Nueva orientación del Derecho de Propiedad

AutorSebastián E. Alvo
Páginas81-91

Page 81

El primer Congreso Nacional de Derecho civil, organizado en la República Argentina por la Facultad de Derecho y Ciencias sociales de la Universidad de Córdoba, acaba de aprobar la siguiente proposición (presentada y sostenida por el Dr. D. Sebastián E. Alvo) que, por su precisión y estructura, da una idea clara y completa de la evolución del derecho de propiedad.

I

Al revisar las instituciones jurídicas se debe comparar severamente, el derecho positivo existente con el derecho ideal de la época, que es de donde obtendremos los nuevos elementos para una organización más perfecta, que esté en armonía con las exigencias presentes de la sociedad.

La vida individual es un conjunto de centros de agitación constante, cuyas manifestaciones alteran él equilibrio social e impulsan, al hombre, a obrar. Este, jamás se movió sino mediante la influencia de estos impulsos irresistibles que se llaman necesidades; y su acción se dirigió siempre a buscar los medios de satisfacerlas. De modo que nos encontramos en presencia de dos factores que juegan un rol importante en la vida social :

a) La necesidad, que importa el desequilibrio social existente;Page 82

b) Los medios de satisfacción de esas necesidades, que tienden a establecer ese equilibrio.

La necesidad opera también en el campo de lo jurídico, dando origen a las instituciones de derecho. Una serie de hechos de una misma índole se suceden ; su constancia atrae la atención de los individuos, evidenciándose una nueva necesidad social que despierta el interés del grupo por satisfacerla, y como el interés es una fuente inagotable de energía, nace, a su empuje, el medio de satisfacción, que es la institución jurídica. Asi se producen muchos casos en que el obrero, durante y con motivo del trabajo, recibe un daño en su persona, y se constata que los sujetos damnificados, pertenecen a la clase proletaria que se encuentra desamparada. De esto nace la necesidad social de socorrer a estos factores del progreso cuando sufran un accidente de trabajo. Esta necesidad incita el interés, provocando una serie de reacciones individuales y recíprocas que establecen un ir y venir de juicios y opiniones referentes a la manera de satisfacerla, hasta que se llega a la conclusión, aceptada por la colectividad, de que los accidentes de trabajo deben ser indemnizados, surgiendo, en definitiva, la institución del seguro, que el legislador reglamenta. La necesidad social de indemnizar al obrero ha quedado satisfecha con la creación de la institución jurídica del seguro.

Siendo esto así, es forzoso convenir en la existencia de una íntima relación entre ambos términos, que puede muy bien equipararse a la que media entre el antecedente y el consecuente. Pero esa relación se pierde después de un tiempo, debido a que la institución jurídica queda más o menos estabilizada en el derecho positivo ; mientras que la necesidad va adquiriendo nuevas modalidades que la alejan de aquélla. La sociedad es un organismo que está en constante movimiento, impulsado por la necesidad de llegar a una mayor perfección para alcanzar el máximo de bienestar. Este desenvolvimiento progresivo ocasiona mutaciones de todo género en la estructura social, que influyen en sus caracteres y condiciones, y crea nuevas exigencias que modifican la naturaleza de la necesidad; de manera que la organización de la institución de derecho no satisface en un instante dado a la necesidad que le dio origen. Entonces, cuando esta disconformidad es manifiesta, el legislador, mediante una nueva organización,Page 83 debe conformar la institución jurídica a las nuevas modalidades que ha impreso a la necesidad el progreso social.

La institución del dominio ha seguido en su evolución, a través del tiempo y del espacio, a la necesidad económica que le dio vida. Hay épocas en las cuales esa necesidad toma caracteres bien definidos, constatándose que la noción de la propiedad se ha modificado de acuerdo a la característica de su antecedente. Es decir, que existen momentos en que la evolución concordante de ambos términos se evidencia de un modo indubitable, que constituyen verdaderos períodos históricos de la propiedad.

@@Primer período

Tiempos remotos.-El hombre se confundía en el grupo amorfo llamado horda. Solamente llenaba necesidades de carácter orgánico. Comprende tres etapas :

a) Se limitaba a la apropiación de aquellas cosas indispensables y de inmediata aplicación a las necesidades presentes, sin tener en cuenta para nada el futuro y lo eventual. No hay vestigios de ninguna necesidad de carácter económico, y, por tanto, ausencia del concepto de propiedad.

b) Las necesidades eventuales y futuras provocaron el ahorro, y la utilidad de las cosas despertó el interés por conservarlas. La necesidad económica de darle aplicación a la riqueza incipiente, se esboza. Hay entonces vestigios del derecho de propiedad mueble, que se extiende a los alimentos y utensilios de caza y pesca que se guardaban en los sitios que les servían de refugio.

c) La necesidad de defensa no sólo de estos alimentos y utensilios, sino de los lugares destinados para la caza y la pesca, determina el estado incipiente de la propiedad...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR