Jaime Msaveu, La responsabilidad penal de las personas corporativas en la doctrina y en la legislación.

AutorLa Redacción
Páginas356-358

JAIME MSAVEU, La responsabilidad penal de las personas corporativas en la doctrina y en la legislación. (Tirada aparte de la "Revista de Estudios Penales", tomo II, curso 1944 y 1945, páginas 49 a 65.)

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El insigne profesor de la Universidad de> Madrid y de la Escuela de Estudios Penitenciarios nos ofrece en el estudio que tenemos a la vista una erudita y documentadísima monografía sobre el sugestivo tema de la responsabilidad penal de la persona corporativa, tima al que ya había dedicado con anterioridad un "rapport" en el Congreso Internacional de Derecho Penal en Bucarest. La presente publicación contiene el planteamiento del problema (propósito, terminología y delimitación) y una noticia histórica que más que mera "noticia" constituye una enumeración muy completa de las legislaciones primitivas y de los pareceres doctrinales. La segunda parte del artículo sobre las tendencias modernas, y la tercera, acerca de la resonancia española, no se hallan todavía publicadas. Esperamos con vivo interés la continuación del interesante trabajo.

Univerdidad de San Carlos. Publicación trimestral -Guatemala, octubre, noviembre y diciembre de 1945.

Es el número primero de una Revista que ha de reflejar el pensamiento de la cultura universitaria de Guatemala, cuya publicación coincide con el Decreto de reorganización de la Universidad de San Carlos, la fundación de la Facultad de Humanidades y la del Instituto Indigenista Nacional.

En la colección de discursos pronunciados con tales motivos y de las "conferencias dictadas por los humanistas", aparte de algunas estridencias de escaso valor, encontrará el lector curiosos recuerdos que honran a los españoles y afirmaciones que responden a la tradicional cultura con que hemos enriquecido el Centro de América.Page 357

Las Escuelas de Misiones, fundadas desde los albores de la colonización española, han tenido su manifestación superior en las Universidades." Ya por Real Cédula de 1 2 de abril de 1503 se ordenó la fundación de escuelas para indios y españoles y el establecimiento de colegios especiales para los hijos de los caciques llamados con el tiempo a regir a los indígenas, que a partir de 1535 se organizaron en Nueva España, Guatemala, Nueva Granada, Perú y otros lugares, dotados de rentas cuantiosas.

Vienen después los colegios de jesuítas, franciscanos, agustinos y dominicos, y, en fin. Don Carlos II concede en 31 de enero de 1676, licencia para elevar el Colegio de Santo Tomás a la...

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