Cooperación en materia de conflictos de jurisdicciones sobre derecho de familia y sucesiones en la U. E. y la AELC.(III)

AutorJosé Alberto Coloma Chicot
CargoDoctor en Derecho - Profesor de Derecho Civil (UOC)
Páginasvlex

III ESTUDIO DE LOS CONVENIOS SOBRE COMPETENCIA JUDICIAL Y RECONOCIMIENTO Y EJECUCION DE SENTENCIAS EN VIGOR ENTRE LOS ESTADOS CEE-AELE.

  1. Delimitación de los convenios objeto de estudio.

    La entrada en vigor de los convenios de Bruselas de 27 de septiembre de 1968 y de Lugano de 16 de septiembre de 1988, no ha supuesto ni por si misma supondrá el fin del entramado de convenios que sobre competencia judicial y/o reconocimiento y ejecución de sentencias estaban en vigor entre los estados CEE-AELE en aquel momento. Por el contrario, como indican los artículos 56(32) de ambas normas, los tratados y convenios a los que hace alusión el Art. 55, continuarán aplicándose en aquellas materias no comprendidas en su ámbito de aplicación.

    Aquellos convenios son los siguientes:

    CONVENIO DE BRUSELAS

    1 B-El Convenio entre Bélgica y Francia sobre competencia judicial y sobre valor y ejecución de las resoluciones judiciales, laudos arbitrales y documentos públicos con fuerza ejecutiva firmado en París el 8 de julio de 1899.

    2 B-El Convenio entre Bélgica y los Países Bajos sobre competencia judicial territorial, quiebras y sobre valor y ejecución de resoluciones judiciales, laudos arbitrales, y documentos públicos con fuerza ejecutiva, firmado en Bruselas el 28 de marzo de 1925.

    3 B-El Convenio entre Francia e Italia sobre ejecución de sentencias en materia civil y mercantil, firmado Roma el 3 de junio de 1930.

    4 B-El Convenio entre el Reino Unido y Francia sobre ejecución recíproca de sentencias en materia civil y mercantil, acompañado de un protocolo firmado en París el 18 de Enero de 1934.

    5 B-El Convenio entre el Reino Unido y Bélgica sobre la ejecución recíproca de sentencias en materia civil y mercantil, acompañado de un protocolo, firmado en Bruselas el 2 de mayo de 1934.

    6 B-Convenio entre Alemania e Italia sobre reconocimiento y ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, firmado en Roma el 19 de marzo de 1936.

    7 B-El Convenio entre la República Federal de Alemania y el Reino de Bélgica relativo al reconocimiento y ejecución recíprocos en materia civil y mercantil de las resoluciones judiciales, laudos arbitrales, y documentos públicos con fuerza ejecutiva, firmado en Bonn el 30 de junio de 1958.

    8 B-El Convenio entre el Reino de los Países Bajos y la República Italiana sobre reconocimiento y ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, firmado en Roma el 17 de abril de 1959.

    9 B-El Convenio entre el Reino Unido y la República Federal de Alemania sobre el reconocimiento y la ejecución recíprocos de sentencias en materia civil y mercantil, firmado en Bonn el 14 de julio de 1960.

    10 B-El Convenio entre el Reino de Grecia y la República Federal de Alemania relativo al reconocimiento y ejecución recíprocos de resoluciones judiciales, transacciones judiciales y documentos públicos con fuerza ejecutiva en materia civil y mercantil, firmado en Atenas el 4 de noviembre de 1961.

    11 B-El Convenio entre el Reino de Bélgica y la República Italiana relativo al reconocimiento y ejecución de resoluciones judiciales y otros títulos ejecutivos en materia civil y mercantil, firmado en Roma el 6 de Abril de 1962.

    12 B-El Convenio entre el Reino de los Países Bajos y la República Federal de Alemania sobre reconocimiento y ejecución mutuos de resoluciones judiciales y otros títulos ejecutivos en materia civil y mercantil, firmado en La Haya el 30 de agosto de 1962.

    13 B-El Convenio entre el Reino Unido y la República Italiana sobre el reconocimiento y ejecución recíprocos de sentencias en materia civil y mercantil, firmado en Roma el 7 de febrero de 1964.

    14 B-El Convenio entre el Reino Unido y el Reino de los Países Bajos sobre el reconocimiento y la ejecución recíprocos de sentencias en materia civil, firmado en La Haya el 17 de noviembre de 1967.

    15 B-El Convenio entre España y Francia sobre reconocimiento de decisiones judiciales y arbitrales y actas auténticas en materia civil y mercantil, firmado en París el 28 de mayo de 1969.

    16 B-El Convenio entre España e Italia sobre asistencia judicial y reconocimiento y ejecución de sentencias en materia civil y mercantil, firmado en Madrid el 22 de Mayo de 1973.

    17 B-El Convenio entre España y la República Federal de Alemania sobre reconocimiento y ejecución de resoluciones judiciales, transacciones judiciales y documentos públicos con fuerza ejecutiva en materia civil y mercantil, firmado en Bonn el 14 de noviembre de 1983.

    18 B-El Tratado entre Bélgica, los Países Bajos y Luxemburgo sobre competencia judicial, quiebra y valor y ejecución de resoluciones judiciales, laudos arbitrales y documentos públicos con fuerza ejecutiva firmado en Bruselas el 24 de noviembre de 1961.(En la medida en que llegare a entrar en vigor).

    CONVENIO DE LUGANO

    1 L-El Convenio entre la Confederación Suiza y Francia sobre competencia judicial y ejecución de sentencias en materia civil, firmado en París el 15 de junio de 1869.

    2 L-El Tratado entre la Confederación Suiza y España sobre ejecución recíproca de las sentencias definitivas o firmes en materia civil y mercantil, firmado en Madrid el 19 de noviembre de 1896.

    3 L-El Convenio entre la Confederación Suiza y el Reich Alemán relativo al reconocimiento y ejecución de resoluciones judiciales y laudos arbitrales, firmado en Berna el 2 de noviembre de 1929.

    4 L-El Convenio entre Dinamarca, Finlandia, Islandia, Noruega y Suecia sobre reconocimiento y ejecución de sentencias, firmado en Copenhague el 16 de marzo de 1932.

    5 L-El Convenio entre la Confederación Suiza e Italia sobre el reconocimiento y ejecución de resoluciones judiciales, firmado en Roma el 3 de enero de 1933.

    6 L-El Convenio entre Suecia y la Confederación Suiza sobre el reconocimiento y ejecución de resoluciones judiciales y laudos arbitrales, firmado en Estocolmo el 15 de enero de 1936.

    7 L-El Convenio entre el Reino de Bélgica y Austria sobre reconocimiento y ejecución recíprocos de resoluciones judiciales y documentos públicos con fuerza ejecutiva en materia de obligaciones alimentarias, firmado en Viena el 25 de octubre de 1957.

    8 L-El Convenio entre la Confederación Suiza y Bélgica sobre reconocimiento y ejecución de resoluciones judiciales y laudos arbitrales firmado en Berna el 29 de abril de 1959.

    9 L-El Convenio entre la Republica Federal de Alemania y Austria sobre reconocimiento y ejecución recíprocos de las resoluciones y las transacciones judiciales, y de los documentos públicos con fuerza ejecutiva en materia civil y mercantil firmado en Viena el 6 de junio de 1959.

    10 L-El Convenio entre El Reino de Bélgica y Austria sobre reconocimiento y ejecución recíprocos de resoluciones judiciales, laudos arbitrales y documentos públicos con fuerza ejecutiva en materia civil y mercantil firmado en Viena el 16 de junio de 1959.

    11 L- El Convenio entre Austria y la Confederación Suiza sobre reconocimiento y ejecución de resoluciones judiciales, firmado en Berna el 16 de diciembre de 1960.

    12 L-El Convenio entre Noruega y el Reino Unido sobre reconocimiento recíproco y ejecución de sentencias en materia civil, firmado en Londres el 12 de junio de 1961.

    13 L-El Convenio entre El Reino Unido y Austria sobre reconocimiento y ejecución recíprocos de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, firmado en Viena el 14 de julio de 1961, acompañado de un protocolo firmado en Londres el 6 de marzo de 1970.

    14 L-El Convenio entre el Reino de los Países Bajos y Austria sobre reconocimiento y ejecución recíprocos de resoluciones judiciales y documentos públicos con fuerza ejecutiva en materia civil y mercantil, firmado en La Haya el 6 de febrero de 1963.

    15 L-El Convenio entre Francia y Austria sobre reconocimiento y ejecución de resoluciones judiciales y documentos públicos con fuerza ejecutiva en materia civil y mercantil, firmado en Viena el 15 de julio de 1966.

    16 L-El Convenio entre Luxemburgo y Austria sobre reconocimiento y ejecución de resoluciones judiciales y documentos públicos con fuerza ejecutiva en materia civil y mercantil firmado en Luxemburgo el 29 de julio de 1971.

    17 L-El Convenio entre Italia y Austria sobre reconocimiento y ejecución recíprocos de resoluciones y transacciones judiciales y de documentos públicos con fuerza ejecutiva en materia civil y mercantil, firmado en Roma el 16 de noviembre de 1971.

    18 L-El Convenio entre Noruega y la República Federal de Alemania sobre reconocimiento y ejecución de sentencias y documentos ejecutivos en materia civil y mercantil, firmado en Oslo el 17 de junio de 1977.

    19 L-El convenio entre Dinamarca, Finlandia, Islandia, Noruega y Suecia sobre reconocimiento y ejecución de Sentencias en materia civil, firmado en Copenhague el 11 de octubre de 1977.

    20 L-El Convenio entre Austria y Suecia sobre reconocimiento y ejecución de sentencias en materia civil, firmado en Estocolmo el 16 de septiembre de 1982.

    21 L-El convenio entre Austria y España sobre reconocimiento y ejecución recíprocos de resoluciones y transacciones judiciales y documentos públicos con fuerza ejecutiva en materia civil y mercantil, firmado en Viena el 17 de febrero de 1984.

    22 L-El convenio entre Noruega y Austria sobre reconocimiento y ejecución de sentencias en materia civil, firmado en Viena el 21 de mayo de 1984.

    23 L-Convenio entre Finlandia y Austria sobre reconocimiento y ejecución de sentencias en materia civil, firmado en Viena el 17 de noviembre de 1986.

    Sin dudar de la exhaustividad de la anterior relación, entendemos que si queremos realizar un estudio completo del sistema convencional de competencia judicial, reconocimiento y ejecución, deberán también ser tenidos en cuenta algunos convenios realizados entre los Estados Nórdicos que incluyen disposiciones acerca de la competencia judicial en materia de estado civil, familia y sucesiones, convenios que como veremos se encuentran conectados con los de reconocimiento y ejecución de sentencias que han sido citados anteriormente.

    Dichos convenios son los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR