Elecciones y gobiernos autonómicos: datos sobre resultados electorales, investiduras presidenciales y consejos de gobierno de las comunidades autónomas

AutorMiguel Revenga Sánchez
CargoFacultad de Derecho de la Universidad de Cádiz
Páginas299-339

    Tomo el listón del 45 por ciento como barrera que sepan al Gobierno cuasimayoritario del minoritario, del trabajo de Valentine Hermán y John Pope, «Minority Government in Western Democracies», Bristish journal of political science 3(1973), pp. 191 ss.

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Las páginas que siguen ofrecen un acopio de datos cuyo nexo unificador es, para Cada Comunidad Autónoma, el proceso que desemboca en la formación del órgano ejecutivo correspondiente. La publicación conjunta de tales datos no persigue otro objetivo que el de intentar paliar, en lo posible, el carácter disperso de las fuentes de información relativas a un aspecto tan fundamental del funcionamiento del parlamentarismo autonómico como el de la formación de los Consejos de Gobierno. Consecuencia de tal dispersión es que la obtención de cualquier dato sobre el subsistema político de las Comunidades Autónomas obliga al estudioso a emprender una penosa tarea de búsqueda de fuentes que a menudo sólo culmina con éxito previa consulta con las propias instituciones y órganos interesados. Sin perjuicio de que en una posterior entrega completemos la información aquí incluida, recogiendo aspectos tales como la estructura de los Gobiernos y el número de remodelaciones gubernamentales, nos centramos por el momento en los resultados electorales, la investidura parlamentaria de los presidentes de las Comunidades Autónomas y los criterios generales seguidos por éstos para la designación de consejeros, todo ello tomando como término temporal de referencia el período comprendido entre la celebración de las primeras elecciones autonómicas y el mes de septiembre de 1987. Respecto a la composición de los Gobiernos, nos ha parecido oportuno llamar la atención sobre una doble circunstancia: la presencia ocasional de técnicos independientes sin adscripción partidista y el bajo porcentaje de casos en los que se acumula la condición de miembro del Consejo de Gobierno y el acta parlamentaria. Junto a estos datos, en lo que se refiere a los Parlamentos surgidos de las elecciones autonómicas de junio de 1987, incluimos también la adscripción política del presidente y demás miembros de sus respectivas mesas, al objeto de resaltar un aspecto, a menudo olvidado, de la dinámica negociadora que se ha producido tras dichas elecciones.

La caracterización de los Gobiernos se ha realizado (conforme a criterios mayori-tariamente aceptados en la doctrina) atendiendo al número de escaños de que dispone la fuerza política encargada de formarlo. Calificamos de mayoritario al Consejo cuyo grupo parlamentario de apoyo ostenta la mayoría absoluta de los escaños; de cuasima-yoritario, al que, sin alcanzar la mayoría absoluta, dispone del 45 por cien o más de los escaños; y de minoritario, al que queda por debajo de dicho porcentaje. Y ello con independencia del porcentaje de voto parlamentario favorable al candidato en el mo-Page 300mentó de la investidura, pues el eventual otorgamiento de la confianza procedente de fuerzas políticas distintas a la del propio candidato no ha significado, por regla general, la instauración de un contrato de legislatura o compromiso permanente de apoyo. Cuestión distinta es que, en el curso de la legislatura, se haya producido la integración formal en el Consejo de Gobierno de representantes de fuerzas afínes. Así ocurrió, por ejemplo, en el caso del Gobierno formado por Gerardo Fernández Albor en enero de 1982, originariamente minoritario, pero convertido en mayoritario tras la absorción por CP, en 1983, de los miembros de la exringuida UCD. Debo hacer la salvedad de que los datos de los Consejos de Gobierno se refieren al momento originario de su formación, por lo que pueden existir discordancias enrre tales datos y la composición actual de los Consejos.

Para los resulrados electorales, mientras no se indica otra cosa, se han utilizado datos del Ministerio del Interior, y sólo he incluido a las fuerzas políticas con representación parlamentaria; para los votos de investidura, los correspondientes Diarios de Sesiones. Finalmente, para la composición de los Consejos, además de la información facilitada por los correspondientes organismos de la Administración autonómica, he utilizado como fuente principal de referencia las guías Quién manda en España (Madrid, Agencia Seis S.A., 1984 y 1985) y los diferentes anuarios de El País, aunque procurando verificar la exactitud de los daros allí incluidos. Deseo dejar constancia, por último, de mi agradecimiento a Florencio Sousa, que me ha ayudado en la elaboración de los cuadros. La misma deuda de gratitud tengo contraída con cuantos letrados de los Parlamentos autonómicos han respondido con prontitud y eficacia a mis demandas de documentación e informaciones adicionales. Aún a riesgo de incurrir en algún olvido, no puedo dejar de mencionar los nombres de Lluís Aguiló, Ana Argos, Jesús Arroyo, Ignacio Astarloa, Mariano Calvo, José Cólera, Eugenio de Santos, José Antonio García Hernández, Manuel Jiménez Abad, Marián Latorre, Antonio Lliteras, Ismael Pitarch, Mattín Razquín, José Tuñón y Aureliano Yanes.

[ VEA LAS TABLAS EN EL PDF ADJUNTO ]

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