Matemáticas y Derecho

AutorJerónimo González
Páginas232-245

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Automóviles a 12 pesetas... Reembolsables

En estos últimos meses se ha visto inundada España por títulos impresos del tenor siguiente:

Bono núm. ....... Serie. ..... (con cuatro cupones adheridos). Como contravalor del presente Bono, cuyo precio es de 25 pesetas, o sea cinco pesetas por el primer cupón primer cupón y cinco pesetas por cada uno de los cuatro cupones que dependen de él, la Casa ..... de ..... se compromete a entregar (tales objetos) una vez llenadas las condiciones estipuladas. El propietario de este Bono debe vender los cupones que dependen de él a razón de cinco pesetas uno; las 20 pesetas que cobra, le pertenecen; de manera que, en realidad, no habrá desembolsado más que cinco pesetas por el presente Bono.

El poseedor del Bono nos comunicará los nombres y direcciones de las personas a quienes haya vendido los cupones, con el número del Bono correspondiente. Entonces entregaremos a cada una de estas personas otro Bono con cuatro cupones mediante la entrega de 20 pesetas. Tan pronto como se haya hecho este pago, enviaremos al propietario del presente Bono (tal cosa, o el objeto que elija entre varios).

El propietario debe dar a conocer nuestras condiciones a los adquirentes de cupones, para que no sea posible ninguna equivocación y se observe rigurosamente lo establecido.

La Casa...... no devolverá en ningún caso la cantidad desembolsada, pero si el negocio se suspendiese, se avisada (con tal anticipación y por tales medios) a los poseedores de Bonos, que podrán retirar (tales objetos), abonando (tal cantidad).

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Otro modelo

Ganáis sin riesgo ni pérdida: escoged

2.000 florines holandeses al contado,

o un auto Ford ......

o una motocicleta Indian....

o un piano de cola.....

Nada os cuesta... Acaso pensaréis que tratamos de venderos un billete de lotería o cosa parecida. No se trata de eso.

Comprad al precio de cuatro florines cuatro cupones de un florín y vendedlos entre vuestros conocidos a cuatro personas antes de quince días, recogiendo lo que habéis gastado.

Los compradores de vuestros cupones (que son de color blanco, por ejemplo) los envían con tres florines y reciben otros cuatro cupones, con los que hacen lo mismo...

Los cupones blancos van seguidos de otros rojos.

Los cupones rojos van seguidos de otros amarillos.

Los cupones amarillos van seguidos de otros azules.

Los cupones azules van seguidos de otros verdes.

Los cupones verdes van seguidos de otros obscuros.

En cuanto los cupones obscuros estén en circulación, avisamos al primer comprador para que pueda escoger los 2.000 florines o cualquiera de los objetos mencionados.

I Cálculos elementales

No intento descubrir el Mediterráneo si llamo la atención de mis lectores sobre la prodigiosa-fecundidad de las progresiones. Todos conocen el prob1ema planteado por el inventor del ajedrez, al pedir como recompensa de su obra al Emperador chino, un grano de arroz por la primera casilla, dos por la segunda, cuatro por la tercera... y así sucesivamente, hasta llegar a la 64. Ni en China, ni en el mundo entero, podría recogerse tan enorme cosecha.Page 234

Pues bien, en el caso que estudiamos la progresión se desenvuelve con arreglo a las potencias de la base empleada, o sea el número de cupones unidos a cada Bono.

Si el primero ha de colocar tres y cada uno de éstos otros tres, tendremos la siguiente serie:

1-3-9-27-81-243-729-2.187

Y como estas personas se comprometen unas a otras suc esivamente, se hallarán enredadas en el negocio, en el momento examinado, suponiendo que solamente los últimos se hallen con el cupón respectivo entre las manos:

[NO INLCUYE SUMA ]

Es decir, calculando que cada cupón sea de diez pesetas:

3.640 + 7.290 + 21.870 = 32.896 pesetas.

Y como los objetos valdrán, sobre poco más o menos, 60 pesetas en venta ordinaria, el comerciante habrá desembolsado:

364 x 60 = 21.840 pesetas

En las primeras series el negocio parece, si no de los normales, por lo menos de los aprovechables para personas vivas y madrugadoras; pero la progresión crece rápidamente y el desenvolvimiento se atasca.

Basta para hacerse cargo, de los espantosos números a que se llega suponer que cada Bono representa cuatro cupones y que estamos en la décima serie:

El logaritmo de 4 = 0,60 20 60, de modo que

0,60 20 60 x 10 = 6,02060,Page 235 lo cual nos dice que el último término tiene siete cifras; es decir, está entre un millón y diez millones.

Al llegar a la centésima serie:

0,602060 x 100 = 60,2060

el número de tenedores de un cupón se representaría con 61 cifras, o sea millones de veces el número de habitantes de la tierra.

Ahora bien, ¿cómo repercute esta particularidad sobre las relaciones jurídicas?

¿Estamos en presencia de un contrato al que sean aplicables las normas ordinarias del Derecho civil?

¿O de un procedimiento comercial que deba prohibirse radicalmente?

II La avalancha, o mejor dicho, el alud

Estás cuestiones han sido ampliamente discutidas en el Occidente de Europa a fines del pasado siglo.

En diversos cantones suizos se adoptaron enérgicas medidas desde el primer momento; ya en 24 de Octubre de 1899 aparece en Berna una disposición prohibitoria de esta práctica comercial.

Un economista francés M. Marquart, en una serie de artículos publicados en el periódico "Siècle", a mediados de 1900, puso en evidencia las desagradables consecuencias y los peligros del procedimiento. .

El conocido civilista M.Demogue estudiaba en la reseña de Jurisprudencia, inserta en el número de la "Revue trimestrielle de Droit Civil", correspondiente a los meses de abril, mayo y junio de 1904, la validez de la operación, ya bautizada con el significativo nombre de "Bola de Nieve" (boule de neige).

De cuatro sentencias que hasta entonces se habían dictado sobre la materia, dos, procedentes de Tribunales de Comercio, admitían su validez, otras dos, pronunciadas por Tribunales civiles, habían declarado nulo el contrato. El ilustre comentarista no atribuía la discordia a una simple casualidad, sino que la ex-Page 236plicaba indicando que las jurisdicciones civiles se habían adelantado a la modernísima teoría, según la cual el Juez es más que el simple intérprete y el ejecutor de las convenciones, un interventor, casi un enderezador de entuertos, que ha de dirigir las voluntades individuales por la gran ruta del...

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