Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Valencia de 5 de Abril de 2019 (Sala de lo Contencioso Valencia. Sección 1, Ponente: Lucía Débora Padilla Ramos)

AutorDr. Carlos Javier Durá Alemañ
CargoInvestigador del Centro Internacional de Estudios en Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Páginas133-135
www.actualidadjuridicaambiental.com
133
Comunidad Valenciana
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 9 de julio de 2019
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Valencia de 5 de Abril de 2019 (Sala
de lo Contencioso Valencia. Sección 1, Ponente: Lucía Débora Padilla Ramos)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ, Investigador del Centro Internacional de Estudios
en Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CV 2109/2019 - ECLI: ES:TSJCV:2019:2109
Temas Clave: Plan Ordenación Recursos Naturales (PORN); Parque Natural;
Autorización ambiental; Autorizaciones y licencias; Licencia de obra; Ordenación del
territorio; Procedimiento administrativo; Procedimiento sancionador; Red Natura 2000;
Urbanismo
Resumen:
La sentencia recurrida por la actora (José Ignacio), fue dictada el día 2 de Mayo de 2016,
por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Elche en el Procedimiento
Ordinario número 553/2012, el fallo es del siguiente tenor Que debo declarar la
inadmisibilidad del recurso contencioso administrativo interpuesto por José Ignacio contra la resolución del
expediente de licencia de obra menor nº NUM000 del excelentísimo Ayuntamiento de Elche, y en
impugnación indirecta del decreto de declaración paraje natural el hondo, decreto del plan rector de uso y
gestión del fondo, decreto de ordenación de los recursos naturales del sistema de zonas húmedas del sur de
Alicante”.
Se interpone el 3 de Junio de 2016, recurso de apelación contra la citada resolución
formulando los motivos de impugnación frente a la resolución recurrida y terminó
solicitando en su día previos los trámites legales se estimase el recurso anulando la
sentencia de instancia y dictando nueva Sentencia acogiendo sus pedimentos.
La parte recurrente apela la sentencia alegando, en síntesis, los siguientes argumentos.
Infracción del artículo 218 de la LEC que establece que las sentencias deberán ser claras
precisas y congruentes con las demandas. En segundo lugar, en cuanto al fondo de la
cuestión planteada, alega la nulidad de la condición 7.2 de la licencia de obra menor
otorgada por el Ayuntamiento de Elche, dado que no se menciona las especies de aves que
pudieran colisionar contra el vallado, y el solicitante no puede conocer las medidas
necesarias para evitar los impactos.
Alega la inadecuada aplicación de la legislación forestal estatal básica de los espacios
protegidos en la Comunidad Valenciana, al considerar que los viveros de plantas
ornamentales quedan excluidos del ámbito de aplicación de la ley 42/2007 según consta en
la disposición adicional tercera. Considera que concurre causa de nulidad del decreto
187/1988, de 12 de diciembre por el que se declara paraje natural el Hondo, el decreto
232/1994, de 8 de noviembre, del Gobierno valenciano, por el que fue aprobado el Plan
Rector de Uso y Gestión del Paraje Natural de Fondo y Decreto 31/2010, de 12 de

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