Extinción

AutorXavier O'Callaghan
Cargo del AutorMagistrado del Tribunal Supremo. Catedrático de Derecho Civil

Primero. Por transcurso del plazo. Es la cuestión de la duración del arrendamiento rústico, dominada por el principio de la estabilidad de la relación arrendaticia. Se tratará a continuación.

Segundo. Pérdida de la finca arrendada, por caso fortuito o fuerza mayor: se extingue el arrendamiento sin derecho a indemnización; si hubo dolo o culpa por una de las partes, la otra tendrá derecho a la indemnización correspondiente.

Si la pérdida es parcial, el arrendatario puede optar entre extinguir el arrendamiento o continuar en la parte no perdida, con reducción proporcional de la renta (art. 82).

Tercero. Por incumplimiento de obligaciones del arrendatario: el arrendador podrá resolver el contrato (art. 75) por:

— Falta de pago de la renta.

— Incumplimiento de la obligación de mejorar o transformar la finca, si se hubiese pactado.

— No...

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