Crònica legislativa de Navarra. Primer semestre de 2017

AutorMaría del Carmen Bolaño Piñeiro
CargoProfesora de derecho administrativo en la UPV/EHU
Páginas237-242
CRÓNICA LEGISLATIVA DE NAVARRA
Primer semestre de 2017
María del Carmen Bolaño Piñeiro*
Resumen
La crónica recoge las novedades normativas en materia lingüística en la Comunidad Foral de Navarra aprobadas entre
enero y junio de 2017. En este periodo se han aprobado algunas modicaciones referidas a la estructura orgánica del
Departamento de Educación, se han creado plazas que requieren el conocimiento del euskera y se han convocado
sendas ayudas para la utilización del euskera en los medios de comunicación y para la realización de actividades de
normalización de la lengua vasca por asociaciones sin ánimo de lucro. Asimismo, se han aprobado algunas reformas
puntuales respecto de la Ley Foral 9/2017, del Vascuence. El Gobierno de Navarra también ha aprobado el I Plan
Estratégico del Euskera (2016-2019) en la Comunidad Foral.
Palabras clave: Navarra, derecho lingüístico, euskera.
LEGISLATIVE REPORTS ON NAVARRE
Abstract
The text includes new regulations that affect the uses, the linguistic rights and the legal system of the language in
Navarre passed during the rst half of the year (between January and June 2017).
Keywords: Navarre, linguistic law, Basque language.
* María del Carmen Bolaño Piñeiro, profesora de derecho administrativo en la UPV/EHU, mariadelcarmen.bolano@ehu.eus.
Citación recomendada: Bolaño Piñeiro, M. del Carmen. «Crónica legislativa de Navarra. Primer semestre de 2017». Revista de
Llengua i Dret, Journal of Language and Law, núm. 68, 2017, p. 237-242. DOI: 10.2436/rld.i68.2017.3029.
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Sumario
1 Introducción
2 Legislación
2.1 Modicaciones a la Ley Foral 18/1986, del Vascuence
2.2 I Plan Estratégico del Euskera (2016-2019)
2.3 Ayudas para el uso y el fomento del euskera
2.3.1 Ayudas para el uso del euskera en diferentes medios de comunicación
2.3.2 Actividades y programas para el fomento del euskera llevados a cabo por asociaciones sin ánimo
de lucro
2.4 Modicaciones en el Departamento de Educación de la Comunidad Foral
2.5 Conocimiento de euskera en nuevas plazas de funcionario
María del Carmen Bolaño Piñeiro
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1 Introducción
Entre enero y junio del 2017, como es costumbre, no son abundantes las novedades normativas en materia
lingüística en la Comunidad Foral de Navarra. Solo una norma con rango de ley ha sido modicada, en
concreto la Ley Foral 18/1986, del Vascuence, y únicamente lo ha sido en cuestiones muy puntuales.
En lo que se reere a las normas reglamentarias, estas se han centrado en la modicación de la plantilla
orgánica del Departamento de Educación de la Comunidad Foral. Asimismo, se han creado varias plazas de
funcionario con conocimiento de euskera como requisito preceptivo. En lo que se reere a las ayudas para
la promoción del euskera, se han publicado las correspondientes para el uso del euskera en diversos medios
de comunicación, así como las dirigidas al fomento del euskera mediante actividades y programas llevados
a cabo por asociaciones sin ánimo de lucro. Como novedad cabe destacar la aprobación por el Gobierno de
Navarra del I Plan Estratégico del Euskera (2016-2019) en la Comunidad Foral. Finalmente, debe señalarse
que en este periodo no se han dictado sentencias que diluciden cuestiones relativas a la materia lingüística
en Navarra.
2 Legislación
2.1 Modicaciones a la Ley Foral 18/1986, del Vascuence
La mayor novedad normativa de este periodo se produce con la modicación de la norma sobre la que gravita
la regulación del euskera en la Comunidad Foral: la Ley Foral 18/1986, del Vascuence. No se trata de una
reforma integral, ni mucho menos, sino de tres modicaciones puntuales llevadas a cabo por la Ley Foral
9/2017, de 27 de junio, por la que se modica el título y el articulado de la Ley Foral 18/1986, de 15 de
diciembre, del Vascuence.
Por un lado, se amplía la zona vascófona a un municipio y se añaden cuarenta y cuatro municipios a la zona
mixta que anteriormente se encontraban en la zona no vascófona.1 Las razones de estos cambios radican en
la evolución de la realidad lingüística del territorio navarro.2 Por otro lado, se sustituye la denominación
«vascuence» por la de «euskera», tanto en el título de la norma como en el resto del articulado. En coherencia
con ello, se establece que las normas que desarrollen dicha Ley Foral deberán utilizar la nueva denominación.3
El cambio de denominación se debe al mayor uso de la palabra «euskera» para denominar la lengua autóctona,
tanto por las instituciones locales e internacionales, como por la sociedad navarra.4 Finalmente, se otorga de
forma expresa competencia a las entidades locales para regular y fomentar el euskera con independencia de
la zona lingüística en la que se encuentren.5 Esta previsión se incluye para evitar que dicha potestad pueda
verse impedida por interpretaciones restrictivas de la norma.6
1 El municipio que se añade a la zona vascófona es Atez/Atetz. La zona mixta queda formada por los siguientes términos municipales:
“Abáigar, Abárzuza/Abartzuza, Adiós, Aibar/Oibar, Allín/Allin, Améscoa Baja, Ancín/Antzin, Ansoáin/Antsoain, Añorbe, Aoiz/
Agoitz, Aranarache/Aranaratxe, Aranguren, Arce/Artzi, Arellano, Artazu, Barañáin/Barañain, Bargota, Belascoáin, Beriáin,
Berrioplano/Berriobeiti, Berriozar, Bidaurreta, Biurrun-Olcoz, Burgui/Burgi, Burlada/Burlata, Cabredo, Cendea de Olza, Cirauqui/
Zirauki, Ciriza/Ziritza, Cizur, Dicastillo, Echarri/Etxarri, Enériz/Eneritz, Etxauri, Eulate, Ezcároz/Ezkaroze, Esparza de Salazar/
Espartza Zaraitzu, Estella/Lizarra, Ezcabarte, Galar, Gallués/Galoze, Garde, Garínoain, Goñi, Güesa/Gorza, Guesálaz/Gesalatz,
Huarte/Uharte, lsaba/Izaba, Iza/Itza, lzagaondoa, lzalzu/Itzaltzu, Jaurrieta, Juslapeña, Larraona, Leoz/Leotz, Lerga, Lezáun, Lizoáin-
Arriasgoiti, Lónguida/Longida, Mendigorría, Metauten, Mirafuentes, Murieta, Nazar, Obanos, Ochagavía/Otsagabia, Odieta,
Oláibar, Olite/Erriberri, Orkoien, Oronz/Orontze, Oroz-Betelu/Orotz-Betelu, Oteiza, Pamplona/Iruña, Puente la Reina, Pueyo,
Roncal/Erronkari, Salinas de Oro/Jaitz, Sangüesa, Sarriés/Sartze, Tafalla, Tiebas-Muruarte de Reta, Tirapu, Unzué/Untzue, Ujué/
Uxue, Urraúl Bajo, Urroz Villa, Urzainqui/Urzainki, Uztárroz/Uztarroze, Valle de Egüés/Eguesibar, Valle de Ollo/Ollaran, Valle de
Yerri/Deierri, Vidángoz/Bidankoze, Villava/Atarrabia, Villatuerta, Zabalza/Zabaltza, Zizur Mayor y Zúñiga”. Finalmente se añade
que la zona mixta “podrá ser ampliada automáticamente al municipio de Noáin (Valle de Elorz)/Noain (Elortzibar), siempre que así
lo acuerde previamente, por mayoría absoluta, el pleno municipal de su corporación, debiendo ser publicado dicho acuerdo en el
Boletín Ocial de Navarra para que tenga plena efectividad”. Véanse los artículos 2 y 3 de la Ley Foral 9/2017.
2 Véase el preámbulo, párrafos 2, 3 y 4 Ley Foral 9/2017.
3 Art. 5 Ley Foral 9/2017, en relación con la Disposición adicional tercera de la Ley Foral 18/1986.
4 Véase el preámbulo, párrafo 5 Ley Foral 9/2017.
6 Véase el preámbulo, párrafo 6 Ley Foral 9/2017.
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2.2 I Plan Estratégico del Euskera (2016-2019)
El 25 de enero de 2017 el Gobierno de Navarra aprobó el I Plan Estratégico del Euskera (2016-2019) en la
Comunidad Foral. El Plan ha sido elaborado por Euskarabidea-Instituto Navarro del Euskera y refrendado
por el Consejo Navarro del Euskera. Este Plan incluye un prólogo y se estructura en siete apartados. El
primero describe el proceso de elaboración del Plan. El segundo apartado señala la situación del euskera en
Navarra, y en los apartados tercero y cuarto establece las líneas de la nueva política hacia el euskera en la
Comunidad Foral para el periodo 2016-2019. En los apartados cinco, seis y siete se recoge el seguimiento y
la evaluación de las políticas lingüísticas referidas al euskera, una memoria económica y un anexo en el que
se señalan los agentes participantes en las mesas técnicas para la elaboración del Plan.
Teniendo en cuenta la naturaleza de esta crónica no se va a dar una descripción detallada del documento,
sino que tan solo se van a destacar unas pocas previsiones o datos. Empezando por estos últimos, son
bastante alarmantes los datos demolingüísticos que se recogen, ya que el Plan señala que un 76,7% de la
población navarra no sabe nada de euskera y apenas un 13% es vascohablante. De ahí surge, principalmente,
la necesidad de establecer una estrategia política clara para mejorar la situación de la lengua nativa. En
cuanto a las previsiones del Plan, los ejes estratégicos en los que este pretende apoyarse son, principalmente,
el fomento del uso social del euskera, bien sea en la calle o en las redes sociales, mediante la implicación de
los servicios públicos y de otros agentes sectoriales, como asociaciones o federaciones, así como el cambio
del marco legal lingüístico. De hecho, la Ley Foral 18/1986, del Vascuence se señala en el Plan como uno de
los obstáculos que impiden la evolución del euskera en la Comunidad Foral.
Del análisis demográco de Navarra se recoge como dato importante la necesidad de dar acceso al
conocimiento de la lengua a todos los sectores de la población navarra, haciendo especial referencia a las
personas que no han nacido en la Comunidad Foral, ya sean estas extranjeras o de otra parte del Estado.
En cuando a los datos económicos, la memoria valora en algo más de tres millones de euros el coste de las
medidas a llevar a cabo en aplicación del plan en el año 2017, presupuesto que está asignado a Euskarabidea-
Instituto Navarro del Euskera en el Presupuesto General para el año 2017. Algunas de esas medidas van a
consistir en la convocatoria de ayudas para el fomento del euskera y, precisamente en el periodo que abarca
esta crónica, se han publicado dos de ellas que a continuación se detallan.
2.3 Ayudas para el uso y el fomento del euskera
Dos son las convocatorias de ayudas al fomento del euskera que se han publicado en el periodo de recopilación
de esta crónica. Se han aprobado, por un lado, las ayudas para el uso del euskera en diferentes medios de
comunicación y, por otro, las dirigidas a subvencionar actividades y programas para el fomento del euskera
llevados a cabo por asociaciones sin ánimo de lucro.
2.3.1 Ayudas para el uso del euskera en diferentes medios de comunicación
Al igual que en el año anterior,7 en mayo se publicó la convocatoria para fomentar la presencia del euskera en
los medios de comunicación, en aplicación y desarrollo del artículo 27 la Ley Foral 18/1986 del Vascuence.
Estas ayudas también se enmarcarían dentro del cuarto objetivo especíco del I Plan Estratégico del Euskera
2016-2019,8 si bien estas convocatorias llevan publicándose desde el año 1997 con algunas interrupciones. La
convocatoria y sus bases se aprobaron por medio de la Orden Foral 10E/2017, de 10 de mayo, de la Consejera
del Departamento de Relaciones Ciudadanas e Institucionales, por la que se aprueba la convocatoria de la
subvención “Idatzizko prentsan, irratietan eta on line hedabideetan euskara erabiltzeko laguntzen deialdia /
Convocatoria de ayudas para la utilización del euskera en prensa escrita, radios y medios de comunicación
on-line”, con una dotación presupuestaria de 580.000 €.9
Las bases de la convocatoria se establecen en el Anexo I de la Orden Foral y se establece que estas ayudas
podrán solicitarlas los titulares de medios de comunicación con difusión en Navarra, pudiendo ser estos
7 Véase la crónica Bolaño Piñeiro, M. del Carmen. «Crónica legislativa de Navarra. Primer semestre de 2016», Revista de Llengua
i Dret, Journal of Language and Law, núm. 66, 2016, p. 307-313 (p.310).
8 I Plan Estratégico del Euskera 2016-2019 aprobado por el Gobierno de Navarra el 25 de enero de 2007 y que no ha sido publicado
en el BON.
9 Nótese que la dotación presupuestaria es de casi el doble respecto de la anterior convocatoria, dotada de 290.000 €.
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medios de prensa escrita, radio o medios de comunicación on-line. Asimismo, las bases prevén: las diferentes
modalidades de subvención, la cuantía de las ayudas según el tipo de medio de comunicación, los medios
excluidos, el ámbito temporal que cubren las ayudas –del 1 de noviembre de 2016 al 31 de octubre de 2017−,
el procedimiento de solicitud y los criterios y forma de valoración, entre otros extremos. Asimismo, se prevé
una partida especíca para revistas locales que utilicen el euskera en un ámbito territorial de la zona mixta
y/o no vascófona como incentivo para promocionar el euskera en estas zonas de la Comunidad Foral.10
2.3.2 Actividades y programas para el fomento del euskera llevados a cabo por asociaciones sin
ánimo de lucro
En este periodo se aprobó la Orden Foral 11E/2017, de 10 de mayo, de la Consejera del Departamento de
Relaciones Ciudadanas e Institucionales, por la que se aprueba la convocatoria de la subvención “Irabazi
asmorik gabeko elkarteek euskara sustatzeko jarduera eta programak egiteko laguntzen deialdia/Convocatoria
de ayudas a asociaciones sin ánimo de lucro para la realización de programas y actividades de fomento del
euskera”, con una dotación de 250.000 €.
Estas ayudas van dirigidas a las entidades privadas sin ánimo de lucro para nanciar los programas y
actividades de sensibilización sobre el euskera que lleven a cabo durante los meses de diciembre de 2016 a
octubre de 2017.11 De estas ayudas quedan excluidas las entidades públicas y las actividades subvencionables
son todas aquellas que ayuden a aumentar la presencia y el uso de la lengua autóctona, principalmente entre
la juventud. Estas actividades abarcan desde cursos de formación para monitores, educadores y entrenadores,
campañas de promoción del euskera, actuaciones de bertsolaris, hasta la celebración de efemérides, entre
otras muchas. También se recoge un listado de actividades excluidas, como aquellas que sean competencia del
Gobierno de Navarra, las actividades organizadas por las asociaciones de padres y madres o las traducciones.12
Asimismo, la norma recoge, entre otras cuestiones, el procedimiento de solicitud, los criterios de valoración
y las obligaciones de los beneciarios.
2.4 Modicaciones en el Departamento de Educación de la Comunidad Foral
El Decreto Foral 5/2017, de 11 de enero, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento
de Educación, atribuye a diferentes entidades del mismo funciones relativas al euskera. En concreto, la
Dirección General de Educación, el Servicio de Multilingüismo y Enseñanzas Artísticas y la Sección de
Euskera tienen competencias en materia lingüística relacionadas con el euskera.
Por un lado, a la Dirección General de Educación le corresponde la “programación de las enseñanzas de
lenguas propias, castellano y euskera, y extranjeras, en el marco de un tratamiento integrado de las lenguas”.13
Por otro, al Servicio de Multilingüismo y Enseñanzas Artísticas se le encomienda: 1) la planicación de la
enseñanza del euskera en los niveles referidos a su ámbito; 2) la elaboración, actualización y estudio de los
contenidos curriculares del euskera; 3) la elaboración y difusión de materiales didácticos complementarios
para la enseñanza del euskera en la educación infantil, primaria y secundaria; 4) la tramitación de los títulos
de aptitud o de capacitación para la enseñanza del euskera y la realización de pruebas para su obtención; 5)
la planicación y realización de los cursos de perfeccionamiento del profesorado de euskera que imparte
docencia en esta lengua; 6) la gestión del Centro de recursos para la enseñanza de la lengua vasca-EIBZ; y
7) la elaboración, actualización y estudios de los contenidos curriculares y de las modalidades de enseñanza
del euskera a personas adultas.14
Finalmente, a la Sección de Euskera le corresponde: 1) la propuesta de regulación normativa de los modelos
lingüísticos en euskera y que incorporan el euskera; 2) la elaboración de informes, estudios y propuestas
sobre el desarrollo curricular de la enseñanza del euskera; 3) la propuesta de la elaboración y adquisición
de materiales didácticos para la enseñanza del euskera; 4) la planicación de actividades formativas en
euskera dirigidas al profesorado en colaboración con otros Servicios de la Dirección General; 5) la propuesta
10 Base 4.6 Orden Foral 10E/2017.
11 Anexo I, Bases primera y tercera Orden Foral 11E/2017.
12 Anexo I, Base cuarta Orden Foral 11E/2017.
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de aprobación del Plan Anual de Trabajo, la Memoria de n de curso y el Documento de Organización del
Centro de Recursos para la enseñanza del euskera-EIBZ así como su seguimiento; 6) la propuesta de la
planicación de las actividades educativas complementarias y extraescolares de apoyo lingüístico, así como
las estrategias para su integración en los planes educativos de los centros escolares; 7) la propuesta de la
rma de convenios con entidades públicas o de iniciativa social que realicen actividades de uso del euskera
en el ámbito escolar; 8) la elaboración y propuesta de criterios de elaboración y ejecución de las pruebas
conducentes a la obtención del Certicado de Aptitud en el conocimiento del Euskara (EGA) del Gobierno
de Navarra y la propuesta de equivalencias y homologaciones del mismo; 9) la propuesta de currículo y
modalidades de enseñanza del euskera a personas adultas y los materiales adecuados, en colaboración con
otros Servicios del Gobierno; 10) la planicación y seguimiento del Euskaltegi Público Zubiarte de enseñanza
de euskera a adultos; 11) la instrucción de los expedientes administrativos correspondientes a las materias
que tiene atribuidas; y 12) cualesquiera otras que se le encomienden dentro de su ámbito de gestión, para el
adecuado cumplimiento de sus nes.15
2.5 Conocimiento de euskera en nuevas plazas de funcionario
En el Decreto Foral 37/2017, de 24 de mayo, por el que se modica la Plantilla Orgánica de la Administración
de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, se establece el requisito de conocimiento
de euskera con nivel 3 en puestos de nueva creación. Así, se crean cuatro plazas del Organismo Autónomo
Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas del Departamento de Derechos Sociales, con
efectos del día 1 de septiembre de 2017, con requisito de conocimiento con nivel 3 de euskera.16
16 Artículo 2 y 4 Decreto Foral 37/2017.

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