Von Tuhr , Andreas: Parte general del Derecho Civil. Traducción de Wenceslao Roces , ed. de José Luis Monereo Pérez

AutorPatricia Zambrana Moral
CargoProfesora Titular de Historia del Derecho y de las Instituciones de la Facultad de Derecho de la Universidad de Málaga
Páginas2399-2401

Page 2399

VON TUHR , Andreas: Parte general del Derecho Civil. Traducción de Wenceslao R OCES , ed. de José Luis M ONEREO P ÉREZ . Editorial Comares, Granada, 2006, 111 págs.

Se introduce esta segunda edición de la obra de Andreas VON T UHR (1864-1925) con un breve recuerdo a su autor a cargo de Wenceslao R OCES (1897- 1992), que fue Catedrático de Derecho romano de la Universidad de Salamanca y el jurista español que probablemente ha hecho más traducciones de libros jurídicos y políticos en toda la historia. V ON T UHR sería en palabras de R OCES : ´uno de los civilistas alemanes más eminentes y apreciados...ª, que demostró de forma definitiva su ´maestría de expositor y su agudeza para la investigaciónª en su Parte general del Derecho Civil en tres tomos (1910-1918), de la que el presente libro es un resumen que realizó el A. en 1923.

Se estructura con perfecta sistemática en un total de diez capítulos. El primero se detiene en el Derecho objetivo, planteando su concepto (´regla o conjunto de reglas que en el seno de una colectividad humana organizada se acatan como obligatorias para la conducta de los individuosª -pág. 1-) y sus fuentes, antes de entrar en el Código Civil alemán (antecedentes, orígenes, estructura y leyes complementarias) y en su relación con el resto del Derecho alemán y con los Derechos nacionales. Se precisan la aplicación del Derecho a través de la interpretación de la ley y las distintas clases de preceptos jurídicos (según su contenido lógico: preceptos imperativos, permisivos y auxiliares; según la posición que adopte en cuanto a la voluntad de las personas interesadas: Derecho imperativo y dispositivo; Derecho estricto y de equidad; presunciones y ficciones).

A los derechos subjetivos (´facultad que al individuo se le ofrece como derivación de los preceptos del Derecho objetivoª -pág. 1-) se dedica el segundo capítulo, a partir de la relación entre derecho, deber jurídico, basado en los ´preceptos legales que despiertan en el espíritu del hombre la idea de sumisiónª (pág. 12), y relación jurídica que agruparía ´todos los efectos jurí-Page 2400dicos atribuidos por la ley a una relación entre dos personas o entre una persona y una cosaª (pág. 13), para pasar al sujeto de derechos, desde la distinción entre capacidad jurídica y capacidad de obrar, sin obviar la pluralidad de sujetos. Entre las clases de derechos subjetivos, tras reconocer que es difícil de reconducir a un sistema lógico, el autor distingue un...

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