Derecho a la información vs derecho a la privacidad

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Un juzgado de Valencia ha dictado un auto que establece un precedente de enorme trascendencia en el ámbito audiovisual, al señalar que es perfectamente legítima la utilización de cámaras ocultas en el periodismo de investigación, en el que prima el derecho ciudadano a recibir información sobre la intimidad de quienes están cometiendo un delito.

El titular del Juzgado de Instrucción número 14 de Valencia ha dado la razón al programa de televisión PVP, producido por EL MUNDO TV para Canal 9, en unas diligencias previas abiertas por una denuncia por un presunto delito de descubrimiento y revelación de secretos, interpuesta por una curandera que fue grabada con cámara oculta.

El magistrado Félix Blázquez Calzada considera que Canal 9 cumple con su misión de servicio público emitiendo un programa como PVP y estima que el trabajo de los reporteros de EL MUNDO TV es veraz y responde al deber de informar y al derecho ciudadano a recibir información.

La curandera Ana Codinach Fonfrío denunció a PVP por un presunto delito de descubrimiento y revelación de secretos después de que dos periodistas, provistos de cámaras ocultas, se presentaran en su consulta planteando que uno de ellos era portador del sida y preguntando si ella podía curarle. Ana Codinach le garantizó que podía contener la enfermedad y, posteriormente, en directo en el plató, trató de rectificar.

El letrado de PVP planteó como argumento fundamental de la defensa la primacía del derecho de todos los ciudadanos a ser informados. El magistrado Félix Blázquez, en su auto de archivo de las diligencias, dice que 'en modo alguno existe descubrimiento ni revelación de secretos, ya que los métodos que pueda utilizar Ana Codinach no pueden considerarse secretos; así pues, su revelación y descubrimiento no puede afectar nunca a su vida íntima'.

El magistrado establece que 'el derecho de información debe primar sobre los derechos personales, ya que el público tiene el derecho y el deber a ser informado verazmente, y tales informaciones son necesarias para abrir los ojos al público, ya que pueden ser sujetos de fraudes, que es, en definitiva, lo que persigue PVP'.

El fallo asegura que es 'consustancial' al reportaje el 'carácter oculto en el que se mantiene la cámara', pues de otra manera se perdería la espontaneidad del interlocutor. A mayor abundamiento, ante el argumento de la demandante, que alegó que el reportaje había perjudicado a su negocio, el fallo sostiene que la 'pérdida de clientes no...

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