Prevención del acoso moral en el trabajo, a través de reformas a la ley orgánica de la administración pública federal en México

AutorM.A. Martin Gallardo-García
CargoMaestro en Administración Pública, profesor-investigador de la División de Estudios de Postgrado e Investigación de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Juárez del Estado de Durango
Páginas1-15

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1. La administración pública

La Administración Pública está integrada por los órganos del Estado que dependen directa o indirectamente del Poder Ejecutivo; tiene a su cargo la actividad que no desarrollan los otros poderes (legislativo y judicial).

Según Molitor2, se considera a la Administración Pública desde el punto de vista formal, como “el organismo público que ha recibido del poder político la competencia y los medios necesarios para la satisfacción de los intereses generales” y desde el punto de vista material es “la actividad de este organismo considerado en sus problemas de gestión y de existencia propia tanto en sus relaciones con otros organismos semejantes como con los particulares para asegurar la ejecución de su misión”.

Omar Guerrero3, señala que la administración pública proporciona ocupación a muchísimas personas, desde hombres robustos en los trabajos públicos, en los hospitales, asilos, escuelas y talleres. En efecto, el principal empleador en el país es el poder público.

La Administración Pública Federal en México4se integra por organismos centralizados y paraestatales. Dentro de los primeros encontramos a las Secretarías de Estado, los departamentos y demás oficinas que dependen directamente del titular del poder ejecutivo; mientras que en las segundas, encontramos a organismos desconcentrados o descentralizados que, si bien no dependen directamente del ejecutivo, se encuentran sectorizados a alguna dependencia federal, cuentan con presupuesto y patrimonio propio.

La administración pública no sólo está compuesta de instituciones, dentro de ella encontramos el recurso mas importante, el ser humano denominado “los trabajadores”, que son el motor que mueve esa gran estructura que es el Estado; los servidores públicos, en su conjunto, conforman la burocracia, y es ésta la que se desenvuelve,

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cumpliendo una función específica impulsada por valores, patrones de conducta, emociones, sentimientos e intereses.

Gabino Fraga5aborda la Administración Pública desde dos puntos de vista, formal y material; desde el primero define como: “El organismo público que ha recibido del poder político la competencia y los medios necesarios para la satisfacción de los intereses generales” y desde el segundo como: ”La actividad de ese organismo considerado en sus problemas de gestión y de existencia propia tanto en sus relaciones con otros organismos semejantes como con los particulares para asegurar la ejecución de su misión”

Órgano Administrativo.- Son todos aquellos órganos que pertenecen a la administración pública y que son el medio o el conducto por medio del cual se manifiesta la personalidad del Estado.

Actividad Administrativa.- Esta actividad se desarrolla a través de la prestación de los servicios públicos, a los cuales está obligada la administración pública para el logro de su finalidad.

Finalidad.- La finalidad es "el bien común" o "bienestar general" de toda la población en general, elemento no sólo doctrinario sino Constitucional, expresado dentro del artículo 1o. que establece que el Estado se organiza para proteger a la persona y a la familia, y su fin supremo es el Bien Común.

El medio.- El medio que la administración pública utiliza para el logro del bienestar general o el bien común es el Servicio Público.

2. La administración pública como organización

La administración pública es la principal actividad que corresponde desarrollar al Poder Ejecutivo. A partir de la primera Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1824, quedó establecido que el Poder Ejecutivo recaería en un solo individuo llamado Presidente de la Republica, tal y como se establece hasta el día de hoy. No siempre se ha dado el caso de que se disponga de un Poder Ejecutivo

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unipersonal; Daniel Moreno6en su libro Derecho Constitucional Mexicano nos narra que durante la guerra insurgente, al promulgarse el Decreto Constitucional de Apatzingán, el ejecutivo se confió a un triunvirato.

El Presidente de la República para auxiliarse en el desarrollo de la actividad administrativa del Estado, cuenta con una serie de entidades administrativas que le prestan auxilio y que, por razón de jerarquía, dependen de él, bien sea de manera directa o indirecta. Daniel Moreno menciona en su libro que: “por influencia del lenguaje político se le llama Gabinete al conjunto de funcionarios: secretarios de Estado y jefes de Departamento, al igual que los directores de organismos descentralizados, que auxilian al presidente de la República”7.

El artículo 90 de la Carta Magna dispone que la Administración Pública Federal será Centralizada y Paraestatal conforme a la Ley Orgánica que expida el Congreso. En esa Ley Orgánica se distribuyen los negocios del orden administrativo de la Federación que están a cargo de las Secretarías de Estado y Departamentos Administrativos y define las bases generales de la creación de las entidades Paraestatales y la intervención del Ejecutivo Federal en su operación.

3. Ley que regula las relaciones de trabajo en la administración pública en México

La relación entre los trabajadores y las dependencias del Estado Mexicano está regulada por el artículo 123 B de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; en el año de 1960, se adicionó el apartado “B” al artículo 123 constitucional, con la finalidad de dar certeza y certidumbre a los trabajadores del Estado que en ese tiempo, el número apenas sobrepasaba el medio millón en la República.

Este artículo consagra las aspiraciones revolucionarias de los trabajadores, a lo largo del movimiento desarrollado durante el siglo XIX y por la izquierda de nuestro Congreso Constituyente; las conquistas alcanzadas, permitieron mejorar las

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condiciones de vida de los trabajadores, antes de este artículo los trabajadores sobrevivían en lamentable estado de miseria e insalubridad. Su original contenido se ha visto enriquecido, con nuevas conquistas que ha incorporado la presión ejercida por los sindicatos nacionales.

En resumen, el articulo 123 B, regula tópicos tales como jornada laboral diurna y nocturna; días de descanso con goce de sueldo; tiempo extra, periodo vacacional, el salario que percibirán los trabajadores, igualdad entre el varón y al mujer, sistema de escalafón con la finalidad de darles la oportunidad de mejorar en su trabajo, el derecho de conservar su empleo, de asociarse en sindicatos para proteger sus intereses, así como a contar con un sistema de seguridad social; se crea el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje dependencia que deberá conocer de los asuntos relacionados entre los trabajadores y las distintas dependencias del Estado Mexicano.

El apartado B del artículo 123 constitucional establece las...

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