Decisiones y Sentencias

AutorCMS Albiñana & Suárez de Lezo
Autorizada con condiciones la adquisición de Salomon por Amer Group

El pasado 13 de octubre, la Comisión autorizó con condiciones la adquisición por Amer Group - fabricante finlandés de equipamientos para deportes de invierno - del negocio Salomon del grupo alemán Adidas. El análisis de la Comisión mostró que la operación podría reducir significativamente la competencia en el mercado de esquís para campo a través, particularmente en Austria, Alemania y Francia, toda vez que Salomon tiene un estrecho acuerdo de cooperación con Fischer, líder mundial en este mercado y principal competidor de Amer en dichos países, que de extenderse a Amer podría dar lugar a la coordinación de comportamientos entre ambos fabricantes. Sin embargo, los compromisos ofrecidos por las partes han eliminado las reticencias de la Comisión. Así, se reducirá significativamente el ámbito de la cooperación entre Fischer y Salomon, eliminando los elementos del mismo que facilitan la coordinación de las estrategias comerciales de las partes así como las cláusulas que limitan la independencia de comportamiento de Fischer.

Autorizada la adquisición de MCI por Verizon

El pasado 7 de octubre, la Comisión autorizó la adquisición del operador de telecomunicaciones estadounidense MCI por Verizon. La Comisión analizó la incidencia de la operación en los mercados de servicios globales de acceso a Internet, servicios globales de telecomunicación y servicios de telefonía internacional. En cuanto a los servicios globales de acceso de Internet, concluye que el solapamiento entre las actividades de las partes es muy limitado y que las partes seguirán afrontando una fuerte competencia. Y por lo que se refiere a los efectos verticales que resulten de la adición de las actividades de Verizon en el bucle local en diversas áreas de Estados Unidos con las actividades "aguas arriba" de servicios globales de telecomunicaciones y de telefonía internacional, la Comisión considera que la transacción no afectará a la capacidad de los competidores para prestar tales servicios.

El TPI anula la decisión de la Comisión en el cártel de las vitaminas en lo referente a Sumitomo y Sumika

El pasado 6 de octubre, el TPI acogió el recurso formulado por los laboratorios Sumitomo y Sumika contra la decisión de la Comisión mediante la que declaraba su participación, junto con otras empresas, en el cártel de las vitaminas. En lo que respecta a las recurrentes, la Comisión se había limitado a declarar su participación en el cártel sin imponerles multa, ya que la infracción había prescrito. Ahora, las recurrentes cuestionaban ante el TPI la competencia de la Comisión para declarar la existencia de una infracción más de siete años después del cese de su participación en el cártel. El TPI ha entendido que, si bien la prescripción establecida en el Reglamento 2988/74 impide a la Comisión imponer sanciones por infracciones prescritas, ello no implica que la Comisión no pueda declarar la existencia de infracción siempre que demuestre la concurrencia de un interés legítimo en dicha declaración (por ejemplo, la conveniencia de desincentivar reincidencias o permitir a los perjudicados reclamar daños y perjuicios en los tribunales nacionales en la medida en que lo permitan las normas sobre prescripción de los Estados miembros). Según ha entendido el TPI, la Comisión no acreditó suficientemente la existencia de dicho interés legítimo en este caso, por lo que ha procedido a anular la decisión en lo relativo a las empresas recurrentes.

Multa a Peugeot por obstaculizar las exportaciones de automóviles nuevos

Mediante decisión de 5 de octubre, la Comisión impuso una multa de 49,5 millones de euros a Peugeot por haber obstaculizado...

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