Una conferencia en la Academia Matritense del Notariado

AutorG. Cánovas Coutiño
CargoRegistrador de la Propiedad
Páginas554-558

Page 554

Sobre el difícil tema "Nulidad y falsedad civil del instrumento público" disertó el 30 del pasado abril Antonio Moxó-Notario de Barcelona-en la Academia Matritense del Notariado.

Si los conceptos "nulidad" y "falsedad" fueran de contornos nítidos, exactos, acaso, en teoría, podrían formularse estos enunciados: Nulidad y falsedad son efectos de invalidez, cualidades de ineficacia que el instrumento público aqueja en su constitución y requisitos. O más propiamente, discriminando: nulidad es el efecto de invalidez que el instrumento público aqueja en su constitución y requisitos por razón de la actuación legitimadora del Notario; falsedad, la cualidad de ineficacia que aqueja dicho instrumento en su constitución y requisitos por razón de la actuación fedante del Notario.

Pero como estas distinciones conceptuales no se corresponden las más de las veces con la realidad, habrá de valorarse cada caso por el conjunto de sus elementos tácticos, subjetivos, que ofrecerán siempre la configuración jurídica más armónica y segura.

He aquí el interés de la conferencia.

Comenzó con una sugestión metodológica, y expuso como base de su estudio el proceso de elaboración del instrumento público, por las partes y por el Notario, sobre la fecunda distinción de Goldschmidt entre actuación de las partes y actuación del Juez. Y dentro de ésta, de la resolución injusta por falta de observación: error ontológico; y de la resolución injusta por falta de subsunción: error nomológico. En el Notario se perfila así el doble aspecto de su función: como testigo de mayor excepción, como verdadero fedatario de la realidad que presencia (ueritatem dicendi), y como funcionario técnico, como forjadorPage 553 y calificador de una entidad jurídica, sometiéndola a las normas de la legalidad vigente. En el primer aspecto, el instrumento público goza de la presunción juris et de jure, de la protección que merece el concepto de la fides publica, mientras una sentencia no declare su falsedad. En el segundo, el negocio jurídico contenido en la escritura pública se adorna con la protección de la presunción juris tantum. Así, quedan decantados por la doble faz de la actuación del Notario los dos temas de esta conferencia: La falsedad civil, que se refiere al primer aspecto, al de la veracidad de los hechos; y la nulidad, que concierne al segundo aspecto, a su actuación legitimadora, técnica, a sus juicios de legalidad.

Como contrapartida de la nulidad, examinó la significación y el valor del instrumento público, a través de los autores y la Jurisprudencia: Núñez Lagos, cuya doctrina, expuesta en su conferencia del primer curso de esta Academia, "Estudios sobre el valor jurídico del documento notarial", ha consagrado el Tribunal Supremo; Giménez Arnau, De Velasco, D. Juan Ignacio Moreno y D. José de Vicente y Caravantes. Y es curioso cómo se revela en tales autores, especialmente en el primero y el último, la confirmación del doble aspecto antes enunciado en la función notarial y en la eficacia del instrumento. Los hechos materiales de Caravantes, que el Notario presencia o ejecuta, basan los defectos que en la terminología de Goldschmidt se comprenden bajo la rúbrica de error ortológico; y les hechos morales de aquél, los que éste resume bajo el título de error nomológico. La primera tacha re llama falsedad. La segunda, nulidad.

Entrando en el tema de la nulidad, parte para establecer conceptos y categorías de ineficacia de la doctrina elaborada al respecto en Derecho civil, una de las más oscuras del mismo. "Desde que Zachariae, a principios del siglo XIX, para dar forma a una manifestación del primer Cónsul, distinguió la inexistencia de la nulidad y las obligaciones nulas de las rescindibles-y Laurent lo ratificó-, la materia se fue sutilizando, y Códigos y autores emplean...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR