Introducción

AutorCarlos Luis Alfonso Mellado
Páginas13-18

Page 13

Sin duda, al estudiar los complejos problemas que plantea el ordenamiento laboral y su aplicación y, en general, el Derecho del Trabajo, existen problemas tradicionales y otros más nuevos y sobre ellos existen enfoques que pueden ser, igualmente, nuevos o tradicionales.

En ocasiones los problemas nuevos se enfocan con perspectivas o análisis que pretenden ser novedosos y que sin duda son necesarios, pero también análisis tradicionales podrían ser interesantes y aportar soluciones.

Incluso en ocasiones esas aproximaciones tradicionales pueden dar mejores resultados que otras que aparentan ser más novedosas.

Un buen ejemplo, en mi opinión, se da en el tema del correo electrónico. Muchas aproximaciones novedosas, incluso jurisprudenciales, acaban provocando serios problemas, bien de excesiva intromisión en la intimidad del trabajador o de limitación de alternativas de actuación sindical, bien de lo contrario, ofreciendo escasas posibilidades al empresario de un control racional de elementos que, en definitiva, son propiedad suya o cargándole con costes y problemas organizativos que pueden llegar a desbordar lo razonable.

Probablemente una aproximación tradicional consideraría que el correo electrónico ha venido a sustituir, en cierto modo, el tablón de anuncios, en las empresas informatizadas o con gran dispersión de trabajadores, por lo que sería sindicalmente utilizable en esas empresas en términos similares a como lo es el tablón físico -lo que finalmente se ha venido a reconocer en la doctrina constitucional-, y que, en cuanto a vehículo de comunicación, plantea idénticos problemas y soluciones que el correo tradicional, por lo que la empresa puede controlar a quién se dirige un mensaje y pedir explicaciones al trabajador al respecto, como lo podría hacer en el correo físico en soporte papel, pero no inspeccionar el contenido

Page 14

interior del correo electrónico, como tampoco podría hacerlo con el interior de una carta.

Esta solución, pese a ser una aproximación tradicional que no diferencia en atención al cambio tecnológico producido sino que atiende a la función, a la finalidad de esos nuevos medios, coincidente con la que anteriormente cumplían otros ya parcialmente obsoletos, posiblemente ofrecería, pese a su carácter "antiguo", tradicional, un buen equilibrio entre los derechos del trabajador y del empresario y una solución, en mi opinión, razonable a los problemas que plantea la utilización de un medio, sin duda novedoso, pero que en definitiva no tiene que conducir necesariamente a un cambio en la aproximación doctrinal y jurisprudencial, más allá de lo que de novedad exista en él.

Claro es, si lo anterior me parece cierto, también cabe pensar que aproximaciones tradicionales a problemas tradicionales acaban llevando a asumir acríticamente instituciones que nacieron y tuvieron sentido en otra época o situación, pero que hoy no ofrecen una solución satisfactoria y que podrían replantearse con un enfoque actualizado de las mismas, con una aproximación que las contemplase a la luz de la evolución social, económica, tecnológica, etc. y, desde luego, en atención a los cambios experimentados en las relaciones laborales.

Si se comparte cuanto digo, se verá que no es tan simple como se podría pensar diferenciar entre problemas nuevos y viejos y entre enfoques tradicionales e innovadores, sino que todas esas posibilidades se entrelazan y ofrecen soluciones interpretativas más variadas de las que a primera vista pudieran detectarse.

En este estudio se pretende utilizar esa riqueza de posibilidades para enfocar un problema relativamente tradicional, el de la motivación del recurso de suplicación y los límites que al respecto existen, especialmente por cuanto las exigencias al respecto se vinculan a la naturaleza extraordinaria de ese recurso laboral, con...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR