Artículo 64

AutorVicente Gimeno Sendra
Cargo del Autorcatedrático de Derecho Procesal UNED
  1. Cuando se acuerde el tr·mite de conclusiones, las partes presentar·n unas alegaciones sucintas acerca de los hechos, la prueba practicada y los fundamentos jurÌdicos en que apoyen sus pretensiones.

  2. El plazo para formular el escrito ser· de diez dÌas sucesivos para los demandantes y demandados, siendo simult·neo para cada uno de estos grupos de partes si en alguno de ellos hubiere comparecido m·s de una persona y no actuaran unidos bajo una misma representaciÛn.

  3. El seÒalamiento de dÌa para votaciÛn y fallo se ajustar· al orden expresado en el apartado 1 del artÌculo anterior.

  4. Celebrada la vista o presentadas las conclusiones, el...

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