Un caso... soñado

AutorJ. Navarro y Carbonell
CargoRegistrador de la Propiedad
Páginas201-213

Un caso... soñado a

Page 201

Hace unas noches que, impresionado, sin duda, por la lectura del relato que la Prensa ha hecho del reciente triunfo obtenido por el eminente dramaturgo D. Jacinto Benavente con el estreno de su última producción teatral, soñé con Moraleda, esa ciudad imaginaria que el insigne maestro elige para campo de acción de su obra, y soñé que en Moraleda había Registro de la Propiedad, Juzgado de Primera instancia y tantas otras oficinas públicas como debe de haber en las poblaciones importantes.

Largo face el sueño; desagradable en sumo grado; pero creo conveniente relatarle porque él me sugirió algunas consideraciones acerca de la actuación de los jueces de Primera instancia en los Registros de la Propiedad, y como éste es asunto del que ya en otra ocasión he tratado 1 y que estimo no conviene echar en olvido, aprovecho la coyuntura que se me ofrece para insistir sobre el tema.

He aquí lo que soñé :

En el Registro de la Propiedad de Moraleda se presentó un día un documento comprensivo de gran número de fincas, y para facilitar el trabajo, el Registrador ordenó a sus auxiliares la confrontación de las respectivas inscripciones y el encabezamiento de los asientos, para luego, mediante minuta formulada, terminarlas. En estos preliminares cae gravemente enfermo el Registrador,Page 202 y el Juez de Primera instancia del partido, conocedor del documento que se estaba despachando, y previendo el triste desenlace que la enfermedad de aquel funcionario iba a tener, se persona en la oficina del Registro y le pregunta al sustituto si podría despacharse aquel asunto en un par de días.

El horror que me produjo, aun estando soñando, que haya un ser humano que esté acechando el momento de la muerte de un semejante para beneficiarse con ella en unas cuantas pesetas, me causó tal estremecimiento que me desperté, y di gracias a Dios por haberme librado de tal pesadilla. Pero, aun en sueños, la dicha es fugaz, y no bien me hube dormido de nuevo, la pesadilla continuó.

Ahora eran las primeras horas de una mañana fría de Octubre ; la cuarta desde que el documento fue presentado en el Diario, y me encontraba en una capilla ardiente, en la que en un féretro reposaba el cadáver del infortunado compañero, al que velaban piadosamente, entre otras personas el que fue su sustituto. De improviso, irrumpe en la estancia el Juez del partido, y en tono imperativo ordena al ex sustituto que se persone en la oficina del Registro. Cumpliendo la orden y abandonando el cadáver del que fue su jefe, el modesto empleado se presenta en el lugar ordenado, en el que el Juez, que se había posesionado de él, le ofrece el cincuenta por ciento de los honorarios que devengue en el despacho del documento que se tenía entre manos, si trabaja ferozmente y consiguen despacharlo antes de que llegue el Registador interino. Atemorizado ante el mandato judicial, aquel pobre hombre, rendido de cuerpo y de espíritu por la mala noche y las tristes emociones sufridas, se pone al trabajo ; mas la intensidad de éste no satisface a su nuevo y eventual jefe, y lo pone en la calle, llevando a la oficina nuevo e indocto personal, que sin dar paz a la mano y trabajando día y noche, sin respeto a las festividades, da cima, sea como sea, al trabajo emprendido.

Como los sueños no son realidades, nada de extraño tiene que yo viera pasar por mi dormida imaginación, en un breve lapso de tiempo, todos estos hechos sucesivos, que en la realidad hubieran requerido varios días para desarrollarse; y que aún me encontrara allí en el momento (setenta y dos horas después del fallecimiento del Registrador) en que los hijos del difunto comoPage 203 parecen en la oficina que fue de su padre, a virtud de una cédula de citación que les acaba de ser entregada y en la que se inserta la providencia dictada por el Juez en el siguiente día de aquel triste suceso, por la que, estimando que el caso puede ser la causa grave y urgente a que alude el artículo 3.0 del Real decreto de 7 de Mayo de 1924, se encarga del despacho de los asuntos urgentes del Registro y manda practicar la visita extraordinaria con arreglo al artículo 353 del Reglamento de la ley Hipotecaria, citando a los herederos para la práctica de la misma, y señalando a tal efecto aquel día. Asisto a la desagradable discusión habida entre el Juez y los hijos del difunto, que pretenden retirar el mobiliario que era de su padre, a lo que se opone aquél, alegando que deben probar su derecho a ellos. Nueva discusión, porque el Juez se niega a que en el acta que se está levantando consten los trabajos realizados por el difunto en el despacho del famoso documento, origen de tanto conflicto, y amenaza, por la parte de la autoridad judicial, de hacer llamar a la fuerza pública y meter en la cárcel a los comparecientes, y... aquí me despierto ya definitivamente.

Con la cabeza dolorida, el cuerpo quebrantado y el espíritu asqueado por lo inhumano y repulsivo de las escenas soñadas, tardo bastante tiempo en despejarme y en volver a la normalidad de mi ser, y entonces lanzo un suspiro que desahoga mi pecho, pues comprendo que todo ha sido un sueño, y como sueño, absurdo, porque en la realidad no puede existir, no ya un Juez que por razón de su cargo está obligado a ser humano, justo, equitativo y moral, sino ser alguno que tenga en la cabeza entendimiento y en el pecho corazón, capaz de cometer los hechos que en mi sueño cometió el Juez de Moraleda.

Pasaron horas: volví a mi cotidiano trabajo, pero la obsesión de lo soñado no me abandonaba un momento, y en mis oídos resonaban con incesante martilleo las siguientes palabras : -,; Y si no hubiera sido un sueño? ¿Y si, realmente, en Moraleda hubiese ocurrido lo que has soñado?- Fuera de las razones de humanidad, que esas hay que prescindir de ellas para mirar el casoPage 204 desde el punto de vista legal, ya que la ley, o al menos el precepto obligatorio tiene mucho de inhumano en ocasiones (la privación de sueldo, por ejemplo, en caso de enfermedad), ¿tendría razón el Juez para hacer lo que hizo? ¿Era él el llamado a encargarse del Registro?

Y entonces me decidí a considerar el aspecto legal de la cuestión, y concluí afirmando que ni el Juez tenía derecho para encargarse de la oficina hipotecaria, ni se ajustó a los preceptos legales existentes, aplicables al caso, ni...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR