entonces, las políticas activas de empleo han ido evolucionando y es a partir de mediados de la década de los noventa cuando las políticas activas cobran una especial relevancia en la lucha contra el desempleo, al ponerse de manifiesto que el método más eficaz de reducir el desempleo es el fomento del empleo.

    Es de destacar que las políticas activas no sustituyen a las políticas pasivas, ni son antagónicas, si bien es cierto que ante una tendencia favorable de las tasas de desempleo, se debe realizar un trasvase de recursos presupuestarios desde las políticas pasivas hacia las políticas activas generadoras de empleo.

    Estos dos tipos de políticas son complementarias y, es más, deben estar integradas, de tal forma que toda política pasiva debe contener elementos que incentiven a la reinserción laboral y evitar así la relación perniciosa que pueda existir entre la cobertura del desempleo y la prolongación de la situación de inactividad laboral.

    Al realizar un estudio sobre políticas activas de empleo, la primera cuestión a abordar es la delimitación de su concepto. En mi opinión, una política activa de empleo es toda medida cuyo objetivo sea la inserción o reinserción laboral, y no se traduzca en un gasto de garantía de rentas, suponga o no gasto presupuestario.

    Dentro de las políticas activas de empleo podemos diferenciar inicialmente entre políticas de demanda y políticas de oferta. Las políticas de demanda suponen una discriminación positiva que incentivan la contratación, a través de subvenciones o incentivos fiscales a las empresas, de los grupos con mayores dificultades de integración en el mercado laboral, tal es el caso de las mujeres, minusválidos, jóvenes y desempleados de larga duración.

    Las políticas de oferta tienen como objetivo prioritario adecuar las cualificaciones del factor trabajo a las necesidades empresariales, de tal forma que la formación profesional inicial, ocupacional y continua se convierten en políticas indispensables dentro de este marco.

    15 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 36 Profesora Titular de Hacienda P?blica de la Universidad AutÛnoma de Madrid.

    El desarrollo de las políticas activas en España: Un análisis de los planes de acción para el empleo PALOMA TOBES PORTILLO Frente a ésta u otras clasificaciones de carácter teórico, la OCDE 1 divide las políticas activas en cinco categorías:

    Administración y servicios públicos de empleo.

    Formación Profesional Medidas a favor de los jóvenes Medidas de ayuda al empleo Medidas a favor de minusválidos Esta clasificación, de carácter presupuestario, adolece de cierta flexibilidad, de tal forma que aquellas políticas activas que no generen gasto presupuestario no estarían integradas en la misma.

    En los países de la Unión Europea las políticas activas vienen determinadas por las directrices marcadas para la elaboración de los Planes Nacionales de Empleo, así en España 2 se dividen las políticas activas en los seis grandes grupos que brevemente enunciamos a continuación:

  2. Medidas a favor de la formación, el reciclaje y la movilidad profesional, en este grupo se integra la formación profesional inicial, ocupacional y continua.

  3. Medidas para el mantenimiento del empleo que recoge distintas políticas y ayudas destinadas a la realización de la reconversión industrial, reestructuración de empresas y mantenimiento del empleo.

  4. Medidas a favor de la creación de empleo que agrupa las medidas contractuales sin incentivo económico, de fomento de empleo con incentivo económico, los programas de fomento del empleo del sector público y los programas de apoyo a las iniciativas empresariales y a la creación de empleo.

  5. Medidas a favor de categorías específicas de trabajadores que recoge aquellas políticas horizontales destinadas a la inserción o reinserción laboral de los grupos con mayor dificultad de acceso o integración en el mercado laboral.

  6. Medidas de reparto del empleo que se instrumentan a través de los contratos a tiempo parcial estable, los contratos de sustitución y los de relevo.

  7. Medidas de intermediación en el mercado de trabajo, información, orientación y colocación.

  8. EL DESARROLLO DE LAS POLÍTICAS ACTIVAS EN EL MARCO DE LA UNIÓN EUROPEA

    El punto de partida de la política de fomento del empleo en el marco de la Unión europea se puede situar en 1993, con la elaboración del Libro blanco de la Comisión sobre Crecimiento, Competitividad y empleo.

    Este informe identificaba como causas del desempleo en los países de la Unión: el bajo crecimiento económico, la intensidad de trabajo en sectores económicos tradicionales en detrimento de sectores con futuro, el elevado coste, en términos relativos, de la mano de obra poco cualificada y la permanencia de un sistema de empleo envejecido.

    En diciembre de 1994 se celebra la Cumbre de Essen en la que se proponen una serie de orientaciones, a seguir por los países de la Unión, con el objetivo de crear empleo.

    Estas líneas de actuación, con base en el Libro blanco sobre Crecimiento, Competitividad y Empleo, suponían la intensificación de la formación profesional y continua; alcanzar una mayor flexibilidad en el tiempo de trabajo, compatible con la moderación salarial; reducir costes laborales no salariales; aumentar los recursos dirigidos hacia las políticas activas e incentivar el empleo de aquellos colectivos con mayores dificultades para acceder al mercado laboral.

    La aprobación del Tratado de Amsterdam, en 1997, supuso un importante avance en el desarrollo de la política de empleo comunitaria, al incorporar al Tratado de la Unión un Título sobre el Empleo 3 , paralelo al Título de Política Social.

    Sin embargo, en el Tratado de Amsterdam aún no se propone una política comunitaria, en materia de empleo, paralela al resto de las políticas comunitarias, si bien se establece que el Consejo y la Comisión, tras la consulta a los distintos Comités, elaboren un informe sobre la evolución del empleo comunitario y establezcan unas orientaciones sobre el desarrollo de la política de empleo, con el fin de conseguir que el crecimiento económico fuera acompañado de un alto nivel de empleo.

    Por tanto, desde la Cumbre de Essen de 1994 al Tratado de Amsterdam de 1997 se puede apreciar una importante ampliación en el objetivo a conseguir. Si en la Cumbre de Essen éste era la creación de empleo, en el Tratado el objetivo pasa a ser conseguir un alto nivel de empleo.

    Las orientaciones en materia de empleo, recogidas en el Tratado de Amsterdam, no suponían un aumento del gasto público, sino una reestructuración del mismo, centrado en la modificación del sistema de prestaciones y de los regímenes fiscales y en la sustitución de políticas pasivas por políticas activas de empleo.

    Estas orientaciones se centraban en cuatro grandes áreas, que a corto plazo pasarían a tener el carácter de pilares, y sobre éstas se enmarcaban las distintas líneas de actuación en materia de política de empleo, que a corto plazo tendrían el carácter de directrices.

    Estas grandes áreas eran:

    Empleabillidad Espíritu empresarial Adaptabilidad Igualdad de oportunidades El Consejo Europeo extraordinario de Luxemburgo sobre el empleo, celebrado los días 20 y 21 de noviembre de 1997, desarrolló el Título sobre el Empleo fijado por el Tratado de Amsterdam y dio el impulso final al proceso de coordinación de las políticas de empleo en el marco de la Unión, al establecer una única política comunitaria en materia de empleo.

    Esta política comunitaria se basa en los cuatro pilares siguientes, ya definidos anteriormente en el Tratado de Amsterdam: Pilar I, Mejorar la capacidad de inserción profesional;

    Pilar II, Desarrollar el espíritu de empresa; Pilar III, Fomentar la capacidad de adaptación de los trabajadores y las empresas;

    Pilar IV, Reforzar la política de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.

    Sobre estos pilares se incardinan las distintas directrices que deben seguir los Estados miembros en la elaboración anual de los Planes Nacionales de Empleo.

    Estas directrices deben respetar el principio de subsidariedad, las competencias de los Estados miembros y han de estar integradas en las orientaciones de política económica.

    A partir de este momento, se aprueban anualmente las directrices que deben seguir los Estados miembros en la elaboración de los Planes Nacionales de Empleo.

    Así, las directrices correspondientes a 1998 suponen:

    PALOMA TOBES PORTILLO 17 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 36 3 TÌtulo VI bis (arts.109N/109S).

    Respecto al Pilar I 'Mejorar la capacidad de inserción profesional', se insta a los Estados miembros, con el fin de combatir el desempleo juvenil y prevenir el desempleo de larga duración, a que incrementen sus políticas activas de formación. Asimismo, se subraya la importancia del papel de los interlocutores sociales en la adopción de acuerdos que faciliten la capacidad de inserción profesional.

    Se incluyen, también dentro de este pilar, distintas medidas dirigidas a facilitar la transición de la escuela a la vida laboral.

    En el Pilar II 'Desarrollar el espíritu de empresa', se pone de manifiesto la necesidad de simplificar la reglamentación administrativa, promover incentivos fiscales y de Seguridad Social y reducir las cargas financieras que afectan a las pequeñas y medianas empresas, con el objeto de fomentar la creación de empresas, la contratación y el trabajo autónomo.

    El Pilar III 'Fomentar la capacidad de adaptación de trabajadores y empresas' recoge toda una serie de políticas que tienen como objetivo conseguir una mayor flexibilidad del mercado laboral, a través de la regulación de distintos tipos de contratos que garanticen una seguridad suficiente a los trabajadores y el fomento de la formación permanente dentro del ámbito empresarial.

    Por último, respecto al Pilar IV 'Reforzar la política de igualdad de oportunidades' las medidas se centran en combatir la discriminación entre hombres y mujeres, acercando las tasas de empleo de ambos sexos, y conseguir la conciliación de la vida laboral y familiar.

    Asimismo, se pone de manifiesto la necesidad de prestar especial atención a las dificultades con las que se enfrentan las personas con minusvalías para acceder al mercado laboral.

    Los logros que había supuesto el establecimiento, por vez primera, de una política comunitaria común en materia de empleo se pusieron de manifiesto en el Consejo de Cardiff, celebrado en junio de 1998, y se advirtió la importancia de contar con indicadores y estadísticas precisas y homogéneas que permitieran evaluar los resultados de los Planes de Empleo y la realización de estudios comparados fiables en esta materia entre los distintos Estados miembros.

    El Consejo Europeo de Viena, celebrado en diciembre de 1998, tuvo una gran importancia en la política de empleo comunitaria ya que las líneas de actuación que surgieron se mantendrán en los años siguientes. En esta Cumbre, podemos decir que se inicia una nueva orientación en la política comunitaria de empleo, al determinar la importancia de que esta política se encuentre incardinada dentro de un enfoque macroeconómico que persiga el crecimiento económico y la estabilidad.

    Asimismo, se proponen las bases de las directrices para la elaboración de los Planes de Empleo correspondientes a 1999. En este sentido, se recomienda a los Estados miembros que presten especial atención a los siguientes aspectos:

    - Lograr progresos tangibles en el fomento de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.

    - Intensificar el proceso de formación permanente.

    - Aprovechar el potencial del sector servicios como marco de creación de empleo y, en particular, la tecnología de la información y el sector del medio ambiente.

    - Crear el clima adecuado para que las pequeñas y medianas empresas puedan prosperar.

    - Revisar el sistema fiscal y de prestaciones con el fin de incentivar la creación de nuevos puestos de trabajo y la incorporación de desempleados al mercado laboral.

    INFORMES Y ESTUDIOS 18 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 36 - Favorecer la permanencia de los trabajadores de mayor edad dentro de la población activa.

    - Promover la inserción laboral y la igualdad de oportunidades de los grupos menos favorecidos.

    Estas recomendaciones se plasmaron en obligación al integrarse en las directrices a seguir en la elaboración de los Planes Nacionales de Empleo correspondientes al año 1999.

    Respecto al ejercicio anterior, en 1999 se recogen tres nuevas directrices. Así, en el Pilar I 'Mejorar la capacidad de inserción profesional ' se incluyen las directrices nº 4 y nº 9;

    la primera propone la revisión y reestructuración del sistema de prestaciones y de fiscalidad;

    la segunda pone de manifiesto la necesidad de adoptar distintas medidas que faciliten la integración de los grupos menos favorecidos en el mercado laboral.

    En el Pilar II 'Desarrollar el espíritu de empresa' se incluye como nueva directriz la número 13, que supone el aprovechamiento del sector servicios como 'nido' de empleo y, en particular, el sector medioambiental y la sociedad de la información.

    El Consejo Europeo de Colonia sobre el Pacto Europeo para el Empleo, celebrado en junio de 1999, refuerza las conclusiones del Consejo de Viena.

    Así, se establece como prioridad absoluta garantizar un elevado nivel de empleo; en segundo lugar, se reafirma el compromiso de proseguir con la estrategia coordinada en materia de empleo y profundizar en las reformas económicas e, igualmente, se insta a efectuar una consideración integral de la política monetaria, fiscal y la evolución de los salarios, con el fin de conseguir un fuerte crecimiento del empleo compatible con la estabilidad de precios.

    En las conclusiones de la Presidencia del Consejo Europeo de Helsinki, de noviembre de 1999, se mantiene la línea de los Consejos anteriores y con carácter concreto se incide nuevamente en la necesidad de que los países miembros, al efectuar reformas en el mercado de trabajo, prestan especial atención a los sistemas fiscales y de prestaciones, a las posibilidades de empleo en el sector servicios, a la organización del trabajo, intensifiquen la formación continua y fomenten la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.

    Sobre estas conclusiones, el 13 de marzo de 2000, se aprueban las directrices para la elaboración de los correspondientes Planes Nacionales de Empleo. Si bien, respecto al ejercicio anterior no se incluyen nuevas directrices, sí se efectúa una serie de aclaraciones incidiendo en los aspectos siguientes:

    avanzar en la modernización de los servicios públicos de empleo, facilitar el acceso a la sociedad de la información y apoyar las acciones locales de empleo. Por último, la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres pasa a tener un enfoque horizontal, de forma que esté presente en todos los pilares de actuación.

    Hasta el momento, la política comunitaria de empleo tenía como objetivo garantizar un alto nivel de empleo; a partir del Consejo Europeo celebrado en Lisboa el 23 y 24 de marzo se realiza un salto cualitativo muy importante, ya que el objetivo pasa a ser el pleno empleo.

    En las conclusiones de la presidencia se recoge la importancia de aumentar la participación de mujeres y trabajadores de mayor edad en el mercado laboral; prestar mayor atención a las cualificaciones y el aprovechamiento del potencial de crecimiento de empleo en el sector de la tecnología de la información.

    La conclusión nº 34 del Consejo Europeo de Santa Maria da Feira, de junio de 2000, refuerza el desarrollo de las políticas activas con el objetivo de alcanzar el pleno empleo.

    PALOMA TOBES PORTILLO 19 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 36 En este sentido, se destaca la importancia de los interlocutores sociales en aquellas políticas que de ellos dependan, la necesidad de seguir avanzando en la formación permanente y en incentivar el empleo femenino.

    El Consejo Europeo de Niza, celebrado en diciembre de 2000, mantiene las líneas trazadas en el Consejo anterior, si bien enfatiza sobre los efectos de la política de empleo, sobre la calidad de éste y establece como cuestión prioritaria la conciliación de la vida laboral y familiar.

    Las recomendaciones de estos dos Consejos fueron la base de las directrices para la elaboración de los Planes Nacionales de Empleo correspondientes al año 2001, en las que se observa la ampliación de las medidas a adoptar bajo cada directriz y un mayor número de planteamientos horizontales comunes a todos los pilares. Así, los Estados miembros deben aumentar la calidad del empleo, desarrollar políticas globales de educación y formación permanente y seguir avanzando en el proceso de igualdad de oportunidades laborales entre hombres y mujeres.

    Con el fin de conseguir el pleno empleo, en las conclusiones de la Presidencia del Consejo Europeo de Estocolmo, de marzo del 2001, se insta al Consejo y a la Comisión a informar de aquellas medidas que puedan adoptarse a fin de conseguir incrementar la población activa y prolongar el período de vida laboral.

    En el Consejo Europeo de Barcelona, celebrado los días 15 y 16 de marzo de 2002, se marcan como líneas de actuación a seguir, a fin de conseguir el aumento progresivo de la tasa de participación laboral, el desarrollo de medidas que incentiven al envejecimiento activo, la movilidad de los trabajadores en los nuevos mercados de trabajo, la mejora de la calidad del trabajo, intensificar los esfuerzos en los sistemas de formación y su seguimiento, la reforma de la prestación por desempleo y el aumento de recursos dirigidos a la conciliación de la vida laboral y familiar.

    De todo lo expuesto en este epígrafe podemos concluir que actualmente la política comunitaria de empleo tiene como objetivo el pleno empleo y se encuentra inmersa dentro de un planteamiento macroeconómico que persigue el crecimiento económico con estabilidad de precios. En un enfoque más concreto, esta política como hemos visto se desarrolla bajo los cuatro pilares descritos, sin embargo éstos no son compartimentos estancos de forma que estamos asistiendo a una ampliación de enfoques horizontales comunes a todos los pilares y ello supone que las políticas activas de demanda están impregnando el marco de las políticas activas de oferta.

  9. EL DESARROLLO DE LOS PLANES NACIONALES PARA EL EMPLEO EN ESPAÑA A partir de 1998 España, al igual que el resto de los países de la Unión, se encuentra obligada a presentar anualmente un Plan de Acción para el Empleo, siguiendo las directrices europeas en materia de política de empleo.

    Desde entonces las políticas activas de empleo, en España, han registrado un importante avance; sin embargo, como ponen de manifiesto las distintas recomendaciones del Consejo, es necesario intensificar los esfuerzos en distintas áreas de actuación. Por ello, en este epígrafe se analiza el desarrollo de las políticas activas en España a través del análisis de los distintos planes de empleo presentados.

    Pilar I Mejorar la capacidad de inserción profesional Las distintas directrices incluidas en este pilar tienen como objetivo mejorar la empleabilidad de los trabajadores y prevenir el desempleo de larga duración.

    Plan Nacional de Empleo 1998 Con el fin de combatir el desempleo juvenil y prevenir el paro de larga duración (di- INFORMES Y ESTUDIOS 20 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 36 rectrices 1 y 2) en el año 1998, con una tasa de desempleo del 18,8%, se efectuaron 4 1.316.532 acciones de inserción, en las que participaron 1.285.330 personas, existiendo una relación de 1,02 acción/beneficiario. Esta relación pone de manifiesto que un demandante puede ser beneficiario de más de una acción de inserción, ya que ello depende del itinerario seguido. La relación entre demandante de empleo no ocupado 5 y beneficiario de acciones de inserción se situó en el 49,24%, es decir más de la mitad de los demandantes de empleo no participó en ninguna acción de inserción.

    En estas acciones la participación de las mujeres (53%) supera a la de los hombres en siete puntos porcentuales, en consonancia con su mayor tasa de desempleo, y la de los adultos de corta duración, a la de los jóvenes y desempleados de larga duración, como se desprende de la información recogida en los cuadros nº 2 y nº 3.

    Las acciones de formación fueron casi el doble que las acciones de empleo y dentro de las acciones de formación el grueso lo constituyen las acciones de formación ocupacional, que recogen los cursos de formación para desempleados.

    Es de destacar que en la formación ocupacional la participación de las mujeres es muy superior a la de los hombres, mientras que en el caso de las acciones de formación-empleo, en las que se combinan estas dos actividades, la participación de los hombres dobla a la de las mujeres.

    Las acciones en el marco de iniciativas locales para el empleo recogen las contrataciones con carácter indefinido dentro de los programas de apoyo a las empresas de carácter local. Si bien en este caso el número de acciones, en términos relativos, es escaso, la participación de las mujeres supera a la de los hombres.

    Igual ocurre con las personas beneficiadas de forma económica o con asesoramiento para facilitar el autoempleo, lo que parece indicar, en este ejercicio, un mayor interés por parte de las mujeres desempleadas en el autoempleo, frente al trabajo por cuenta ajena.

    Las acciones de empleo para discapacitados engloba los contratos subvencionados, para desempleados físicos o psíquicos, con una duración superior a 12 meses; en 1998 el número de acciones de este carácter ascendieron a 22.222.

    El empleo de interés social representa la contratación de desempleados para efectuar actividades de utilidad colectiva.

    Las acciones de orientación, que constituyen el segundo grupo del total de las acciones de inserción, suponen 402.838, incluyendo en este número sólo aquellas que tienen carácter individual y más de una jornada de duración.

    Las acciones relativas a promoción reflejan, la contratación, como promotores de empleo, de desempleados.

    El coste de las acciones de inserción en 1998 asciende a 274.733 millones de pesetas, de las cuales el 85% corrió a cargo de la Administración General del Estado y el 15% restante a cargo de las Comunidades Autónomas, siendo el coste medio de las acciones de inserción de 208.679 pesetas.

    Del coste total de las acciones la mayor cuantía corresponde a las acciones de formación, que representa el 63,47% del coste total.

    El coste de las acciones de empleo supone el 33,11%, orientación el 1,84% y promoción el 1,56%.

    La sustitución de medidas pasivas por medidas activas está presente en todos los PALOMA TOBES PORTILLO 21 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 36 4 InformaciÛn recogida en el cuadro nº 1.

    5 Personas inscritas en los Servicios P?blicos de Empleo, no ocupados y disponibles para trabajar.

    pilares del Plan, y de forma explícita en el Pilar I ( directriz 3). Así se intenta que las acciones de inserción de formación, apoyo al empleo y orientación se traduzcan en una mayor tasa de empleo de los colectivos con mayores dificultades de integración en el mercado de trabajo y de ello se derive un menor gasto en desempleo, sin reducir su protección.

    Además de las acciones de inserción, descritas anteriormente, se realiza una entrevista profesional al demandante de empleo no ocupado con el fin de diseñar de forma individual el itinerario de inserción a seguir.

    El desarrollo de la Formación permanente constituye un elemento esencial para adecuar la cualificación de los trabajadores al desarrollo empresarial; con este objetivo se aprobó en marzo el Programa Nacional de Formación Profesional 1998-2001 con la participación de los interlocutores sociales y las Comunidades Autónomas.

    La finalidad de este programa supone la vertebración de la formación profesional integrada por la formación profesional inicial o reglada, la ocupacional para desempleados y la continua para trabajadores en activo.

    La formación continua 6 es la que mayor número de alumnos registra, con un total de 1.503.050, seguida de la ocupacional y la reglada.

    Sin embargo, el mayor coste corresponde a la formación profesional inicial, con unos recursos de 236.295 millones de pesetas.

    Asimismo, se presta especial atención a la eficacia de los sistemas escolares, facilitando, a través de los Programas de Garantía Social, una segunda oportunidad a aquellos jóvenes, con edades comprendidas entre 16 años y 21 o entre 18 años y 25, que abandonaron prematuramente la escuela y no han obtenido una cualificación profesional necesaria para acceder al mercado laboral. Estos programas cuentan con una buena acogida por parte de los jóvenes, de ahí el incremento que se viene observando anualmente en el número de alumnos matriculados.

    El desarrollo del sistema de aprendizaje se efectúa a través de los contratos de formación, en los que se reembolsa a las empresas el coste de la formación; en este ejercicio se efectuaron 242.341 nuevos contratos, de los cuales 47.803 se transformaron en indefinidos.

    Plan Nacional de Empleo 1999 En 1999, se efectuaron 1.825.851 acciones de inserción , lo que supone un aumento, respecto al año anterior, de 509.319 acciones. El número de beneficiarios de las acciones, sin embargo, descendió, situándose en 1.074.207, destacando en esta reducción el recorte en la participación de los jóvenes, que se cifra en 108.922 personas.

    El ratio acción/beneficiario se sitúa en 1,6, lo que supone un aumento respecto a 1.998 de 0,58. Sin embargo, la relación entre demandantes de empleo no ocupados y beneficiarios de acciones de inserción descendió hasta el 43,15%, seis puntos porcentuales por debajo del año anterior.

    La tasa de desempleo en 1999 se sitúa en el 15,9%, casi tres puntos por debajo del año anterior; el número de demandantes de empleo no ocupados, en consonancia con la evolución favorable del desempleo, también descendió, hasta situarse en 2.489.406. El número de beneficiarios de las acciones también se vio reducido y es en este hecho donde estriba la crítica, ya que al menos se debería haber mantenido la proporción entre beneficiarios y demandantes del ejercicio anterior.

    La participación, más activa, de las mujeres en las acciones de inserción se establece INFORMES Y ESTUDIOS 22 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 36 6 Las cifras sobre alumnos y costes se recogen en los cuadros nº 5 y nº 6.

    en el 59,57%, casi siete puntos porcentuales por encima de la participación registrada en el ejercicio anterior.

    Respecto al coste de las acciones, éste aumentó en relación al ejercicio anterior, debido únicamente al mayor número de actuaciones efectuadas, ya que el coste medio de la acción desciende en 1999, respecto al año anterior, en torno a 17 puntos porcentuales.

    Si bien se observa un incremento en las acciones de inserción efectuadas en este ejercicio, consideradas de forma global, en algunas de ellas, sin embargo, se produjo un retroceso.

    Así, el número de acciones de formación y de acciones de empleo se redujeron y por el contrario las acciones de orientación experimentaron un crecimiento notable, debido al desarrollo de un Programa de tutoría individualizada, de forma que a cada demandante se le asignó un tutor especializado en orientación profesional.

    Dentro de las acciones de formación, se reduce el número de acciones de formación ocupacional, y se incrementan paralelamente las acciones dirigidas a formación empleo.

    En este caso hay que tener en cuenta que ha existido un trasvase de beneficiarios de formación ocupacional hacia los programas de escuelas taller, casas de oficios y talleres de empleo 7, que constituyen acciones de formación empleo.

    En relación a las acciones de empleo, es de destacar el importante avance que experimentaron las actuaciones dirigidas al autoempleo, que aumentan en 5.188, dando un vuelco la participación de hombres y mujeres, respecto al año anterior. Prueba de ello es que si en 1998 la participación de los hombres en estas actuaciones suponía el 42% y la relativa a las mujeres se situaba en el 58%, en 1999, sin embargo, la participación de los hombres crece hasta el 51% y la de las mujeres se reduce hasta el 49%.

    Asimismo, dentro de este marco de actuación aumentaron las acciones dirigidas a promover el empleo de minusválidos en torno a 6.000. Estas actuaciones y las que se desarrollan bajo la directriz nueve cuentan con una importante colaboración de la Confederación Española de Representantes de Minusválidos y de otras organizaciones, como la Organización Nacional de Ciegos.

    Por otra parte, con el objeto de promover un mercado de trabajo abierto a todos, se establecieron en 1999 medidas alternativas para el cumplimiento de la cuota de reserva a favor de trabajadores discapacitados en empresas de 50 trabajadores o más.

    Además de las medidas descritas, para el cumplimiento de las tres primeras directrices, se puso en marcha un Plan de Choque en 100 municipios con planes de inserción destinados a colectivos específicos de desempleados.

    En relación a la formación permanente se aprueba la creación del Instituto Nacional de Cualificaciones 8, cuyos objetivos son la promoción de las distintas ramas de formación profesional, la aprobación de nuevos certificados de profesionalidad y la extensión de prácticas de formación.

    En el caso de la formación ocupacional, se concede prioridad a aquellos planes de empresas que integren a mujeres, trabajadores mayores de 45 años o no cualificados; es de destacar que en este ejercicio se redujo el número de alumnos de esta rama, respecto al ejercicio anterior, en 86.127. A través de la PALOMA TOBES PORTILLO 23 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 36 7 El programa talleres de empleo se regula en el Real Decreto 282/1999, de 22 de febrero. Es un programa para mayores de 25 aÒos que combina la formaciÛn y la pr·ctica laboral en obras o servicios de utilidad p?blica.

    8 El Instituto Nacional de Cualificaciones se aprueba por Real Decreto 375/1999, de 5 de marzo.

    formación ocupacional se han integrado acciones de formación en nuevas tecnologías.

    Así, los alumnos que se formaron específicamente en nuevas tecnologías ascienden, en este ejercicio, a 80.963.

    Plan Nacional de Empleo 2000 En el año 2000 el número de acciones de inserción realizadas ascendieron a 1.427.550, lo que supone una reducción respecto al ejercicio anterior; el número de beneficiarios también se recorta, pasando a 929.820 desempleados;

    la relación acción/beneficiario se sitúa en 1,53 frente al 1,6 del ejercicio precedente.

    La tasa de paro, en este ejercicio, se situa en el 14,1%, ascendiendo los demandantes de empleo no ocupados a 2.189.409, existiendo una relación entre beneficiarios y demandantes de empleo del 42%; en esta relación desde 1998 se observa una caída progresiva.

    La participación de las mujeres en las acciones de inserción desciende en dos puntos porcentuales, respecto al ejercicio anterior, situándose en el 57,61%, lo que supone el laxo cumplimiento de garantizar la igualdad de oportunidades como política horizontal, integrada en todos los pilares.

    El coste de las acciones se ha cifrado en 383.777 millones pts., registrando un fuerte incremento respecto al año anterior, debido al aumento del coste medio de la acción en torno a 100.000 pts. La participación en la financiación de las acciones se mantuvo en términos semejantes a la de años anteriores, correspondiendo el 85% a la Administración General del Estado y el 15% restante a las Comunidades Autónomas.

    El mayor número de actuaciones se realizó en el ámbito de la formación ocupacional, el empleo de interés social y la orientación, si bien en este último caso el número de actuaciones respecto a 1999 se ha reducido a la mitad.

    Con el objetivo de mejorar la capacidad de inserción profesional se procedió en este ejercicio a la aprobación de la Renta Activa de Inserción 9. Este programa combina políticas activas de empleo con medidas de protección al desempleo, se dirige a los desempleados de larga duración, en situación de necesidad, mayores de 45 años y supone la percepción de una renta económica y la realización de un itinerario de inserción laboral, a partir de un compromiso de actividad con tutorías individualizadas, mediante la incorporación a programas de empleo y/o formación.

    La alfabetización informática ha supuesto que el número de alumnos formados en nuevas tecnologías se incremente hasta 121.445, lo que supone un crecimiento respecto al ejercicio anterior del 50%. En cumplimiento de esta directriz el 80% de las escuelas de educación primaria y el 94% de las de educación secundaria están conectadas a Internet y se ha apostado por una política de inversión en ordenadores personales, en las escuelas e institutos, con el fin de reducir la relación alumnos/ordenador.

    La integración social mediante el empleo de los colectivos más desfavorecidos se ha desarrollado a través de la contratación de 16.000 trabajadores discapacitados. Asimismo, la ONCE ha iniciado el desarrollo de un plan de formación y empleo cuyo fin es la formación de 40.000 personas con discapacidad y la creación de 20.000 puestos de trabajo hasta el año 2008.

    Con el objeto de promover un mercado de trabajo abierto a todos y evitar la exclusión social, se inició un programa de apoyo a trabajadores extranjeros, lo que unido a la aprobación de la Ley Orgánica 4/2000, que inicia INFORMES Y ESTUDIOS 24 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 36 9 Regulada por el Real Decreto 236/2000, de 18 de febrero.

    el proceso de regularización de los trabajadores inmigrantes residentes en España, ha dado lugar a un importante incremento de los trabajadores extranjeros afiliados al Sistema de Seguridad Social.

    En este ejercicio se inició el proceso de modernización de los Servicios Públicos de Empleo y el desarrollo del proyecto SISPE10, que garantice la coordinación entre los diferentes servicios públicos de empleo y facilite a los desempleados el acceso a estos servicios.

    Plan Nacional de Empleo 2001 La previsión que en este ejercicio se efectúa, tanto en relación al número de acciones de inserción a realizar, como en relación a sus beneficiarios, supone un incremento respecto al ejercicio anterior. El número previsto de acciones de inserción se establece en 1.516.710 y el número de beneficiarios en 1.085.964, lo que supone una ratio acción/beneficiario de 1,39, inferior a la establecida en los dos ejercicios precedentes.

    Es de destacar que el 48% de los beneficiarios de acciones de inserción responde a las características de desempleado adulto, mayor de 25 años, con tiempo de desempleo de corta duración, menor de 12 meses.

    El coste de las acciones de inserción previstas se establece en 426.289 millones de pesetas, lo que supone un incremento respecto al ejercicio anterior del 11,07%, debido al aumento en el número de acciones y al incremento previsto en el coste medio de la acción del 4,5%.

    En cuanto al reparto presupuestario entre el INEM y las Comunidades Autónomas, en el coste de las acciones de inserción, es de destacar el aumento de la participación de las Comunidades Autónomas en cuatro puntos porcentuales, consecuencia de la ampliación de las actuaciones propias de cada Comunidad.

    El núcleo de las acciones de inserción lo siguen constituyendo las acciones de orientación, formación ocupacional y empleo de interés social; en definitiva, aquellas acciones estrechamente ligadas a la mejora de la capacidad profesional. En este sentido, es de destacar la prórroga para este ejercicio del programa de renta activa de inserción 11 y la ampliación de los posibles beneficiarios, al integrar a los desempleados de larga duración que, cumpliendo los requisitos generales, no hayan percibido ninguna prestación o subsidio de desempleo.

    Asimismo, en este ejercicio se introduce el desarrollo de un plan dirigido a los parados con más de dos años ininterrumpidos en situación de desempleo, en el que se establece un itinerario de inserción específico con arreglo a las características personales y profesionales del desempleado.

    En cuanto a la modernización de los servicios públicos de empleo se sigue avanzando en este proceso, destacando el apoyo a la inversión en infraestructuras dirigido hacia aquellas Comunidades Autónomas a las que les ha sido transferida la gestión en materia de políticas activas.

    En este ejercicio, la necesidad de prolongar la vida activa (directriz nº3) cobra una especial relevancia, tras el Acuerdo firmado el 9 de abril por el Gobierno, las Organizaciones Empresariales y el Sindicato Comisiones Obreras; prueba de ello es que se facilita el cobro de la pensión de jubilación paralelo al desarrollo de actividades laborales; se establecen bonificaciones en las cuotas empresariales a la Seguridad Social por la celebración de contratos indefinidos de personas mayores de 45 años; se mantiene la edad mí- PALOMA TOBES PORTILLO 25 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 36 10 Sistema integrado de informaciÛn de los servicios p?blicos de empleo. 11 Real Decreto 781/2001, de 6 de julio.

    nima de jubilación en los 65 años y se elimina la edad límite para trabajar 12.

    Asimismo, es de destacar la ampliación de los planes de formación continua que se contempla en el III Acuerdo sobre Formación Profesional Continua de 19 de diciembre de 2000. En este sentido, se recogen planes de formación para la economía social, y la formación de trabajadores no cotizantes por la contingencia de formación profesional, como es el caso de los autónomos o los incluidos en el régimen especial agrario.

    Con el objeto de favorecer la integración laboral de los discapacitados se prevé la realización de un programa de fomento de empleo para este colectivo que cuente con bonificaciones en las cuotas empresariales, así como un tratamiento fiscal favorable para aquellos discapacitados que pierdan el empleo y se conviertan en autónomos. Al igual que en los ejercicios anteriores, se pretende impulsar la cuota de reserva del 2% en empresas de más de 50 trabajadores o la adopción de medidas alternativas.

    En cuanto a la integración laboral de los inmigrantes ésta se está desarrollando principalmente a través de los contratos formativos.

    Pilar II Desarrollar el espíritu de empresa Dada la importancia de las pequeñas y medianas empresas en el crecimiento económico y en la creación de empleo, las medidas que se recogen bajo este pilar van encaminadas a facilitar la creación y desarrollo de las Pymes. Estas medidas suponen la reducción de sus cargas administrativas, el fomento del autoempleo, el aprovechamiento de aquellos sectores que pueden generar empleo y la reducción de los costes no laborales con el objeto de fomentar la contratación.

    Plan Nacional de Empleo 1998 Con el fin de simplificar las cargas administrativas relativas a la creación y gestión de las empresas se inicia el proceso de instaurar una 'ventanilla única' que posibilite la intercomunicación de registros entre las distintas Administraciones Públicas; a este proyecto se sumaron inicialmente 10 Comunidades Autónomas y 791 Entidades Locales.

    El acceso a la financiación se materializó en la dotación por parte del Instituto de Crédito Oficial de una línea de crédito para las inversiones tecnológicas efectuadas por las Pymes con una cuantía global de 300.000 millones de pesetas; el 75% de esta financiación fue concedida a empresas con menos de 50 trabajadores.

    En cuanto a la reducción de la fiscalidad sobre el factor trabajo se mantienen los incentivos a la contratación indefinida y a la transformación en indefinidos de contratos de duración determinada previstos en la Disposición Adicional primera de la Ley 64/1997, de 26 de diciembre y en la Ley 63/1997, de 26 de diciembre. Estos incentivos se centran exclusivamente en los contratos a tiempo completo y constituyen bonificaciones en las cuotas empresariales, por contingencias comunes, a la Seguridad Social, variables en función del colectivo específico. Así, los contratos dirigidos a jóvenes desempleados menores de 30 años y desempleados de larga duración cuentan con una bonificación en la cuota empresarial de la Seguridad Social del 40%, durante 24 meses; los dirigidos a mayores de 45 años cuentan con una bonificación del 60%, durante los dos primeros años, y del 50% el resto del tiempo de vigencia del contrato; y los efectuados a mujeres desempleadas de larga duración en ocupaciones con menor índice de empleo femenino, del 60%, durante 2 años. Asimismo, se bonifican las cuotas empresariales por contingencias comunes para la transformación en indefinidos de contratos temporales.

    INFORMES Y ESTUDIOS 26 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 36 12 Real Decreto-Ley 5/2001, de 2 de marzo.

    En este ejercicio los contratos registrados indefinidos a tiempo completo ascendieron a 823.554, correspondiendo el 66% a contratos firmados por hombres y el 34% restante a contratos firmados por mujeres.

    En esta línea, se modificó el sistema de módulos, en relación al cómputo de asalariados en la estimación objetiva del IRPF y régimen simplificado y comercio minorista del IVA. Así, no se computan como asalariados los alumnos de formación profesional específica que realicen el módulo obligatorio de formación, se computan al 60% el personal asalariado menor de 19 años con contratos de formación o aprendizaje y no se computan como personal asalariado aquellos trabajadores con derecho a los incentivos de carácter fiscal regulados en la Ley 64/1997, de 26 de diciembre, por la que se regulan los incentivos en materia de Seguridad Social y de carácter fiscal para el fomento de la contratación indefinida y la estabilidad en el empleo.

    Con el fin de incentivar el autoempleo se establece un programa de subvenciones 13 para la realización de acciones de orientación profesional para el empleo y asistencia para el autoempleo.

    En el marco de apoyo a la economía social se mantiene la posibilidad de percibir la prestación por desempleo en un pago único, para aquellos trabajadores que se incorporen como socios a empresas de economía social.

    Asimismo, se desarrolla una serie de actuaciones subvencionadas dirigidas a fomentar el empleo en cooperativas y sociedades laborales mediante el desarrollo de proyectos empresariales, fomento de la economía social y formación de sus socios, prestando especial atención a la creación de puestos de trabajo dirigidos a los colectivos menos favorecidos.

    Plan Nacional de Empleo1999 En este ejercicio prosigue el proceso de simplificación de las cargas administrativas que afectan a las empresas. Este Plan de simplificación integra el desarrollo de la 'ventanilla única empresarial' que ofrece a las PYMES asesoramiento y realización de trámites administrativos, la implantación del 'Sistema Red de la Seguridad Social' que permite la resolución, por vía telemática, de las variaciones en la situación de las personas contratadas.

    Respecto a las actuaciones crediticias, la dotación de la línea ICO-PYME asciende a 400.000 millones de pesetas, 100.000 millones más que el año anterior.

    Con el fin de promocionar la generación de empleo en el ámbito local se desarrolla un programa de ayudas y subvenciones, con cargo a los presupuestos del INEM, cuyos beneficiarios son aquellas Corporaciones Locales, personas físicas y jurídicas que lleven a cabo proyectos de I+E.

    En el desarrollo de la economía social es de destacar la aprobación de la Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas, que introduce importantes novedades al reducir el número de socios y simplificar los trámites necesarios para la constitución de una cooperativa.

    El desarrollo del potencial de empleo del sector servicios, especialmente en el ámbito de las nuevas tecnologías, ha supuesto la puesta en marcha del Plan INFOXI-La Sociedad de la información abierta a todos, que supone el desarrollo y acercamiento a los ciudadanos de la sociedad de la información.

    La reducción de la carga fiscal sobre el trabajo (directriz 14) se lleva a cabo a través de las medidas siguientes:

    En cuanto a la orientación de promover una fiscalidad más favorable, la nueva regulación del Impuesto sobre la Renta de las PALOMA TOBES PORTILLO 27 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 36 13 Las bases reguladoras para la concesiÛn de estas subvenciones se recogen en la Orden de 20 de enero de 1998.

    Personas Físicas 14, en relación a la tributación de la actividades empresariales establece la reducción general del rendimiento neto en estimación objetiva en el 12% para aquellos empresarios que incrementen su plantilla, frente al 7% vigente en la legislación anterior.

    El programa de fomento de empleo estable, diseñado para este ejercicio, supone la ampliación del espectro de contratos con posibilidad de contar con bonificaciones en las cuotas empresariales, por contingencias comunes, a la Seguridad Social. Así, se establecen bonificaciones para los contratos indefinidos iniciales a tiempo parcial; se modifican las bonificaciones de los contratos indefinidos a tiempo completo. Si bien, en este caso respecto a 1998 existe, con carácter general, una reducción de los porcentajes de bonificación, la contratación de las mujeres conlleva un incremento en el porcentaje de bonificación de 5 puntos sobre los varones; se mantienen las bonificaciones para la transformación de contratos temporales en indefinidos, pero reduciendo a la mitad los porcentajes de bonificación, respecto a la reforma laboral de 1997.

    El número de contratos registrados de duración indefinida se incrementó en el 25,47%; de éstos los de tiempo completo aumentaron el 23,93% y los de tiempo parcial, el 34,05%. Las mayores bonificaciones que experimentan los contratos efectuados a mujeres se traduce en un incremento del 33,48% para los contratos a tiempo completo y del 40,70% para los de tiempo parcial.

    Otra de las medidas incardinadas dentro de la directriz 14, pero en coordinación con la directriz 9 que insta a promover un trabajo abierto a todos, es la regulación 15 de una subvención de 650.000 pesetas para aquellos empresarios que contraten a minusválidos por tiempo indefinido y jornada completa, además se establece la bonificación de las cuotas empresariales a la Seguridad Social con un porcentaje del 70% si el trabajador es menor de 45 años, y del 90% para el resto.

    Plan Nacional de Empleo 2000 En diciembre de este ejercicio finalizó el plazo de vigencia del Plan de Agilización y Simplificación Normativa para la Competitividad de las PYMES, operando 9 ventanillas únicas empresariales en 8 provincias.

    Respecto al acceso a financiación, la Línea de crédito ICO-PYME estuvo dotada con 374.922 millones de pesetas, siendo las empresas con menos de 50 trabajadores las más beneficiadas.

    Al objeto de favorecer el acceso a la actividad empresarial se desarrolló una serie de planes, entre los que cabe destacar el plan integral de fomento empresarial de autónomos en el que participaron 800 personas, el plan de artesanos que tuvo 4.300 beneficiarios y el plan de apoyo a mujeres empresarias dirigido a 800 mujeres.

    En este ejercicio se desarrolló el Plan INFO XXI, implantado el año anterior, que integra distintas acciones, entre las que destaca el Programa de Fomento de la Investigación Técnica para el desarrollo de la sociedad de la información.

    Dentro del campo de las nuevas tecnologías y el aprovechamiento del sector servicios como 'yacimiento' de empleo se aprobó el Plan de Consolidación y Competitividad de las PYMES, con unos recursos de 50.000 millones de pesetas.

    La necesidad de potenciar la acción local y INFORMES Y ESTUDIOS 28 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 36 14 Ley 40/1998, de 9 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas FÌsicas y otras Normas Tributarias.

    15 Real Decreto 4/1999, de 8 de enero.

    regional a favor del empleo ha dado lugar a numerosas actuaciones en este ejercicio. Así, se ha realizado un programa de convenios entre los servicios públicos de empleo y las Corporaciones Locales, se han desarrollado programas mixtos de formación y empleo de distinta naturaleza en colaboración con las Corporaciones Locales y se ha subvencionado a las empresas de I+E.

    Asimismo el fomento del empleo en el ámbito de la Economía Social que se ha venido desarrollando en los últimos años está dando sus frutos. Así ha crecido de forma importante el número de cooperativas y sociedades laborales presentes en nuestra economía, siendo mayor el incremento de las sociedades laborales, dada la posibilidad de constituir una sociedad laboral limitada, con menores exigencias de constitución que las sociedades laborales anónimas. En este ejercicio el número de cooperativas y sociedades laborales asciende a 35.296 y el número de personas empleadas a 335.363.

    El Programa de Fomento Estable para el año 2000 16 introduce, respecto al ejercicio anterior, las diferencias siguientes:

    - Se elimina la bonificación a la transformación en indefinidos de contratos temporales, excepto para los contratos formativos.

    - Se reducen las bonificaciones para la contratación indefinida de jóvenes menores de 30 años (20% durante 24 meses).

    - Aumentan las bonificaciones de los contratos indefinidos de los parados de larga duración, mayores de 45 años, mujeres, perceptores del subsidio agrario, o cuando el que contrata es un empresario autónomo sin asalariados.

    - Se integra una nueva bonificación del 65%, hasta dos años, para personas excluidas socialmente.

    En este ejercicio, respecto a los contratos registrados es de destacar que se reducen los de duración indefinida y aumentan los de duración temporal. Asimismo, como se desprende de la información recogida en el cuadro nº 7, se observa un importante incremento de los contratos a tiempo parcial a costa del descenso de los de tiempo completo.

    Plan Nacional de Empleo 2001 En este ejercicio se mantiene el proceso de agilización y simplificación normativa para las pymes, de tal forma que se prevé el establecimiento de ocho nuevas ventanillas únicas.

    La previsión de apoyo financiero directo, a través del ICO, a las pymes aumenta en este ejercicio a 500.000 millones de pesetas, lo que supone un crecimiento respecto al ejercicio anterior del 33,36%. Se espera que el número de empresas beneficiarias se sitúe en 35.000.

    Con el objeto de incentivar la creación de empresas y el autoempleo se mantienen las líneas de trabajo del ejercicio anterior en cuanto al apoyo a las mujeres empresarias y a los trabajadores emigrantes retornados y se incide especialmente en programas de formación y orientación en el ámbito empresarial.

    El apoyo a la creación de empleo en el sector servicios y el desarrollo de la sociedad de la información se pone de manifiesto en el plan INFO XXI y en las dotaciones presupuestarias del Plan de Consolidación y Competitividad de la PYME 2000-2006.

    Asimismo, se integra un conjunto de actuaciones dirigidas a la creación de puestos de trabajo a nivel local y en el campo de la economía social.

    PALOMA TOBES PORTILLO 29 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 36 16 Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de car·cter Social.

    El Programa de fomento del empleo para el año 2001 17, si bien elimina las bonificaciones a la contratación indefinida de las cuotas empresariales por contingencias comunes a la Seguridad Social, para jóvenes varones menores de 30 años, aumenta las bonificaciones en los contratos indefinidos dirigidos a mayores de 55 años, favorece especialmente a las mujeres al contar con bonificaciones en cualquier tipo de contrato, entre el 25% y el 100%, y se prima particularmente las contrataciones de las trabajadoras de mayor edad. Se elimina el requisito de pertenencia a un colectivo general protegido para el caso de perceptores de la prestación o el subsidio agrario, se establece una bonificación general del 65%, durante 24 meses, para los perceptores de la renta activa de inserción y se bonifica la contratación indefinida de perceptores de la prestación o del subsidio de desempleo a los que en el momento de contratación les reste un año o más de percepción.

    Asimismo, la Ley 14/2000, de 29 de diciembre, eleva a 2.000.000 de pesetas el límite de la exención en el IRPF relativa a la prestación por desempleo en la modalidad 18 de pago único.

    Pilar III Fomentar la Capacidad de Adaptación de las Empresas y sus Trabajadores Las medidas incluidas bajo este epígrafe están dirigidas a conseguir la modernización de la organización del trabajo, en la que los interlocutores sociales desempeñan un papel fundamental y a desarrollar la formación de los trabajadores ocupados.

    Plan Nacional de Empleo 1998 El proceso de modernización de la organización del trabajo, uno de los objetivos integrados en este pilar, queda plasmado en la firma de los convenios colectivos. Así, por ejemplo, el establecimiento de la jornada media, la flexibilidad de horarios, las horas extraordinarias y la determinación de los componentes variables de los salarios son elementos determinantes.

    La jornada media en este ejercicio se sitúa en 1.766 horas anuales 19, desde 1.996 la jornada media de trabajo se viene reduciendo, pero frente a este avance, no se observa, sin embargo, una mayor flexibilidad en los salarios, en cuanto a que aún el número de contratos que ligan alguna parte del salario al resultado empresarial o a la productividad es irrelevante.

    Uno de los elementos claves en este pilar supone promover contratos con mayor grado de flexibilidad; en este sentido la aprobación del Real Decreto-Ley 15/1998, de 27 de noviembre, supuso un avance muy importante al dotar de mayor estabilidad al contrato a tiempo parcial.

    Así, la nueva configuración del contrato a tiempo parcial dotada de mayor estabilidad tiene su base en el Acuerdo sobre trabajo a tiempo parcial y fomento de su estabilidad, suscrito por el Gobierno y las Centrales Sindicales el 13 de noviembre de 1998.

    La posibilidad de efectuar un contrato a tiempo parcial se limita a jornadas inferiores al 77% de la jornada regulada por convenio, se regula el concepto de horas complementarias y se elimina, con carácter general, la posibilidad de realizar horas extraordinarias , se fija el horario de trabajo en el mismo contrato y se reduce la edad mínima de jubila- INFORMES Y ESTUDIOS 30 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 36 17 Real Decreto-Ley 5/2001, de 2 de marzo, de Medidas Urgentes de Reforma del Mercado de Trabajo para el incremento del empleo y la mejora de su calidad.

    Ley 12/2001, de 9 de julio.

    18 Modalidad regulada por el Real Decreto 1044/ 1985, de 19 de junio.

    19 www.mtas.es. estadÌsticas de convenios colectivos.

    ción a 60 años. Además, se mejoran las prestaciones sociales asociadas al contrato, sobre todo en el caso de jubilación e incapacidad permanente.

    Sin embargo, en este ejercicio aún no se establece ningún tipo de bonificación para incentivar la contratación parcial estable.

    En este ejercicio, los contratos registrados de duración indefinida a tiempo parcial ascendieron a 147.410, siendo la participación de las mujeres del 55,92% y la de los hombres del 44,08%.

    En cuanto a la formación continua, el presupuesto 20 para acciones de esta naturaleza asciende, en este ejercicio, a 90.000 millones de pesetas y el número de beneficiarios de los distintos programas a 1.503.050.

    El apoyo a este tipo de formación se canaliza principalmente a través de la Fundación para la Formación Continua (FORCEM), siendo las medidas más relevantes las siguientes:

    Contratos formativos en los que se reembolsa a las empresas el coste de la formación.

    Planes propios de las empresas (más de 100 trabajadores), en las que éstas diseñan y organizan la formación de sus trabajadores.

    Planes agrupados en los que un determinado número de empresas organiza la formación de sus trabajadores.

    Planes sectoriales, organizados por los agentes sociales, para la formación de personal de distintas empresas del sector.

    Permisos individuales de formación que conlleven una titulación oficial y no más de 200 horas, en este caso se subvenciona totalmente el salario y las cotizaciones del trabajador.

    Cursos de formación realizados por las Administraciones Públicas.

    En los convenios colectivos firmados el 37% incluía cláusulas sobre formación profesional;

    por tipo de formación el 27% suponía planes de formación, el 15% permisos individuales de formación y el 4% ayudas de estudio.

    Plan Nacional de Empleo 1999 Entre las actuaciones para modernizar la organización del trabajo se incide en el desarrollo de conceptos salariales de carácter variable. En este sentido, en los convenios colectivos firmados se observa una mayor presencia, que en años anteriores, de elementos salariales ligados a la productividad, a los resultados empresariales, etc.

    En relación a la duración de la jornada, ésta mantiene una relación inversa con el número de trabajadores de la plantilla. En 1999, el 25% de los convenios colectivos firmados redujeron la jornada laboral, siendo la jornada media 1.765 horas anuales.

    Respecto a fórmulas más flexibles de contratación, es de destacar el incremento del número de contratos registrados de duración indefinida a tiempo parcial, respecto a 1998, del 34,05%.

    En el caso de los contratos efectuados por hombres, el incremento se situó en el 25,62%, en el caso de las mujeres, en el 40,70%. Este incremento es consecuencia de la aplicación desde el uno de enero de las bonificaciones de las cuotas empresariales por contingencias comunes, descritas en el pilar anterior.

    Asimismo, es de destacar la aprobación de la Ley 29/1999, de 16 de julio, que modifica la regulación de las Empresas de Trabajo Temporal, de gran importancia por el papel que estas empresas desempeñan como intermediarios en el mercado laboral.

    PALOMA TOBES PORTILLO 31 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 36 20 Los datos sobre coste y n?mero de alumnos de formaciÛn continua se recogen en los cuadros n?meros 1,4,5 y 6.

    La nueva regulación amplía los requisitos exigidos para la constitución de una empresa de trabajo temporal, otorga una mayor importancia a los representantes de los trabajadores, regula las condiciones de seguridad e higiene en el trabajo y establece la uniformidad de las retribuciones abonadas a los trabajadores cedidos por la empresa temporal con la retribución del puesto de trabajo a desarrollar en el convenio colectivo aplicable a la empresa usuaria.

    Respecto a la formación ocupacional, el número de beneficiarios de acciones de esta naturaleza ha superado en 677.810 a los del año anterior. Dentro de los distintos programas de formación ocupacional se ha incentivado principalmente los Planes Agrupados que dan respuesta a las demandas de formación formuladas por las Pymes. Asimismo, en el ámbito tributario se ha apoyado a las acciones de formación, ampliando el porcentaje de deducción, en el IRPF y en el Impuesto sobre Sociedades, sobre los gastos de formación del personal, del 5% al 10% en el caso de que dicha inversión supere la media de la efectuada en los dos años anteriores.

    Plan Nacional de Empleo 2000 Al igual que ocurrió el año anterior aumentan las cláusulas salariales de carácter variable vinculadas a los resultados de los trabajadores, de secciones empresariales e incluso al resultado global de la empresa.

    Asimismo, se sigue produciendo la reducción de la jornada media laboral pactada en convenios colectivos, que se sitúa en 1.764,17 horas.

    En materia de riesgos laborales, es de destacar que la normativa española es amplia pero de contenidos mínimos. En este ejercicio no ha habido avances importantes en esta materia, aunque sí se han producido dos hechos relevantes en este ámbito. Así, en abril de 1999 se creó la Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales cuya función es apoyar a las Pymes en materia de prevención de riesgos laborales, tanto en asesoramiento como en financiación; en este ejercicio se intensifica su actuación. Por otra parte, continua el desarrollo del Plan de Acción contra la Siniestralidad de octubre de 1998; sin embargo, no se registran progresos en la formación para la prevención de riesgos laborales ni en el asentamiento de esta cultura. De hecho, el número de accidentes registrados en jornada de trabajo ascienden a 1.730.230 21, lo que supone 123.231 accidentes más que los registrados en el ejercicio anterior.

    En cuanto a los contratos registrados, es de destacar la reducción que experimentan los contratos indefinidos a tiempo completo, como se desprende de la información recogida en el cuadro nº 7, y paralelamente el incremento registrado en los realizados a tiempo parcial.

    En relación a la Formación Continua, el 19 de diciembre de 2000 se firma el III Acuerdo Nacional de Formación Continua, vigente hasta el 31 de diciembre de 2004, que sustituye al II Acuerdo Nacional de Formación continua aprobado para el período 1997-2000.

    El planteamiento del nuevo acuerdo supone la inclusión de planes específicos de formación para la Economía Social, la dotación de formación para aquellos trabajadores por los que no existe obligación de cotizar por formación profesional, lograr una mayor adecuación de los trabajadores a la demanda empresarial, intensificar las acciones dirigidas a los colectivos menos favorecidos y prestar una mayor atención a la formación en nuevas tecnologías. En este ejercicio el número de alumnos de formación continua asciende a 2.530.183. Respecto a 1999, supone que se han beneficiado de los programas de este sistema 349.323 alumnos más. El coste de las actuaciones de formación continua ha INFORMES Y ESTUDIOS 32 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 36 21 www.mtas.es./EstadÌsticas/BEL/ATE.

    supuesto 139.426 millones de pesetas, lo que respecto al ejercicio anterior representa un incremento del 17,56%.

    Plan Nacional de Empleo 2001 En relación a la modernización de la organización del trabajo es de destacar, que en este ejercicio se flexibiliza el contrato a tiempo parcial, al eliminar el límite del 77% relativo a la jornada a tiempo completo, de tal forma que la jornada a tiempo parcial queda regulada como aquella inferior a la de tiempo completo de un trabajador comparable, o a la prevista en el convenio colectivo o a la jornada máxima legal.

    Asimismo, se amplía la posibilidad de realización de horas complementarias.

    En materia de seguridad e higiene en el trabajo prosigue el desarrollo de las actuaciones efectuadas en el año 2000, si bien es de destacar como novedad el Plan Marco 2001 que dirige la actuación preventiva de las Mutuas de Accidentes Laborales y Enfermedades Profesionales en el ámbito de las Pymes. Es necesario señalar que el número de accidentes laborales en jornada de trabajo, lejos de descender, aumenta respecto al año anterior en el 5% (enero a septiembre).

    La importancia otorgada al aprendizaje permanente se pone de manifiesto en el incremento previsto del número de alumnos que cursarán programas de formación continua y en el aumento correspondiente en la dotación de recursos. Así, en el año 2001, la previsión de alumnos de formación continua se sitúa en 2.703.107 y el coste asociado en 153.836 millones de pesetas, lo que supone 172.924 alumnos más que en el ejercicio anterior y un incremento presupuestario de 10,41%.

    Pilar IV Reforzar la política de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres Todas las medidas incluidas en este pilar tienen como objetivo intensificar la presencia de las mujeres en el mercado laboral, reduciendo los obstáculos que limitan su incorporación y permanencia en este ámbito.

    Por ello, es necesario destacar que las orientaciones de este pilar se plasman en los otros tres pilares. Por lo que muchas de las medidas aquí comentadas ya lo han sido anteriormente, al efectuar el análisis de los pilares precedentes.

    Plan Nacional de Empleo 1998 La integración de la mujer en el mercado laboral constituye un objetivo prioritario en las acciones de formación ocupacional y en las acciones de orientación. Así, la participación de las mujeres en acciones de formación ocupacional supone el 53,86% y en acciones de orientación el 64,11%.

    Asimismo, se han apoyado las acciones de autoempleo a favor de las mujeres, siendo su participación del 57,99%, y el acceso a programas de formación continua para aquellas trabajadoras en situación de excedencia por cuidados a hijos menores.

    En relación a los incentivos a la contratación de las mujeres, en el caso de la contratación indefinida inicial a tiempo completo, se bonifica el 60% de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes, durante los dos primeros años de contrato, para las mujeres desempleadas de larga duración en aquellas profesiones en las que el colectivo de las mujeres se encuentre subrepresentado.

    Asimismo, la aprobación del Real Decreto- Ley 11/1998, de 4 de septiembre, supone una importante reducción en los costes laborales de la mano de obra femenina, al establecer una bonificación del 100% en las cuotas empresariales de la Seguridad Social, incluidas las de accidente de trabajo y enfermedades profesionales, y en las aportaciones empresariales de las cuotas de recaudación conjunta,

    PALOMA TOBES PORTILLO 33 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 36 para aquellos contratos de interinidad con personas desempleadas que sustituyan a los trabajadores en períodos por descanso de maternidad, adopción y acogimiento.

    A pesar de estos incentivos, el número de contratos registrados de duración indefinida a tiempo completo relativos a las mujeres ascendió en este ejercicio a 277.345, lo que supone que en este tipo de contratos se ha dirigido al colectivo de las mujeres el 33,67%;

    esta baja participación pone de manifiesto la necesidad de seguir incentivando la contratación de la población femenina y adoptando medidas de discriminación positiva dirigidas hacia este colectivo.

    En la conciliación de la vida laboral y familiar se han producido en este ejercicio tímidas actuaciones, entre las que cabe destacar la actuación de los Servicios Sociales y de asistencia domiciliaria a personas mayores y discapacitados. Sin embargo, se advierte un retroceso en la cuantía de las subvenciones otorgadas a la red de guarderías, sin ánimo de lucro, destinadas a niños menores de 6 años, hijos de trabajadores por cuenta ajena que cumplan los requisitos fijados por la Comunidad Autónoma correspondiente.

    Plan Nacional de Empleo 1999 En relación a las acciones de inserción efectuadas en 1999, es de destacar el fuerte incremento que experimentan el número de acciones de orientación dirigidas a las mujeres.

    Si en 1998 éstas ascendían a 258.992, en este ejercicio se cifran en 665.966, lo que supone un aumento del 157%.

    Con el objeto de mejorar la empleabilidad de la mujer, el Programa de Fomento Estable para 1999 incrementa las bonificaciones de las cuotas empresariales por contratos indefinidos iniciales a tiempo completo efectuados a mujeres en 5 puntos respecto a la contratación de los varones.

    Asimismo, se amplían las bonificaciones al ámbito de los contratos indefinidos a tiempo parcial.

    Por otra parte, la aprobación de la Ley 39/1999 22 ha ampliado los supuestos del denominado 'coste cero', al incluir las bonificaciones por contratos de interinidad en el caso de sustitución de trabajadores autónomos, socios trabajadores o socios de trabajo de cooperativas.

    Es de destacar que en este ejercicio los contratos registrados de duración indefinida, efectuados a mujeres, crecen más que los de carácter temporal, con tasas de incremento respectivamente del 35,14% y el 16,85%. Asimismo, el incremento de los contratos indefinidos a tiempo parcial (40,70%) es superior al correspondiente a tiempo completo (35,14%).

    La aprobación de la Ley 39/1999 supone un importante avance en el camino de facilitar la incorporación y permanencia de la mujer en el mercado laboral. Con este sentido, la ley desarrolla las medidas siguientes: flexibiliza el permiso de maternidad, ampliando el tiempo que puede ser utilizado por el padre; en caso de parto múltiple el período de maternidad se amplía dos semanas; se amplían los permisos parentales para el cuidado de otras personas dependientes de la familia; se extiende la reducción de jornada o excedencia por cuidados de familiares.

    Plan Nacional de Empleo 2000 El número de mujeres desempleadas que ha participado en acciones de inserción en el año 2000 asciende a 531.450 y el número de acciones dirigidas a mujeres supone 822.503, lo que representa un promedio de 1,5 acciones por mujer participante.

    INFORMES Y ESTUDIOS 34 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 36 22 De 5 de noviembre, para promover la conciliaciÛn de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras.

    Las acciones de orientación profesional dirigidas a las mujeres, pese a la reducción a la mitad respecto al ejercicio anterior, son las de mayor peso, con un porcentaje del 41,12%, seguidas de las acciones de formación (34,48%) y por último las acciones de empleo (24,38%) En relación a las bonificaciones de los contratos estables a tiempo completo, efectuados a mujeres, el Plan de Empleo Estable para el año 2000, mantiene el incremento de cinco puntos frente a los contratos efectuados a los varones. Asimismo, se elimina la restricción de desempleo de larga duración, para contar con bonificaciones de las cuotas empresariales en el caso de contratos indefinidos a tiempo parcial para mujeres contratadas en profesiones u ocupaciones con menor índice de empleo femenino.

    A pesar de la desaceleración en el crecimiento que experimentan los contratos registrados de carácter estable dirigidos a las mujeres, con una tasa del 2,77% frente al 35,14% del año anterior, esta evolución es más favorable que la observada en el empleo masculino que presenta cifras negativas.

    Dentro de los contratos indefinidos, los contratos registrados a tiempo completo se reducen, respecto al ejercicio anterior, en 3,37%, mientras que los contratos registrados a tiempo parcial aumentan en el 22,35%.

    Plan Nacional de Empleo 2001 Como se ha puesto de manifiesto en el pilar anterior, se intensifican, en el Plan de Fomento del Empleo para 2001, las acciones dirigidas a incentivar la contratación de las mujeres, a través de las bonificaciones en las cuotas empresariales por contingencias comunes a la Seguridad Social.

    Se pone en marcha el Observatorio de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres entre cuyos cometidos se encuentra la evaluación de los resultados de las políticas activas relativas a la presencia de la mujer en el mercado laboral.

    Está previsto en este ejercicio ampliar los programas de atención de niños menores de 3 años y los relativos a personas dependientes.

  10. CONCLUSIONES En la actualidad, el objetivo de la política comunitaria en materia de empleo supone alcanzar el pleno empleo, para ello el diseño de esta política se efectúa en un marco de coordinación con el resto de las políticas macroeconómicas, de forma que sea posible conjugar crecimiento económico, pleno empleo y estabilidad de precios.

    En la consecución del pleno empleo, las políticas activas de empleo juegan un papel fundamental al tratar de adaptar la oferta y demanda de trabajo. Por ello en este trabajo se consideran políticas activas a aquellas medidas que incentiven la inserción o reinserción laboral, supongan o no gasto presupuestario.

    El desarrollo de la política comunitaria de empleo se efectúa a través de las distintas directrices que deben observar los distintos Estados miembros en la elaboración anual de los correspondientes Planes Nacionales de Empleo. Si bien es de destacar que todas ellas son importantes, en mi opinión y en el caso español cobran una especial relevancia los aspectos siguientes:

    Es necesario proseguir en el desarrollo de aquellas medidas de reforma del mercado laboral que conlleven la modernización de la organización del trabajo y supongan la presencia de fórmulas contractuales dotadas de mayor flexibilidad, estabilidad y menores costes no laborales.

    Intensificar los esfuerzos en la extensión de la formación profesional se debería con- PALOMA TOBES PORTILLO 35 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 36 vertir en un objetivo prioritario, como fórmula para combatir el desempleo y adaptar las cualificaciones profesionales al desarrollo empresarial.

    Si bien, es de destacar la importante actuación que se ha producido, en los últimos años, al objeto de facilitar el acceso y mantenimiento de las mujeres en el mercado laboral, la tasa de desempleo femenino en España sigue manteniendo un fuerte diferencial con la media de la Unión Europea, por ello es necesario seguir incidiendo en aquellas medidas que potencien el aumento de la tasa de actividad y el empleo de las mujeres.

    INFORMES Y ESTUDIOS 36 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 36 PALOMA TOBES PORTILLO 37 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 36 ANEXO DE CUADROS INFORMES Y ESTUDIOS 38 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 36 PALOMA TOBES PORTILLO 39 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 36 INFORMES Y ESTUDIOS 40 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 36 PALOMA TOBES PORTILLO 41 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 36 INFORMES Y ESTUDIOS 42 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 36 BIBLIOGRAFIA COMISION EUROPEA (1993): 'Libro blanco de la Comisión Europea sobre Crecimiento, Competitividad,

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    El primer epígrafe se centra en el concepto de política de empleo, poniendo de manifiesto que éstas medidas no se traducen inequívocamente en mayor gasto público.

    A continuación se aborda el estudio de la evolución de la política de empleo comunitaria desde su origen, destacando la progresiva ampliación del objetivo final desde conseguir un alto nivel de empleo, hasta alcanzar el pleno empleo.

    Por último, se realiza un análisis del desarrollo de los Planes Nacionales de Acción para el Empleo del Reino de España.1. CONCEPTO DE POLÍTICAS ACTIVAS

    El concepto de políticas activas no es nuevo en el tiempo, ya en la década de los sesenta se estudiaban los efectos de las 'medidas activas' sobre el mercado de trabajo.

    Desde entonces, las políticas activas de empleo han ido evolucionando y es a partir de mediados de la década de los noventa cuando las políticas activas cobran una especial relevancia en la lucha contra el desempleo, al ponerse de manifiesto que el método más eficaz de reducir el desempleo es el fomento del empleo.

    Es de destacar que las políticas activas no sustituyen a las políticas pasivas, ni son antagónicas, si bien es cierto que ante una tendencia favorable de las tasas de desempleo, se debe realizar un trasvase de recursos presupuestarios desde las políticas pasivas hacia las políticas activas generadoras de empleo.

    Estos dos tipos de políticas son complementarias y, es más, deben estar integradas, de tal forma que toda política pasiva debe contener elementos que incentiven a la reinserción laboral y evitar así la relación perniciosa que pueda existir entre la cobertura del desempleo y la prolongación de la situación de inactividad laboral.

    Al realizar un estudio sobre políticas activas de empleo, la primera cuestión a abordar es la delimitación de su concepto. En mi opinión, una política activa de empleo es toda medida cuyo objetivo sea la inserción o reinserción laboral, y no se traduzca en un gasto de garantía de rentas, suponga o no gasto presupuestario.

    Dentro de las políticas activas de empleo podemos diferenciar inicialmente entre políticas de demanda y políticas de oferta. Las políticas de demanda suponen una discriminación positiva que incentivan la contratación, a través de subvenciones o incentivos fiscales a las empresas, de los grupos con mayores dificultades de integración en el mercado laboral, tal es el caso de las mujeres, minusválidos, jóvenes y desempleados de larga duración.

    Las políticas de oferta tienen como objetivo prioritario adecuar las cualificaciones del factor trabajo a las necesidades empresariales, de tal forma que la formación profesional inicial, ocupacional y continua se convierten en políticas indispensables dentro de este marco.

    15 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 36 Profesora Titular de Hacienda P?blica de la Universidad AutÛnoma de Madrid.

    El desarrollo de las políticas activas en España: Un análisis de los planes de acción para el empleo PALOMA TOBES PORTILLO Frente a ésta u otras clasificaciones de carácter teórico, la OCDE 1 divide las políticas activas en cinco categorías:

    Administración y servicios públicos de empleo.

    Formación Profesional Medidas a favor de los jóvenes Medidas de ayuda al empleo Medidas a favor de minusválidos Esta clasificación, de carácter presupuestario, adolece de cierta flexibilidad, de tal forma que aquellas políticas activas que no generen gasto presupuestario no estarían integradas en la misma.

    En los países de la Unión Europea las políticas activas vienen determinadas por las directrices marcadas para la elaboración de los Planes Nacionales de Empleo, así en España 2 se dividen las políticas activas en los seis grandes grupos que brevemente enunciamos a continuación:

  11. Medidas a favor de la formación, el reciclaje y la movilidad profesional, en este grupo se integra la formación profesional inicial, ocupacional y continua.

  12. Medidas para el mantenimiento del empleo que recoge distintas políticas y ayudas destinadas a la realización de la reconversión industrial, reestructuración de empresas y mantenimiento del empleo.

  13. Medidas a favor de la creación de empleo que agrupa las medidas contractuales sin incentivo económico, de fomento de empleo con incentivo económico, los programas de fomento del empleo del sector público y los programas de apoyo a las iniciativas empresariales y a la creación de empleo.

  14. Medidas a favor de categorías específicas de trabajadores que recoge aquellas políticas horizontales destinadas a la inserción o reinserción laboral de los grupos con mayor dificultad de acceso o integración en el mercado laboral.

  15. Medidas de reparto del empleo que se instrumentan a través de los contratos a tiempo parcial estable, los contratos de sustitución y los de relevo.

  16. Medidas de intermediación en el mercado de trabajo, información, orientación y colocación.

  17. EL DESARROLLO DE LAS POLÍTICAS ACTIVAS EN EL MARCO DE LA UNIÓN EUROPEA

    El punto de partida de la política de fomento del empleo en el marco de la Unión europea se puede situar en 1993, con la elaboración del Libro blanco de la Comisión sobre Crecimiento, Competitividad y empleo.

    Este informe identificaba como causas del desempleo en los países de la Unión: el bajo crecimiento económico, la intensidad de trabajo en sectores económicos tradicionales en detrimento de sectores con futuro, el elevado coste, en términos relativos, de la mano de obra poco cualificada y la permanencia de un sistema de empleo envejecido.

    En diciembre de 1994 se celebra la Cumbre de Essen en la que se proponen una serie de orientaciones, a seguir por los países de la Unión, con el objetivo de crear empleo.

    Estas líneas de actuación, con base en el Libro blanco sobre Crecimiento, Competitividad y Empleo, suponían la intensificación de la formación profesional y continua; alcanzar una mayor flexibilidad en el tiempo de trabajo, compatible con la moderación salarial; reducir costes laborales no salariales; aumentar los recursos dirigidos hacia las políticas activas e incentivar el empleo de aquellos colectivos con mayores dificultades para acceder al mercado laboral.

    La aprobación del Tratado de Amsterdam, en 1997, supuso un importante avance en el desarrollo de la política de empleo comunitaria, al incorporar al Tratado de la Unión un Título sobre el Empleo 3 , paralelo al Título de Política Social.

    Sin embargo, en el Tratado de Amsterdam aún no se propone una política comunitaria, en materia de empleo, paralela al resto de las políticas comunitarias, si bien se establece que el Consejo y la Comisión, tras la consulta a los distintos Comités, elaboren un informe sobre la evolución del empleo comunitario y establezcan unas orientaciones sobre el desarrollo de la política de empleo, con el fin de conseguir que el crecimiento económico fuera acompañado de un alto nivel de empleo.

    Por tanto, desde la Cumbre de Essen de 1994 al Tratado de Amsterdam de 1997 se puede apreciar una importante ampliación en el objetivo a conseguir. Si en la Cumbre de Essen éste era la creación de empleo, en el Tratado el objetivo pasa a ser conseguir un alto nivel de empleo.

    Las orientaciones en materia de empleo, recogidas en el Tratado de Amsterdam, no suponían un aumento del gasto público, sino una reestructuración del mismo, centrado en la modificación del sistema de prestaciones y de los regímenes fiscales y en la sustitución de políticas pasivas por políticas activas de empleo.

    Estas orientaciones se centraban en cuatro grandes áreas, que a corto plazo pasarían a tener el carácter de pilares, y sobre éstas se enmarcaban las distintas líneas de actuación en materia de política de empleo, que a corto plazo tendrían el carácter de directrices.

    Estas grandes áreas eran:

    Empleabillidad Espíritu empresarial Adaptabilidad Igualdad de oportunidades El Consejo Europeo extraordinario de Luxemburgo sobre el empleo, celebrado los días 20 y 21 de noviembre de 1997, desarrolló el Título sobre el Empleo fijado por el Tratado de Amsterdam y dio el impulso final al proceso de coordinación de las políticas de empleo en el marco de la Unión, al establecer una única política comunitaria en materia de empleo.

    Esta política comunitaria se basa en los cuatro pilares siguientes, ya definidos anteriormente en el Tratado de Amsterdam: Pilar I, Mejorar la capacidad de inserción profesional;

    Pilar II, Desarrollar el espíritu de empresa; Pilar III, Fomentar la capacidad de adaptación de los trabajadores y las empresas;

    Pilar IV, Reforzar la política de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.

    Sobre estos pilares se incardinan las distintas directrices que deben seguir los Estados miembros en la elaboración anual de los Planes Nacionales de Empleo.

    Estas directrices deben respetar el principio de subsidariedad, las competencias de los Estados miembros y han de estar integradas en las orientaciones de política económica.

    A partir de este momento, se aprueban anualmente las directrices que deben seguir los Estados miembros en la elaboración de los Planes Nacionales de Empleo.

    Así, las directrices correspondientes a 1998 suponen:

    PALOMA TOBES PORTILLO 17 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 36 3 TÌtulo VI bis (arts.109N/109S).

    Respecto al Pilar I 'Mejorar la capacidad de inserción profesional', se insta a los Estados miembros, con el fin de combatir el desempleo juvenil y prevenir el desempleo de larga duración, a que incrementen sus políticas activas de formación. Asimismo, se subraya la importancia del papel de los interlocutores sociales en la adopción de acuerdos que faciliten la capacidad de inserción profesional.

    Se incluyen, también dentro de este pilar, distintas medidas dirigidas a facilitar la transición de la escuela a la vida laboral.

    En el Pilar II 'Desarrollar el espíritu de empresa', se pone de manifiesto la necesidad de simplificar la reglamentación administrativa, promover incentivos fiscales y de Seguridad Social y reducir las cargas financieras que afectan a las pequeñas y medianas empresas, con el objeto de fomentar la creación de empresas, la contratación y el trabajo autónomo.

    El Pilar III 'Fomentar la capacidad de adaptación de trabajadores y empresas' recoge toda una serie de políticas que tienen como objetivo conseguir una mayor flexibilidad del mercado laboral, a través de la regulación de distintos tipos de contratos que garanticen una seguridad suficiente a los trabajadores y el fomento de la formación permanente dentro del ámbito empresarial.

    Por último, respecto al Pilar IV 'Reforzar la política de igualdad de oportunidades' las medidas se centran en combatir la discriminación entre hombres y mujeres, acercando las tasas de empleo de ambos sexos, y conseguir la conciliación de la vida laboral y familiar.

    Asimismo, se pone de manifiesto la necesidad de prestar especial atención a las dificultades con las que se enfrentan las personas con minusvalías para acceder al mercado laboral.

    Los logros que había supuesto el establecimiento, por vez primera, de una política comunitaria común en materia de empleo se pusieron de manifiesto en el Consejo de Cardiff, celebrado en junio de 1998, y se advirtió la importancia de contar con indicadores y estadísticas precisas y homogéneas que permitieran evaluar los resultados de los Planes de Empleo y la realización de estudios comparados fiables en esta materia entre los distintos Estados miembros.

    El Consejo Europeo de Viena, celebrado en diciembre de 1998, tuvo una gran importancia en la política de empleo comunitaria ya que las líneas de actuación que surgieron se mantendrán en los años siguientes. En esta Cumbre, podemos decir que se inicia una nueva orientación en la política comunitaria de empleo, al determinar la importancia de que esta política se encuentre incardinada dentro de un enfoque macroeconómico que persiga el crecimiento económico y la estabilidad.

    Asimismo, se proponen las bases de las directrices para la elaboración de los Planes de Empleo correspondientes a 1999. En este sentido, se recomienda a los Estados miembros que presten especial atención a los siguientes aspectos:

    - Lograr progresos tangibles en el fomento de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.

    - Intensificar el proceso de formación permanente.

    - Aprovechar el potencial del sector servicios como marco de creación de empleo y, en particular, la tecnología de la información y el sector del medio ambiente.

    - Crear el clima adecuado para que las pequeñas y medianas empresas puedan prosperar.

    - Revisar el sistema fiscal y de prestaciones con el fin de incentivar la creación de nuevos puestos de trabajo y la incorporación de desempleados al mercado laboral.

    INFORMES Y ESTUDIOS 18 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 36 - Favorecer la permanencia de los trabajadores de mayor edad dentro de la población activa.

    - Promover la inserción laboral y la igualdad de oportunidades de los grupos menos favorecidos.

    Estas recomendaciones se plasmaron en obligación al integrarse en las directrices a seguir en la elaboración de los Planes Nacionales de Empleo correspondientes al año 1999.

    Respecto al ejercicio anterior, en 1999 se recogen tres nuevas directrices. Así, en el Pilar I 'Mejorar la capacidad de inserción profesional ' se incluyen las directrices nº 4 y nº 9;

    la primera propone la revisión y reestructuración del sistema de prestaciones y de fiscalidad;

    la segunda pone de manifiesto la necesidad de adoptar distintas medidas que faciliten la integración de los grupos menos favorecidos en el mercado laboral.

    En el Pilar II 'Desarrollar el espíritu de empresa' se incluye como nueva directriz la número 13, que supone el aprovechamiento del sector servicios como 'nido' de empleo y, en particular, el sector medioambiental y la sociedad de la información.

    El Consejo Europeo de Colonia sobre el Pacto Europeo para el Empleo, celebrado en junio de 1999, refuerza las conclusiones del Consejo de Viena.

    Así, se establece como prioridad absoluta garantizar un elevado nivel de empleo; en segundo lugar, se reafirma el compromiso de proseguir con la estrategia coordinada en materia de empleo y profundizar en las reformas económicas e, igualmente, se insta a efectuar una consideración integral de la política monetaria, fiscal y la evolución de los salarios, con el fin de conseguir un fuerte crecimiento del empleo compatible con la estabilidad de precios.

    En las conclusiones de la Presidencia del Consejo Europeo de Helsinki, de noviembre de 1999, se mantiene la línea de los Consejos anteriores y con carácter concreto se incide nuevamente en la necesidad de que los países miembros, al efectuar reformas en el mercado de trabajo, prestan especial atención a los sistemas fiscales y de prestaciones, a las posibilidades de empleo en el sector servicios, a la organización del trabajo, intensifiquen la formación continua y fomenten la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.

    Sobre estas conclusiones, el 13 de marzo de 2000, se aprueban las directrices para la elaboración de los correspondientes Planes Nacionales de Empleo. Si bien, respecto al ejercicio anterior no se incluyen nuevas directrices, sí se efectúa una serie de aclaraciones incidiendo en los aspectos siguientes:

    avanzar en la modernización de los servicios públicos de empleo, facilitar el acceso a la sociedad de la información y apoyar las acciones locales de empleo. Por último, la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres pasa a tener un enfoque horizontal, de forma que esté presente en todos los pilares de actuación.

    Hasta el momento, la política comunitaria de empleo tenía como objetivo garantizar un alto nivel de empleo; a partir del Consejo Europeo celebrado en Lisboa el 23 y 24 de marzo se realiza un salto cualitativo muy importante, ya que el objetivo pasa a ser el pleno empleo.

    En las conclusiones de la presidencia se recoge la importancia de aumentar la participación de mujeres y trabajadores de mayor edad en el mercado laboral; prestar mayor atención a las cualificaciones y el aprovechamiento del potencial de crecimiento de empleo en el sector de la tecnología de la información.

    La conclusión nº 34 del Consejo Europeo de Santa Maria da Feira, de junio de 2000, refuerza el desarrollo de las políticas activas con el objetivo de alcanzar el pleno empleo.

    PALOMA TOBES PORTILLO 19 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 36 En este sentido, se destaca la importancia de los interlocutores sociales en aquellas políticas que de ellos dependan, la necesidad de seguir avanzando en la formación permanente y en incentivar el empleo femenino.

    El Consejo Europeo de Niza, celebrado en diciembre de 2000, mantiene las líneas trazadas en el Consejo anterior, si bien enfatiza sobre los efectos de la política de empleo, sobre la calidad de éste y establece como cuestión prioritaria la conciliación de la vida laboral y familiar.

    Las recomendaciones de estos dos Consejos fueron la base de las directrices para la elaboración de los Planes Nacionales de Empleo correspondientes al año 2001, en las que se observa la ampliación de las medidas a adoptar bajo cada directriz y un mayor número de planteamientos horizontales comunes a todos los pilares. Así, los Estados miembros deben aumentar la calidad del empleo, desarrollar políticas globales de educación y formación permanente y seguir avanzando en el proceso de igualdad de oportunidades laborales entre hombres y mujeres.

    Con el fin de conseguir el pleno empleo, en las conclusiones de la Presidencia del Consejo Europeo de Estocolmo, de marzo del 2001, se insta al Consejo y a la Comisión a informar de aquellas medidas que puedan adoptarse a fin de conseguir incrementar la población activa y prolongar el período de vida laboral.

    En el Consejo Europeo de Barcelona, celebrado los días 15 y 16 de marzo de 2002, se marcan como líneas de actuación a seguir, a fin de conseguir el aumento progresivo de la tasa de participación laboral, el desarrollo de medidas que incentiven al envejecimiento activo, la movilidad de los trabajadores en los nuevos mercados de trabajo, la mejora de la calidad del trabajo, intensificar los esfuerzos en los sistemas de formación y su seguimiento, la reforma de la prestación por desempleo y el aumento de recursos dirigidos a la conciliación de la vida laboral y familiar.

    De todo lo expuesto en este epígrafe podemos concluir que actualmente la política comunitaria de empleo tiene como objetivo el pleno empleo y se encuentra inmersa dentro de un planteamiento macroeconómico que persigue el crecimiento económico con estabilidad de precios. En un enfoque más concreto, esta política como hemos visto se desarrolla bajo los cuatro pilares descritos, sin embargo éstos no son compartimentos estancos de forma que estamos asistiendo a una ampliación de enfoques horizontales comunes a todos los pilares y ello supone que las políticas activas de demanda están impregnando el marco de las políticas activas de oferta.

  18. EL DESARROLLO DE LOS PLANES NACIONALES PARA EL EMPLEO EN ESPAÑA A partir de 1998 España, al igual que el resto de los países de la Unión, se encuentra obligada a presentar anualmente un Plan de Acción para el Empleo, siguiendo las directrices europeas en materia de política de empleo.

    Desde entonces las políticas activas de empleo, en España, han registrado un importante avance; sin embargo, como ponen de manifiesto las distintas recomendaciones del Consejo, es necesario intensificar los esfuerzos en distintas áreas de actuación. Por ello, en este epígrafe se analiza el desarrollo de las políticas activas en España a través del análisis de los distintos planes de empleo presentados.

    Pilar I Mejorar la capacidad de inserción profesional Las distintas directrices incluidas en este pilar tienen como objetivo mejorar la empleabilidad de los trabajadores y prevenir el desempleo de larga duración.

    Plan Nacional de Empleo 1998 Con el fin de combatir el desempleo juvenil y prevenir el paro de larga duración (di- INFORMES Y ESTUDIOS 20 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 36 rectrices 1 y 2) en el año 1998, con una tasa de desempleo del 18,8%, se efectuaron 4 1.316.532 acciones de inserción, en las que participaron 1.285.330 personas, existiendo una relación de 1,02 acción/beneficiario. Esta relación pone de manifiesto que un demandante puede ser beneficiario de más de una acción de inserción, ya que ello depende del itinerario seguido. La relación entre demandante de empleo no ocupado 5 y beneficiario de acciones de inserción se situó en el 49,24%, es decir más de la mitad de los demandantes de empleo no participó en ninguna acción de inserción.

    En estas acciones la participación de las mujeres (53%) supera a la de los hombres en siete puntos porcentuales, en consonancia con su mayor tasa de desempleo, y la de los adultos de corta duración, a la de los jóvenes y desempleados de larga duración, como se desprende de la información recogida en los cuadros nº 2 y nº 3.

    Las acciones de formación fueron casi el doble que las acciones de empleo y dentro de las acciones de formación el grueso lo constituyen las acciones de formación ocupacional, que recogen los cursos de formación para desempleados.

    Es de destacar que en la formación ocupacional la participación de las mujeres es muy superior a la de los hombres, mientras que en el caso de las acciones de formación-empleo, en las que se combinan estas dos actividades, la participación de los hombres dobla a la de las mujeres.

    Las acciones en el marco de iniciativas locales para el empleo recogen las contrataciones con carácter indefinido dentro de los programas de apoyo a las empresas de carácter local. Si bien en este caso el número de acciones, en términos relativos, es escaso, la participación de las mujeres supera a la de los hombres.

    Igual ocurre con las personas beneficiadas de forma económica o con asesoramiento para facilitar el autoempleo, lo que parece indicar, en este ejercicio, un mayor interés por parte de las mujeres desempleadas en el autoempleo, frente al trabajo por cuenta ajena.

    Las acciones de empleo para discapacitados engloba los contratos subvencionados, para desempleados físicos o psíquicos, con una duración superior a 12 meses; en 1998 el número de acciones de este carácter ascendieron a 22.222.

    El empleo de interés social representa la contratación de desempleados para efectuar actividades de utilidad colectiva.

    Las acciones de orientación, que constituyen el segundo grupo del total de las acciones de inserción, suponen 402.838, incluyendo en este número sólo aquellas que tienen carácter individual y más de una jornada de duración.

    Las acciones relativas a promoción reflejan, la contratación, como promotores de empleo, de desempleados.

    El coste de las acciones de inserción en 1998 asciende a 274.733 millones de pesetas, de las cuales el 85% corrió a cargo de la Administración General del Estado y el 15% restante a cargo de las Comunidades Autónomas, siendo el coste medio de las acciones de inserción de 208.679 pesetas.

    Del coste total de las acciones la mayor cuantía corresponde a las acciones de formación, que representa el 63,47% del coste total.

    El coste de las acciones de empleo supone el 33,11%, orientación el 1,84% y promoción el 1,56%.

    La sustitución de medidas pasivas por medidas activas está presente en todos los PALOMA TOBES PORTILLO 21 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 36 4 InformaciÛn recogida en el cuadro nº 1.

    5 Personas inscritas en los Servicios P?blicos de Empleo, no ocupados y disponibles para trabajar.

    pilares del Plan, y de forma explícita en el Pilar I ( directriz 3). Así se intenta que las acciones de inserción de formación, apoyo al empleo y orientación se traduzcan en una mayor tasa de empleo de los colectivos con mayores dificultades de integración en el mercado de trabajo y de ello se derive un menor gasto en desempleo, sin reducir su protección.

    Además de las acciones de inserción, descritas anteriormente, se realiza una entrevista profesional al demandante de empleo no ocupado con el fin de diseñar de forma individual el itinerario de inserción a seguir.

    El desarrollo de la Formación permanente constituye un elemento esencial para adecuar la cualificación de los trabajadores al desarrollo empresarial; con este objetivo se aprobó en marzo el Programa Nacional de Formación Profesional 1998-2001 con la participación de los interlocutores sociales y las Comunidades Autónomas.

    La finalidad de este programa supone la vertebración de la formación profesional integrada por la formación profesional inicial o reglada, la ocupacional para desempleados y la continua para trabajadores en activo.

    La formación continua 6 es la que mayor número de alumnos registra, con un total de 1.503.050, seguida de la ocupacional y la reglada.

    Sin embargo, el mayor coste corresponde a la formación profesional inicial, con unos recursos de 236.295 millones de pesetas.

    Asimismo, se presta especial atención a la eficacia de los sistemas escolares, facilitando, a través de los Programas de Garantía Social, una segunda oportunidad a aquellos jóvenes, con edades comprendidas entre 16 años y 21 o entre 18 años y 25, que abandonaron prematuramente la escuela y no han obtenido una cualificación profesional necesaria para acceder al mercado laboral. Estos programas cuentan con una buena acogida por parte de los jóvenes, de ahí el incremento que se viene observando anualmente en el número de alumnos matriculados.

    El desarrollo del sistema de aprendizaje se efectúa a través de los contratos de formación, en los que se reembolsa a las empresas el coste de la formación; en este ejercicio se efectuaron 242.341 nuevos contratos, de los cuales 47.803 se transformaron en indefinidos.

    Plan Nacional de Empleo 1999 En 1999, se efectuaron 1.825.851 acciones de inserción , lo que supone un aumento, respecto al año anterior, de 509.319 acciones. El número de beneficiarios de las acciones, sin embargo, descendió, situándose en 1.074.207, destacando en esta reducción el recorte en la participación de los jóvenes, que se cifra en 108.922 personas.

    El ratio acción/beneficiario se sitúa en 1,6, lo que supone un aumento respecto a 1.998 de 0,58. Sin embargo, la relación entre demandantes de empleo no ocupados y beneficiarios de acciones de inserción descendió hasta el 43,15%, seis puntos porcentuales por debajo del año anterior.

    La tasa de desempleo en 1999 se sitúa en el 15,9%, casi tres puntos por debajo del año anterior; el número de demandantes de empleo no ocupados, en consonancia con la evolución favorable del desempleo, también descendió, hasta situarse en 2.489.406. El número de beneficiarios de las acciones también se vio reducido y es en este hecho donde estriba la crítica, ya que al menos se debería haber mantenido la proporción entre beneficiarios y demandantes del ejercicio anterior.

    La participación, más activa, de las mujeres en las acciones de inserción se establece INFORMES Y ESTUDIOS 22 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 36 6 Las cifras sobre alumnos y costes se recogen en los cuadros nº 5 y nº 6.

    en el 59,57%, casi siete puntos porcentuales por encima de la participación registrada en el ejercicio anterior.

    Respecto al coste de las acciones, éste aumentó en relación al ejercicio anterior, debido únicamente al mayor número de actuaciones efectuadas, ya que el coste medio de la acción desciende en 1999, respecto al año anterior, en torno a 17 puntos porcentuales.

    Si bien se observa un incremento en las acciones de inserción efectuadas en este ejercicio, consideradas de forma global, en algunas de ellas, sin embargo, se produjo un retroceso.

    Así, el número de acciones de formación y de acciones de empleo se redujeron y por el contrario las acciones de orientación experimentaron un crecimiento notable, debido al desarrollo de un Programa de tutoría individualizada, de forma que a cada demandante se le asignó un tutor especializado en orientación profesional.

    Dentro de las acciones de formación, se reduce el número de acciones de formación ocupacional, y se incrementan paralelamente las acciones dirigidas a formación empleo.

    En este caso hay que tener en cuenta que ha existido un trasvase de beneficiarios de formación ocupacional hacia los programas de escuelas taller, casas de oficios y talleres de empleo 7, que constituyen acciones de formación empleo.

    En relación a las acciones de empleo, es de destacar el importante avance que experimentaron las actuaciones dirigidas al autoempleo, que aumentan en 5.188, dando un vuelco la participación de hombres y mujeres, respecto al año anterior. Prueba de ello es que si en 1998 la participación de los hombres en estas actuaciones suponía el 42% y la relativa a las mujeres se situaba en el 58%, en 1999, sin embargo, la participación de los hombres crece hasta el 51% y la de las mujeres se reduce hasta el 49%.

    Asimismo, dentro de este marco de actuación aumentaron las acciones dirigidas a promover el empleo de minusválidos en torno a 6.000. Estas actuaciones y las que se desarrollan bajo la directriz nueve cuentan con una importante colaboración de la Confederación Española de Representantes de Minusválidos y de otras organizaciones, como la Organización Nacional de Ciegos.

    Por otra parte, con el objeto de promover un mercado de trabajo abierto a todos, se establecieron en 1999 medidas alternativas para el cumplimiento de la cuota de reserva a favor de trabajadores discapacitados en empresas de 50 trabajadores o más.

    Además de las medidas descritas, para el cumplimiento de las tres primeras directrices, se puso en marcha un Plan de Choque en 100 municipios con planes de inserción destinados a colectivos específicos de desempleados.

    En relación a la formación permanente se aprueba la creación del Instituto Nacional de Cualificaciones 8, cuyos objetivos son la promoción de las distintas ramas de formación profesional, la aprobación de nuevos certificados de profesionalidad y la extensión de prácticas de formación.

    En el caso de la formación ocupacional, se concede prioridad a aquellos planes de empresas que integren a mujeres, trabajadores mayores de 45 años o no cualificados; es de destacar que en este ejercicio se redujo el número de alumnos de esta rama, respecto al ejercicio anterior, en 86.127. A través de la PALOMA TOBES PORTILLO 23 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 36 7 El programa talleres de empleo se regula en el Real Decreto 282/1999, de 22 de febrero. Es un programa para mayores de 25 aÒos que combina la formaciÛn y la pr·ctica laboral en obras o servicios de utilidad p?blica.

    8 El Instituto Nacional de Cualificaciones se aprueba por Real Decreto 375/1999, de 5 de marzo.

    formación ocupacional se han integrado acciones de formación en nuevas tecnologías.

    Así, los alumnos que se formaron específicamente en nuevas tecnologías ascienden, en este ejercicio, a 80.963.

    Plan Nacional de Empleo 2000 En el año 2000 el número de acciones de inserción realizadas ascendieron a 1.427.550, lo que supone una reducción respecto al ejercicio anterior; el número de beneficiarios también se recorta, pasando a 929.820 desempleados;

    la relación acción/beneficiario se sitúa en 1,53 frente al 1,6 del ejercicio precedente.

    La tasa de paro, en este ejercicio, se situa en el 14,1%, ascendiendo los demandantes de empleo no ocupados a 2.189.409, existiendo una relación entre beneficiarios y demandantes de empleo del 42%; en esta relación desde 1998 se observa una caída progresiva.

    La participación de las mujeres en las acciones de inserción desciende en dos puntos porcentuales, respecto al ejercicio anterior, situándose en el 57,61%, lo que supone el laxo cumplimiento de garantizar la igualdad de oportunidades como política horizontal, integrada en todos los pilares.

    El coste de las acciones se ha cifrado en 383.777 millones pts., registrando un fuerte incremento respecto al año anterior, debido al aumento del coste medio de la acción en torno a 100.000 pts. La participación en la financiación de las acciones se mantuvo en términos semejantes a la de años anteriores, correspondiendo el 85% a la Administración General del Estado y el 15% restante a las Comunidades Autónomas.

    El mayor número de actuaciones se realizó en el ámbito de la formación ocupacional, el empleo de interés social y la orientación, si bien en este último caso el número de actuaciones respecto a 1999 se ha reducido a la mitad.

    Con el objetivo de mejorar la capacidad de inserción profesional se procedió en este ejercicio a la aprobación de la Renta Activa de Inserción 9. Este programa combina políticas activas de empleo con medidas de protección al desempleo, se dirige a los desempleados de larga duración, en situación de necesidad, mayores de 45 años y supone la percepción de una renta económica y la realización de un itinerario de inserción laboral, a partir de un compromiso de actividad con tutorías individualizadas, mediante la incorporación a programas de empleo y/o formación.

    La alfabetización informática ha supuesto que el número de alumnos formados en nuevas tecnologías se incremente hasta 121.445, lo que supone un crecimiento respecto al ejercicio anterior del 50%. En cumplimiento de esta directriz el 80% de las escuelas de educación primaria y el 94% de las de educación secundaria están conectadas a Internet y se ha apostado por una política de inversión en ordenadores personales, en las escuelas e institutos, con el fin de reducir la relación alumnos/ordenador.

    La integración social mediante el empleo de los colectivos más desfavorecidos se ha desarrollado a través de la contratación de 16.000 trabajadores discapacitados. Asimismo, la ONCE ha iniciado el desarrollo de un plan de formación y empleo cuyo fin es la formación de 40.000 personas con discapacidad y la creación de 20.000 puestos de trabajo hasta el año 2008.

    Con el objeto de promover un mercado de trabajo abierto a todos y evitar la exclusión social, se inició un programa de apoyo a trabajadores extranjeros, lo que unido a la aprobación de la Ley Orgánica 4/2000, que inicia INFORMES Y ESTUDIOS 24 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 36 9 Regulada por el Real Decreto 236/2000, de 18 de febrero.

    el proceso de regularización de los trabajadores inmigrantes residentes en España, ha dado lugar a un importante incremento de los trabajadores extranjeros afiliados al Sistema de Seguridad Social.

    En este ejercicio se inició el proceso de modernización de los Servicios Públicos de Empleo y el desarrollo del proyecto SISPE10, que garantice la coordinación entre los diferentes servicios públicos de empleo y facilite a los desempleados el acceso a estos servicios.

    Plan Nacional de Empleo 2001 La previsión que en este ejercicio se efectúa, tanto en relación al número de acciones de inserción a realizar, como en relación a sus beneficiarios, supone un incremento respecto al ejercicio anterior. El número previsto de acciones de inserción se establece en 1.516.710 y el número de beneficiarios en 1.085.964, lo que supone una ratio acción/beneficiario de 1,39, inferior a la establecida en los dos ejercicios precedentes.

    Es de destacar que el 48% de los beneficiarios de acciones de inserción responde a las características de desempleado adulto, mayor de 25 años, con tiempo de desempleo de corta duración, menor de 12 meses.

    El coste de las acciones de inserción previstas se establece en 426.289 millones de pesetas, lo que supone un incremento respecto al ejercicio anterior del 11,07%, debido al aumento en el número de acciones y al incremento previsto en el coste medio de la acción del 4,5%.

    En cuanto al reparto presupuestario entre el INEM y las Comunidades Autónomas, en el coste de las acciones de inserción, es de destacar el aumento de la participación de las Comunidades Autónomas en cuatro puntos porcentuales, consecuencia de la ampliación de las actuaciones propias de cada Comunidad.

    El núcleo de las acciones de inserción lo siguen constituyendo las acciones de orientación, formación ocupacional y empleo de interés social; en definitiva, aquellas acciones estrechamente ligadas a la mejora de la capacidad profesional. En este sentido, es de destacar la prórroga para este ejercicio del programa de renta activa de inserción 11 y la ampliación de los posibles beneficiarios, al integrar a los desempleados de larga duración que, cumpliendo los requisitos generales, no hayan percibido ninguna prestación o subsidio de desempleo.

    Asimismo, en este ejercicio se introduce el desarrollo de un plan dirigido a los parados con más de dos años ininterrumpidos en situación de desempleo, en el que se establece un itinerario de inserción específico con arreglo a las características personales y profesionales del desempleado.

    En cuanto a la modernización de los servicios públicos de empleo se sigue avanzando en este proceso, destacando el apoyo a la inversión en infraestructuras dirigido hacia aquellas Comunidades Autónomas a las que les ha sido transferida la gestión en materia de políticas activas.

    En este ejercicio, la necesidad de prolongar la vida activa (directriz nº3) cobra una especial relevancia, tras el Acuerdo firmado el 9 de abril por el Gobierno, las Organizaciones Empresariales y el Sindicato Comisiones Obreras; prueba de ello es que se facilita el cobro de la pensión de jubilación paralelo al desarrollo de actividades laborales; se establecen bonificaciones en las cuotas empresariales a la Seguridad Social por la celebración de contratos indefinidos de personas mayores de 45 años; se mantiene la edad mí- PALOMA TOBES PORTILLO 25 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 36 10 Sistema integrado de informaciÛn de los servicios p?blicos de empleo. 11 Real Decreto 781/2001, de 6 de julio.

    nima de jubilación en los 65 años y se elimina la edad límite para trabajar 12.

    Asimismo, es de destacar la ampliación de los planes de formación continua que se contempla en el III Acuerdo sobre Formación Profesional Continua de 19 de diciembre de 2000. En este sentido, se recogen planes de formación para la economía social, y la formación de trabajadores no cotizantes por la contingencia de formación profesional, como es el caso de los autónomos o los incluidos en el régimen especial agrario.

    Con el objeto de favorecer la integración laboral de los discapacitados se prevé la realización de un programa de fomento de empleo para este colectivo que cuente con bonificaciones en las cuotas empresariales, así como un tratamiento fiscal favorable para aquellos discapacitados que pierdan el empleo y se conviertan en autónomos. Al igual que en los ejercicios anteriores, se pretende impulsar la cuota de reserva del 2% en empresas de más de 50 trabajadores o la adopción de medidas alternativas.

    En cuanto a la integración laboral de los inmigrantes ésta se está desarrollando principalmente a través de los contratos formativos.

    Pilar II Desarrollar el espíritu de empresa Dada la importancia de las pequeñas y medianas empresas en el crecimiento económico y en la creación de empleo, las medidas que se recogen bajo este pilar van encaminadas a facilitar la creación y desarrollo de las Pymes. Estas medidas suponen la reducción de sus cargas administrativas, el fomento del autoempleo, el aprovechamiento de aquellos sectores que pueden generar empleo y la reducción de los costes no laborales con el objeto de fomentar la contratación.

    Plan Nacional de Empleo 1998 Con el fin de simplificar las cargas administrativas relativas a la creación y gestión de las empresas se inicia el proceso de instaurar una 'ventanilla única' que posibilite la intercomunicación de registros entre las distintas Administraciones Públicas; a este proyecto se sumaron inicialmente 10 Comunidades Autónomas y 791 Entidades Locales.

    El acceso a la financiación se materializó en la dotación por parte del Instituto de Crédito Oficial de una línea de crédito para las inversiones tecnológicas efectuadas por las Pymes con una cuantía global de 300.000 millones de pesetas; el 75% de esta financiación fue concedida a empresas con menos de 50 trabajadores.

    En cuanto a la reducción de la fiscalidad sobre el factor trabajo se mantienen los incentivos a la contratación indefinida y a la transformación en indefinidos de contratos de duración determinada previstos en la Disposición Adicional primera de la Ley 64/1997, de 26 de diciembre y en la Ley 63/1997, de 26 de diciembre. Estos incentivos se centran exclusivamente en los contratos a tiempo completo y constituyen bonificaciones en las cuotas empresariales, por contingencias comunes, a la Seguridad Social, variables en función del colectivo específico. Así, los contratos dirigidos a jóvenes desempleados menores de 30 años y desempleados de larga duración cuentan con una bonificación en la cuota empresarial de la Seguridad Social del 40%, durante 24 meses; los dirigidos a mayores de 45 años cuentan con una bonificación del 60%, durante los dos primeros años, y del 50% el resto del tiempo de vigencia del contrato; y los efectuados a mujeres desempleadas de larga duración en ocupaciones con menor índice de empleo femenino, del 60%, durante 2 años. Asimismo, se bonifican las cuotas empresariales por contingencias comunes para la transformación en indefinidos de contratos temporales.

    INFORMES Y ESTUDIOS 26 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 36 12 Real Decreto-Ley 5/2001, de 2 de marzo.

    En este ejercicio los contratos registrados indefinidos a tiempo completo ascendieron a 823.554, correspondiendo el 66% a contratos firmados por hombres y el 34% restante a contratos firmados por mujeres.

    En esta línea, se modificó el sistema de módulos, en relación al cómputo de asalariados en la estimación objetiva del IRPF y régimen simplificado y comercio minorista del IVA. Así, no se computan como asalariados los alumnos de formación profesional específica que realicen el módulo obligatorio de formación, se computan al 60% el personal asalariado menor de 19 años con contratos de formación o aprendizaje y no se computan como personal asalariado aquellos trabajadores con derecho a los incentivos de carácter fiscal regulados en la Ley 64/1997, de 26 de diciembre, por la que se regulan los incentivos en materia de Seguridad Social y de carácter fiscal para el fomento de la contratación indefinida y la estabilidad en el empleo.

    Con el fin de incentivar el autoempleo se establece un programa de subvenciones 13 para la realización de acciones de orientación profesional para el empleo y asistencia para el autoempleo.

    En el marco de apoyo a la economía social se mantiene la posibilidad de percibir la prestación por desempleo en un pago único, para aquellos trabajadores que se incorporen como socios a empresas de economía social.

    Asimismo, se desarrolla una serie de actuaciones subvencionadas dirigidas a fomentar el empleo en cooperativas y sociedades laborales mediante el desarrollo de proyectos empresariales, fomento de la economía social y formación de sus socios, prestando especial atención a la creación de puestos de trabajo dirigidos a los colectivos menos favorecidos.

    Plan Nacional de Empleo1999 En este ejercicio prosigue el proceso de simplificación de las cargas administrativas que afectan a las empresas. Este Plan de simplificación integra el desarrollo de la 'ventanilla única empresarial' que ofrece a las PYMES asesoramiento y realización de trámites administrativos, la implantación del 'Sistema Red de la Seguridad Social' que permite la resolución, por vía telemática, de las variaciones en la situación de las personas contratadas.

    Respecto a las actuaciones crediticias, la dotación de la línea ICO-PYME asciende a 400.000 millones de pesetas, 100.000 millones más que el año anterior.

    Con el fin de promocionar la generación de empleo en el ámbito local se desarrolla un programa de ayudas y subvenciones, con cargo a los presupuestos del INEM, cuyos beneficiarios son aquellas Corporaciones Locales, personas físicas y jurídicas que lleven a cabo proyectos de I+E.

    En el desarrollo de la economía social es de destacar la aprobación de la Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas, que introduce importantes novedades al reducir el número de socios y simplificar los trámites necesarios para la constitución de una cooperativa.

    El desarrollo del potencial de empleo del sector servicios, especialmente en el ámbito de las nuevas tecnologías, ha supuesto la puesta en marcha del Plan INFOXI-La Sociedad de la información abierta a todos, que supone el desarrollo y acercamiento a los ciudadanos de la sociedad de la información.

    La reducción de la carga fiscal sobre el trabajo (directriz 14) se lleva a cabo a través de las medidas siguientes:

    En cuanto a la orientación de promover una fiscalidad más favorable, la nueva regulación del Impuesto sobre la Renta de las PALOMA TOBES PORTILLO 27 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 36 13 Las bases reguladoras para la concesiÛn de estas subvenciones se recogen en la Orden de 20 de enero de 1998.

    Personas Físicas 14, en relación a la tributación de la actividades empresariales establece la reducción general del rendimiento neto en estimación objetiva en el 12% para aquellos empresarios que incrementen su plantilla, frente al 7% vigente en la legislación anterior.

    El programa de fomento de empleo estable, diseñado para este ejercicio, supone la ampliación del espectro de contratos con posibilidad de contar con bonificaciones en las cuotas empresariales, por contingencias comunes, a la Seguridad Social. Así, se establecen bonificaciones para los contratos indefinidos iniciales a tiempo parcial; se modifican las bonificaciones de los contratos indefinidos a tiempo completo. Si bien, en este caso respecto a 1998 existe, con carácter general, una reducción de los porcentajes de bonificación, la contratación de las mujeres conlleva un incremento en el porcentaje de bonificación de 5 puntos sobre los varones; se mantienen las bonificaciones para la transformación de contratos temporales en indefinidos, pero reduciendo a la mitad los porcentajes de bonificación, respecto a la reforma laboral de 1997.

    El número de contratos registrados de duración indefinida se incrementó en el 25,47%; de éstos los de tiempo completo aumentaron el 23,93% y los de tiempo parcial, el 34,05%. Las mayores bonificaciones que experimentan los contratos efectuados a mujeres se traduce en un incremento del 33,48% para los contratos a tiempo completo y del 40,70% para los de tiempo parcial.

    Otra de las medidas incardinadas dentro de la directriz 14, pero en coordinación con la directriz 9 que insta a promover un trabajo abierto a todos, es la regulación 15 de una subvención de 650.000 pesetas para aquellos empresarios que contraten a minusválidos por tiempo indefinido y jornada completa, además se establece la bonificación de las cuotas empresariales a la Seguridad Social con un porcentaje del 70% si el trabajador es menor de 45 años, y del 90% para el resto.

    Plan Nacional de Empleo 2000 En diciembre de este ejercicio finalizó el plazo de vigencia del Plan de Agilización y Simplificación Normativa para la Competitividad de las PYMES, operando 9 ventanillas únicas empresariales en 8 provincias.

    Respecto al acceso a financiación, la Línea de crédito ICO-PYME estuvo dotada con 374.922 millones de pesetas, siendo las empresas con menos de 50 trabajadores las más beneficiadas.

    Al objeto de favorecer el acceso a la actividad empresarial se desarrolló una serie de planes, entre los que cabe destacar el plan integral de fomento empresarial de autónomos en el que participaron 800 personas, el plan de artesanos que tuvo 4.300 beneficiarios y el plan de apoyo a mujeres empresarias dirigido a 800 mujeres.

    En este ejercicio se desarrolló el Plan INFO XXI, implantado el año anterior, que integra distintas acciones, entre las que destaca el Programa de Fomento de la Investigación Técnica para el desarrollo de la sociedad de la información.

    Dentro del campo de las nuevas tecnologías y el aprovechamiento del sector servicios como 'yacimiento' de empleo se aprobó el Plan de Consolidación y Competitividad de las PYMES, con unos recursos de 50.000 millones de pesetas.

    La necesidad de potenciar la acción local y INFORMES Y ESTUDIOS 28 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 36 14 Ley 40/1998, de 9 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas FÌsicas y otras Normas Tributarias.

    15 Real Decreto 4/1999, de 8 de enero.

    regional a favor del empleo ha dado lugar a numerosas actuaciones en este ejercicio. Así, se ha realizado un programa de convenios entre los servicios públicos de empleo y las Corporaciones Locales, se han desarrollado programas mixtos de formación y empleo de distinta naturaleza en colaboración con las Corporaciones Locales y se ha subvencionado a las empresas de I+E.

    Asimismo el fomento del empleo en el ámbito de la Economía Social que se ha venido desarrollando en los últimos años está dando sus frutos. Así ha crecido de forma importante el número de cooperativas y sociedades laborales presentes en nuestra economía, siendo mayor el incremento de las sociedades laborales, dada la posibilidad de constituir una sociedad laboral limitada, con menores exigencias de constitución que las sociedades laborales anónimas. En este ejercicio el número de cooperativas y sociedades laborales asciende a 35.296 y el número de personas empleadas a 335.363.

    El Programa de Fomento Estable para el año 2000 16 introduce, respecto al ejercicio anterior, las diferencias siguientes:

    - Se elimina la bonificación a la transformación en indefinidos de contratos temporales, excepto para los contratos formativos.

    - Se reducen las bonificaciones para la contratación indefinida de jóvenes menores de 30 años (20% durante 24 meses).

    - Aumentan las bonificaciones de los contratos indefinidos de los parados de larga duración, mayores de 45 años, mujeres, perceptores del subsidio agrario, o cuando el que contrata es un empresario autónomo sin asalariados.

    - Se integra una nueva bonificación del 65%, hasta dos años, para personas excluidas socialmente.

    En este ejercicio, respecto a los contratos registrados es de destacar que se reducen los de duración indefinida y aumentan los de duración temporal. Asimismo, como se desprende de la información recogida en el cuadro nº 7, se observa un importante incremento de los contratos a tiempo parcial a costa del descenso de los de tiempo completo.

    Plan Nacional de Empleo 2001 En este ejercicio se mantiene el proceso de agilización y simplificación normativa para las pymes, de tal forma que se prevé el establecimiento de ocho nuevas ventanillas únicas.

    La previsión de apoyo financiero directo, a través del ICO, a las pymes aumenta en este ejercicio a 500.000 millones de pesetas, lo que supone un crecimiento respecto al ejercicio anterior del 33,36%. Se espera que el número de empresas beneficiarias se sitúe en 35.000.

    Con el objeto de incentivar la creación de empresas y el autoempleo se mantienen las líneas de trabajo del ejercicio anterior en cuanto al apoyo a las mujeres empresarias y a los trabajadores emigrantes retornados y se incide especialmente en programas de formación y orientación en el ámbito empresarial.

    El apoyo a la creación de empleo en el sector servicios y el desarrollo de la sociedad de la información se pone de manifiesto en el plan INFO XXI y en las dotaciones presupuestarias del Plan de Consolidación y Competitividad de la PYME 2000-2006.

    Asimismo, se integra un conjunto de actuaciones dirigidas a la creación de puestos de trabajo a nivel local y en el campo de la economía social.

    PALOMA TOBES PORTILLO 29 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 36 16 Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de car·cter Social.

    El Programa de fomento del empleo para el año 2001 17, si bien elimina las bonificaciones a la contratación indefinida de las cuotas empresariales por contingencias comunes a la Seguridad Social, para jóvenes varones menores de 30 años, aumenta las bonificaciones en los contratos indefinidos dirigidos a mayores de 55 años, favorece especialmente a las mujeres al contar con bonificaciones en cualquier tipo de contrato, entre el 25% y el 100%, y se prima particularmente las contrataciones de las trabajadoras de mayor edad. Se elimina el requisito de pertenencia a un colectivo general protegido para el caso de perceptores de la prestación o el subsidio agrario, se establece una bonificación general del 65%, durante 24 meses, para los perceptores de la renta activa de inserción y se bonifica la contratación indefinida de perceptores de la prestación o del subsidio de desempleo a los que en el momento de contratación les reste un año o más de percepción.

    Asimismo, la Ley 14/2000, de 29 de diciembre, eleva a 2.000.000 de pesetas el límite de la exención en el IRPF relativa a la prestación por desempleo en la modalidad 18 de pago único.

    Pilar III Fomentar la Capacidad de Adaptación de las Empresas y sus Trabajadores Las medidas incluidas bajo este epígrafe están dirigidas a conseguir la modernización de la organización del trabajo, en la que los interlocutores sociales desempeñan un papel fundamental y a desarrollar la formación de los trabajadores ocupados.

    Plan Nacional de Empleo 1998 El proceso de modernización de la organización del trabajo, uno de los objetivos integrados en este pilar, queda plasmado en la firma de los convenios colectivos. Así, por ejemplo, el establecimiento de la jornada media, la flexibilidad de horarios, las horas extraordinarias y la determinación de los componentes variables de los salarios son elementos determinantes.

    La jornada media en este ejercicio se sitúa en 1.766 horas anuales 19, desde 1.996 la jornada media de trabajo se viene reduciendo, pero frente a este avance, no se observa, sin embargo, una mayor flexibilidad en los salarios, en cuanto a que aún el número de contratos que ligan alguna parte del salario al resultado empresarial o a la productividad es irrelevante.

    Uno de los elementos claves en este pilar supone promover contratos con mayor grado de flexibilidad; en este sentido la aprobación del Real Decreto-Ley 15/1998, de 27 de noviembre, supuso un avance muy importante al dotar de mayor estabilidad al contrato a tiempo parcial.

    Así, la nueva configuración del contrato a tiempo parcial dotada de mayor estabilidad tiene su base en el Acuerdo sobre trabajo a tiempo parcial y fomento de su estabilidad, suscrito por el Gobierno y las Centrales Sindicales el 13 de noviembre de 1998.

    La posibilidad de efectuar un contrato a tiempo parcial se limita a jornadas inferiores al 77% de la jornada regulada por convenio, se regula el concepto de horas complementarias y se elimina, con carácter general, la posibilidad de realizar horas extraordinarias , se fija el horario de trabajo en el mismo contrato y se reduce la edad mínima de jubila- INFORMES Y ESTUDIOS 30 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 36 17 Real Decreto-Ley 5/2001, de 2 de marzo, de Medidas Urgentes de Reforma del Mercado de Trabajo para el incremento del empleo y la mejora de su calidad.

    Ley 12/2001, de 9 de julio.

    18 Modalidad regulada por el Real Decreto 1044/ 1985, de 19 de junio.

    19 www.mtas.es. estadÌsticas de convenios colectivos.

    ción a 60 años. Además, se mejoran las prestaciones sociales asociadas al contrato, sobre todo en el caso de jubilación e incapacidad permanente.

    Sin embargo, en este ejercicio aún no se establece ningún tipo de bonificación para incentivar la contratación parcial estable.

    En este ejercicio, los contratos registrados de duración indefinida a tiempo parcial ascendieron a 147.410, siendo la participación de las mujeres del 55,92% y la de los hombres del 44,08%.

    En cuanto a la formación continua, el presupuesto 20 para acciones de esta naturaleza asciende, en este ejercicio, a 90.000 millones de pesetas y el número de beneficiarios de los distintos programas a 1.503.050.

    El apoyo a este tipo de formación se canaliza principalmente a través de la Fundación para la Formación Continua (FORCEM), siendo las medidas más relevantes las siguientes:

    Contratos formativos en los que se reembolsa a las empresas el coste de la formación.

    Planes propios de las empresas (más de 100 trabajadores), en las que éstas diseñan y organizan la formación de sus trabajadores.

    Planes agrupados en los que un determinado número de empresas organiza la formación de sus trabajadores.

    Planes sectoriales, organizados por los agentes sociales, para la formación de personal de distintas empresas del sector.

    Permisos individuales de formación que conlleven una titulación oficial y no más de 200 horas, en este caso se subvenciona totalmente el salario y las cotizaciones del trabajador.

    Cursos de formación realizados por las Administraciones Públicas.

    En los convenios colectivos firmados el 37% incluía cláusulas sobre formación profesional;

    por tipo de formación el 27% suponía planes de formación, el 15% permisos individuales de formación y el 4% ayudas de estudio.

    Plan Nacional de Empleo 1999 Entre las actuaciones para modernizar la organización del trabajo se incide en el desarrollo de conceptos salariales de carácter variable. En este sentido, en los convenios colectivos firmados se observa una mayor presencia, que en años anteriores, de elementos salariales ligados a la productividad, a los resultados empresariales, etc.

    En relación a la duración de la jornada, ésta mantiene una relación inversa con el número de trabajadores de la plantilla. En 1999, el 25% de los convenios colectivos firmados redujeron la jornada laboral, siendo la jornada media 1.765 horas anuales.

    Respecto a fórmulas más flexibles de contratación, es de destacar el incremento del número de contratos registrados de duración indefinida a tiempo parcial, respecto a 1998, del 34,05%.

    En el caso de los contratos efectuados por hombres, el incremento se situó en el 25,62%, en el caso de las mujeres, en el 40,70%. Este incremento es consecuencia de la aplicación desde el uno de enero de las bonificaciones de las cuotas empresariales por contingencias comunes, descritas en el pilar anterior.

    Asimismo, es de destacar la aprobación de la Ley 29/1999, de 16 de julio, que modifica la regulación de las Empresas de Trabajo Temporal, de gran importancia por el papel que estas empresas desempeñan como intermediarios en el mercado laboral.

    PALOMA TOBES PORTILLO 31 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 36 20 Los datos sobre coste y n?mero de alumnos de formaciÛn continua se recogen en los cuadros n?meros 1,4,5 y 6.

    La nueva regulación amplía los requisitos exigidos para la constitución de una empresa de trabajo temporal, otorga una mayor importancia a los representantes de los trabajadores, regula las condiciones de seguridad e higiene en el trabajo y establece la uniformidad de las retribuciones abonadas a los trabajadores cedidos por la empresa temporal con la retribución del puesto de trabajo a desarrollar en el convenio colectivo aplicable a la empresa usuaria.

    Respecto a la formación ocupacional, el número de beneficiarios de acciones de esta naturaleza ha superado en 677.810 a los del año anterior. Dentro de los distintos programas de formación ocupacional se ha incentivado principalmente los Planes Agrupados que dan respuesta a las demandas de formación formuladas por las Pymes. Asimismo, en el ámbito tributario se ha apoyado a las acciones de formación, ampliando el porcentaje de deducción, en el IRPF y en el Impuesto sobre Sociedades, sobre los gastos de formación del personal, del 5% al 10% en el caso de que dicha inversión supere la media de la efectuada en los dos años anteriores.

    Plan Nacional de Empleo 2000 Al igual que ocurrió el año anterior aumentan las cláusulas salariales de carácter variable vinculadas a los resultados de los trabajadores, de secciones empresariales e incluso al resultado global de la empresa.

    Asimismo, se sigue produciendo la reducción de la jornada media laboral pactada en convenios colectivos, que se sitúa en 1.764,17 horas.

    En materia de riesgos laborales, es de destacar que la normativa española es amplia pero de contenidos mínimos. En este ejercicio no ha habido avances importantes en esta materia, aunque sí se han producido dos hechos relevantes en este ámbito. Así, en abril de 1999 se creó la Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales cuya función es apoyar a las Pymes en materia de prevención de riesgos laborales, tanto en asesoramiento como en financiación; en este ejercicio se intensifica su actuación. Por otra parte, continua el desarrollo del Plan de Acción contra la Siniestralidad de octubre de 1998; sin embargo, no se registran progresos en la formación para la prevención de riesgos laborales ni en el asentamiento de esta cultura. De hecho, el número de accidentes registrados en jornada de trabajo ascienden a 1.730.230 21, lo que supone 123.231 accidentes más que los registrados en el ejercicio anterior.

    En cuanto a los contratos registrados, es de destacar la reducción que experimentan los contratos indefinidos a tiempo completo, como se desprende de la información recogida en el cuadro nº 7, y paralelamente el incremento registrado en los realizados a tiempo parcial.

    En relación a la Formación Continua, el 19 de diciembre de 2000 se firma el III Acuerdo Nacional de Formación Continua, vigente hasta el 31 de diciembre de 2004, que sustituye al II Acuerdo Nacional de Formación continua aprobado para el período 1997-2000.

    El planteamiento del nuevo acuerdo supone la inclusión de planes específicos de formación para la Economía Social, la dotación de formación para aquellos trabajadores por los que no existe obligación de cotizar por formación profesional, lograr una mayor adecuación de los trabajadores a la demanda empresarial, intensificar las acciones dirigidas a los colectivos menos favorecidos y prestar una mayor atención a la formación en nuevas tecnologías. En este ejercicio el número de alumnos de formación continua asciende a 2.530.183. Respecto a 1999, supone que se han beneficiado de los programas de este sistema 349.323 alumnos más. El coste de las actuaciones de formación continua ha INFORMES Y ESTUDIOS 32 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 36 21 www.mtas.es./EstadÌsticas/BEL/ATE.

    supuesto 139.426 millones de pesetas, lo que respecto al ejercicio anterior representa un incremento del 17,56%.

    Plan Nacional de Empleo 2001 En relación a la modernización de la organización del trabajo es de destacar, que en este ejercicio se flexibiliza el contrato a tiempo parcial, al eliminar el límite del 77% relativo a la jornada a tiempo completo, de tal forma que la jornada a tiempo parcial queda regulada como aquella inferior a la de tiempo completo de un trabajador comparable, o a la prevista en el convenio colectivo o a la jornada máxima legal.

    Asimismo, se amplía la posibilidad de realización de horas complementarias.

    En materia de seguridad e higiene en el trabajo prosigue el desarrollo de las actuaciones efectuadas en el año 2000, si bien es de destacar como novedad el Plan Marco 2001 que dirige la actuación preventiva de las Mutuas de Accidentes Laborales y Enfermedades Profesionales en el ámbito de las Pymes. Es necesario señalar que el número de accidentes laborales en jornada de trabajo, lejos de descender, aumenta respecto al año anterior en el 5% (enero a septiembre).

    La importancia otorgada al aprendizaje permanente se pone de manifiesto en el incremento previsto del número de alumnos que cursarán programas de formación continua y en el aumento correspondiente en la dotación de recursos. Así, en el año 2001, la previsión de alumnos de formación continua se sitúa en 2.703.107 y el coste asociado en 153.836 millones de pesetas, lo que supone 172.924 alumnos más que en el ejercicio anterior y un incremento presupuestario de 10,41%.

    Pilar IV Reforzar la política de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres Todas las medidas incluidas en este pilar tienen como objetivo intensificar la presencia de las mujeres en el mercado laboral, reduciendo los obstáculos que limitan su incorporación y permanencia en este ámbito.

    Por ello, es necesario destacar que las orientaciones de este pilar se plasman en los otros tres pilares. Por lo que muchas de las medidas aquí comentadas ya lo han sido anteriormente, al efectuar el análisis de los pilares precedentes.

    Plan Nacional de Empleo 1998 La integración de la mujer en el mercado laboral constituye un objetivo prioritario en las acciones de formación ocupacional y en las acciones de orientación. Así, la participación de las mujeres en acciones de formación ocupacional supone el 53,86% y en acciones de orientación el 64,11%.

    Asimismo, se han apoyado las acciones de autoempleo a favor de las mujeres, siendo su participación del 57,99%, y el acceso a programas de formación continua para aquellas trabajadoras en situación de excedencia por cuidados a hijos menores.

    En relación a los incentivos a la contratación de las mujeres, en el caso de la contratación indefinida inicial a tiempo completo, se bonifica el 60% de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes, durante los dos primeros años de contrato, para las mujeres desempleadas de larga duración en aquellas profesiones en las que el colectivo de las mujeres se encuentre subrepresentado.

    Asimismo, la aprobación del Real Decreto- Ley 11/1998, de 4 de septiembre, supone una importante reducción en los costes laborales de la mano de obra femenina, al establecer una bonificación del 100% en las cuotas empresariales de la Seguridad Social, incluidas las de accidente de trabajo y enfermedades profesionales, y en las aportaciones empresariales de las cuotas de recaudación conjunta,

    PALOMA TOBES PORTILLO 33 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 36 para aquellos contratos de interinidad con personas desempleadas que sustituyan a los trabajadores en períodos por descanso de maternidad, adopción y acogimiento.

    A pesar de estos incentivos, el número de contratos registrados de duración indefinida a tiempo completo relativos a las mujeres ascendió en este ejercicio a 277.345, lo que supone que en este tipo de contratos se ha dirigido al colectivo de las mujeres el 33,67%;

    esta baja participación pone de manifiesto la necesidad de seguir incentivando la contratación de la población femenina y adoptando medidas de discriminación positiva dirigidas hacia este colectivo.

    En la conciliación de la vida laboral y familiar se han producido en este ejercicio tímidas actuaciones, entre las que cabe destacar la actuación de los Servicios Sociales y de asistencia domiciliaria a personas mayores y discapacitados. Sin embargo, se advierte un retroceso en la cuantía de las subvenciones otorgadas a la red de guarderías, sin ánimo de lucro, destinadas a niños menores de 6 años, hijos de trabajadores por cuenta ajena que cumplan los requisitos fijados por la Comunidad Autónoma correspondiente.

    Plan Nacional de Empleo 1999 En relación a las acciones de inserción efectuadas en 1999, es de destacar el fuerte incremento que experimentan el número de acciones de orientación dirigidas a las mujeres.

    Si en 1998 éstas ascendían a 258.992, en este ejercicio se cifran en 665.966, lo que supone un aumento del 157%.

    Con el objeto de mejorar la empleabilidad de la mujer, el Programa de Fomento Estable para 1999 incrementa las bonificaciones de las cuotas empresariales por contratos indefinidos iniciales a tiempo completo efectuados a mujeres en 5 puntos respecto a la contratación de los varones.

    Asimismo, se amplían las bonificaciones al ámbito de los contratos indefinidos a tiempo parcial.

    Por otra parte, la aprobación de la Ley 39/1999 22 ha ampliado los supuestos del denominado 'coste cero', al incluir las bonificaciones por contratos de interinidad en el caso de sustitución de trabajadores autónomos, socios trabajadores o socios de trabajo de cooperativas.

    Es de destacar que en este ejercicio los contratos registrados de duración indefinida, efectuados a mujeres, crecen más que los de carácter temporal, con tasas de incremento respectivamente del 35,14% y el 16,85%. Asimismo, el incremento de los contratos indefinidos a tiempo parcial (40,70%) es superior al correspondiente a tiempo completo (35,14%).

    La aprobación de la Ley 39/1999 supone un importante avance en el camino de facilitar la incorporación y permanencia de la mujer en el mercado laboral. Con este sentido, la ley desarrolla las medidas siguientes: flexibiliza el permiso de maternidad, ampliando el tiempo que puede ser utilizado por el padre; en caso de parto múltiple el período de maternidad se amplía dos semanas; se amplían los permisos parentales para el cuidado de otras personas dependientes de la familia; se extiende la reducción de jornada o excedencia por cuidados de familiares.

    Plan Nacional de Empleo 2000 El número de mujeres desempleadas que ha participado en acciones de inserción en el año 2000 asciende a 531.450 y el número de acciones dirigidas a mujeres supone 822.503, lo que representa un promedio de 1,5 acciones por mujer participante.

    INFORMES Y ESTUDIOS 34 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 36 22 De 5 de noviembre, para promover la conciliaciÛn de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras.

    Las acciones de orientación profesional dirigidas a las mujeres, pese a la reducción a la mitad respecto al ejercicio anterior, son las de mayor peso, con un porcentaje del 41,12%, seguidas de las acciones de formación (34,48%) y por último las acciones de empleo (24,38%) En relación a las bonificaciones de los contratos estables a tiempo completo, efectuados a mujeres, el Plan de Empleo Estable para el año 2000, mantiene el incremento de cinco puntos frente a los contratos efectuados a los varones. Asimismo, se elimina la restricción de desempleo de larga duración, para contar con bonificaciones de las cuotas empresariales en el caso de contratos indefinidos a tiempo parcial para mujeres contratadas en profesiones u ocupaciones con menor índice de empleo femenino.

    A pesar de la desaceleración en el crecimiento que experimentan los contratos registrados de carácter estable dirigidos a las mujeres, con una tasa del 2,77% frente al 35,14% del año anterior, esta evolución es más favorable que la observada en el empleo masculino que presenta cifras negativas.

    Dentro de los contratos indefinidos, los contratos registrados a tiempo completo se reducen, respecto al ejercicio anterior, en 3,37%, mientras que los contratos registrados a tiempo parcial aumentan en el 22,35%.

    Plan Nacional de Empleo 2001 Como se ha puesto de manifiesto en el pilar anterior, se intensifican, en el Plan de Fomento del Empleo para 2001, las acciones dirigidas a incentivar la contratación de las mujeres, a través de las bonificaciones en las cuotas empresariales por contingencias comunes a la Seguridad Social.

    Se pone en marcha el Observatorio de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres entre cuyos cometidos se encuentra la evaluación de los resultados de las políticas activas relativas a la presencia de la mujer en el mercado laboral.

    Está previsto en este ejercicio ampliar los programas de atención de niños menores de 3 años y los relativos a personas dependientes.

  19. CONCLUSIONES En la actualidad, el objetivo de la política comunitaria en materia de empleo supone alcanzar el pleno empleo, para ello el diseño de esta política se efectúa en un marco de coordinación con el resto de las políticas macroeconómicas, de forma que sea posible conjugar crecimiento económico, pleno empleo y estabilidad de precios.

    En la consecución del pleno empleo, las políticas activas de empleo juegan un papel fundamental al tratar de adaptar la oferta y demanda de trabajo. Por ello en este trabajo se consideran políticas activas a aquellas medidas que incentiven la inserción o reinserción laboral, supongan o no gasto presupuestario.

    El desarrollo de la política comunitaria de empleo se efectúa a través de las distintas directrices que deben observar los distintos Estados miembros en la elaboración anual de los correspondientes Planes Nacionales de Empleo. Si bien es de destacar que todas ellas son importantes, en mi opinión y en el caso español cobran una especial relevancia los aspectos siguientes:

    Es necesario proseguir en el desarrollo de aquellas medidas de reforma del mercado laboral que conlleven la modernización de la organización del trabajo y supongan la presencia de fórmulas contractuales dotadas de mayor flexibilidad, estabilidad y menores costes no laborales.

    Intensificar los esfuerzos en la extensión de la formación profesional se debería con- PALOMA TOBES PORTILLO 35 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 36 vertir en un objetivo prioritario, como fórmula para combatir el desempleo y adaptar las cualificaciones profesionales al desarrollo empresarial.

    Si bien, es de destacar la importante actuación que se ha producido, en los últimos años, al objeto de facilitar el acceso y mantenimiento de las mujeres en el mercado laboral, la tasa de desempleo femenino en España sigue manteniendo un fuerte diferencial con la media de la Unión Europea, por ello es necesario seguir incidiendo en aquellas medidas que potencien el aumento de la tasa de actividad y el empleo de las mujeres.

    INFORMES Y ESTUDIOS 36 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 36 PALOMA TOBES PORTILLO 37 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 36 ANEXO DE CUADROS INFORMES Y ESTUDIOS 38 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 36 PALOMA TOBES PORTILLO 39 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 36 INFORMES Y ESTUDIOS 40 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 36 PALOMA TOBES PORTILLO 41 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 36 INFORMES Y ESTUDIOS 42 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 36 BIBLIOGRAFIA COMISION EUROPEA (1993): 'Libro blanco de la Comisión Europea sobre Crecimiento, Competitividad,

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    El primer epígrafe se centra en el concepto de política de empleo, poniendo de manifiesto que éstas medidas no se traducen inequívocamente en mayor gasto público.

    A continuación se aborda el estudio de la evolución de la política de empleo comunitaria desde su origen, destacando la progresiva ampliación del objetivo final desde conseguir un alto nivel de empleo, hasta alcanzar el pleno empleo.

    Por último, se realiza un análisis del desarrollo de los Planes Nacionales de Acción para el Empleo del Reino de España.v

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