El texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público: ámbito subjetivo de aplicación

AutorVirginia Pérez Alegre - Javier García Serrano
Páginas25-32

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2.1. Introducción

El TRLCSP define de forma amplia su ámbito de aplicación al ser una norma pensada para ser aplicada a la contratación de todos los sujetos que integran el sector público, ajustando así su ámbito de aplicación al de las Directivas comunitarias e incrementando la seguridad jurídica al eliminar remisiones imprecisas y clarificar las normas de aplicación, aumentando la eficiencia de la legislación al tener en cuenta la configuración jurídica peculiar de cada destinatario para modular adecuadamente las reglas que le son aplicables, y previendo un nicho normativo para que puedan incluirse reglas para sujetos que tradicionalmente se han situado extramuros de esta legislación.

Por tanto, el TRLCSP tiene un ámbito subjetivo (sujetos o personas obligadas por su regulación) y un ámbito objetivo (materias que son objeto de esa regulación). La pretensión de que la legislación unitaria de contratos públicos se aplique a todos los contratos de las Administraciones públicas (ámbito subjetivo) y a toda clase de los que éstas celebren (ámbito objetivo) es constante en las sucesivas regulaciones. No obstante, siempre es necesario reconocer excepciones más o menos numerosas. Estas excepciones existen también en la regulación de la originaria LCSP y en el actual TRLCSP.

Una vez establecido el punto de partida, la primera cuestión a definir es qué se entiende por entidades que forman parte del sector público.

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2.2. Aplicación del trlcsp a las entidades del sector público

El TRLCSP tiene por objeto regular la contratación del sector público. De ahí que dedique a enumerar en detalle las entidades que forman parte del mismo en el artículo 3 que pasamos a estudiar.

Forman parte del sector público (artículo 3 TRLCSP):

  1. La Administración General del Estado, las Administraciones de las CCAA y las entidades que integran la Administración Local.

  2. Las entidades gestoras y los servicios comunes de la Seguridad Social.

  3. Los organismos autónomos, las entidades públicas empresariales, las Universidades Públicas, las Agencias Estatales y cualesquiera entidades de derecho público con personalidad jurídica propia vinculadas a un sujeto que pertenezca al sector público o dependientes del mismo, incluyendo aquellas que, con independencia funcional o con una especial autonomía reconocida por la Ley, tengan atribuidas funciones de regulación o control de carácter externo sobre un determinado sector o actividad.

  4. Las sociedades mercantiles en cuyo capital social la participación, directa o indirecta, de entidades de las mencionadas en las letras a) a f) de este apartado sea superior al 50 %.

  5. Los consorcios dotados de personalidad jurídica propia a los que se refieren el artículo 6.5 de la LRJ-PAC 30/1992 y la legislación de régimen local. y la legislación de (Ver: Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local).

  6. Las fundaciones que se constituyan con una aportación mayoritaria, directa o indirecta, de una o varias entidades integradas en el sector público, o cuyo patrimonio fundacional, con un carácter de permanencia, esté formado en más de un 50 % por bienes o derechos aportados o cedidos por las referidas entidades.

  7. Las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social.

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  8. Cualesquiera entes, organismos o entidades con personalidad jurídica propia, que hayan sido creados específicamente para satisfacer necesidades de interés general que no tengan carácter industrial o mercantil, siempre que uno o varios sujetos pertenecientes al sector público financien mayoritariamente su actividad, controlen su gestión, o nombren a más de la mitad de los miembros de su órgano de administración, dirección o vigilancia.

  9. Las asociaciones constituidas por los entes, organismos y entidades mencionados en las letras anteriores.

    El apartado h) se establece como cláusula de cierre al transcribir casi literalmente la...

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