Construcción de Centro de Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos y estaciones de transferencia. Talavera de la Reina (Toledo)

AutorAntonio Ramos Medrano, Jose - Ramos Díez, Francisco Javier
Cargo del AutorLicenciado en Ciencias Ambientales
Páginas179-181

Page 179

ASUNTO: Construcción de un Centro de Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos y estaciones de transferencia. Talavera de la Reina (Toledo)

SENTENCIA: Tribunal Supremo de 8 de septiembre de 2009

RECURRENTE: Particulares con domicilio cercano

En el año 2003 se puso en funcionamiento el Centro de Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos de Talavera de la Reina, en el que se gestionan en torno a 55.000 toneladas de basuras anuales que generan los 137.000 vecinos de los 71 municipios que conforman el Área de Gestión de Residuos número ocho (Talavera y su zona de influencia), dentro del Plan Regional de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos de Castilla la Mancha. En este proyecto se incluyen también las estaciones de transferencia ubicadas en Oropesa y en Alcaudete de la Jara, en las que se tratan en torno a 12.000 toneladas anuales de residuos. En la construcción de este centro de tratamiento, que está integrado por una planta de selección y compostaje en la que se tratarán los residuos que se pueden reutilizar o reciclar y un vertedero de rechazos para residuos que no se pueden reutilizar o reciclar, el Gobierno regional ha invertido un total de 6,5 millones de euros, cuyo futuro está en el aire por no respetarse los trámites exigidos en la normativa de Evaluación de Impacto Ambiental.

Parece mentira que en una inversión de este importe se omitan dos trámites esenciales del procedimiento de evaluación de impacto, máxime teniendo en cuenta que estas instalaciones de tratamiento de residuos originan siempre un fuerte rechazo por parte de los vecinos más cercanos al lugar elegido para su emplazamiento, conflictos que muy a menudo acaban con la interposición del correspondiente recurso, como así ha ocurrido en este caso. En concreto, estos dos trámites esenciales son, el estudio de las posibles alter-nativas técnicas y de ubicación y la aprobación del proyecto antes de la finalización de la evaluación ambiental.

Con relación al primero de ellos, la inexistencia de estudio de alternativas, la sentencia destaca que «no existió contemplación de alternativas respecto del emplazamiento del Centro de Tratamiento de Residuos Urbanos, sino que ante una indicación del Ayuntamiento de Talavera de la Reina favorable a su localización en la zona Este de la población (folio 108 del expediente), la entidad adjudicataria propuso la parcela NUM000 del polí-

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gono NUM001 , y a esa parcela, y a ninguna otra localización, se refirió el Estudio de...

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