Anotacion de embargo de un credito contra la masa. Requiere su calificación como tal por el juez concursal

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad
Páginas206-206

Page 206

Supuesto: Se plantea si procede anotar en el Registro mandamientos de embargo de la Seguridad Social habida cuenta que la finca tiene anotada la declaración de concurso y de que la diligencia de embargo que consta en los mandamientos es posterior al auto por el que se declaró el concurso.

El recurrente alega que son créditos posteriores a la declaración de concurso y por tanto créditos no concursales sino contra la masa del art. 84 LC y que de acuerdo con el párrafo 4 a sensu contrario una vez abierta la fase de liquidación la Tesorería puede iniciar ejecuciones para hacer efectivos los créditos que ostenta contra la masa.

Señala el Centro directivo que la circunstancia de tratarse de créditos contra la masa no constaba en el mandamiento sino que se alega en el escrito de recurso por lo que no pudo tomarse en consideración en la nota ni ahora para dictar esta Resolución ( art.326LH ). Aun así entra en el fondo del asunto y concluye que es cierto que estos créditos del art. 84 LC no se integran en la masa pasiva del concurso y de ahí que deban ser satisfechos a medida que se produce su vencimiento con cargo a los bienes que la administración haya dispuesto al efecto - art. 154 LC - ; pero del estudio sistemático de los artículos 8, 9, 84 y 154 LC resulta que la consideración de que un crédito es contra la masa no corresponde realizarla al propio titular del crédito sino que deberá ser el juez del concurso el que deba llevar a cabo esta calificación, de acuerdo con la vis atractiva que ejerce su jurisdicción durante la tramitación del concurso. Así resulta del art. 84.4 LC "Las acciones relativas a la calificación o al pago de los créditos contra la masa se ejercitarán ante el juez del concurso por los trámites del incidente concursal" y de la Exposición de Motivos de "el carácter universal del concurso justifica la concentración en un solo órgano judicial de las materias que se consideran de especial trascendencia para el patrimonio del deudor, lo que lleva a atribuir al juez del...

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