Resolución de 20 de mayo de 2006 (B.O.E. de 22 de junio de 2006)

AutorRedacción
Páginas351-355
Resolución de 20 de mayo de 2006, de la Direc-
ción General de los Registros y del Notariado, en
el recurso interpuesto por el notario de Soria don
José Manuel Benéitez Bernabé, contra la negati-
va del registrador mercantil de Madrid n.º 9, a ins-
cribir una escritura de declaración de cambio de
socio único de una sociedad de responsabilidad
limitada.
En el recurso interpuesto por el Notario de So-
ria don José Manuel Benéitez Bernabé contra la
negativa del Registrador Mercantil de Madrid, nú-
mero IX, don José Antonio Calvo y González de
Lara, a inscribir una escritura de declaración de
cambio de socio único de una sociedad de res-
ponsabilidad limitada.
Hechos
I
Mediante escritura autorizada por el Notario
de Soria don José Manuel Benéitez Bernabé el 8
de octubre de 2005, se formalizó la compraventa
de la totalidad de las participaciones sociales de
la entidad «Construccionmes, Tesos y Escayolas
Edin, Sociedad Limitada», en favor de doña M.ª
Jesús L.N., quien queda como socia única. Dicha
escritura fue otorgada por don Dionisio G.L., que
interviene no sólo como vendedor y anterior so-
cio único sino también como administrador úni-
co de la sociedad. En el instrumento público se
expresa que el vendedor era el socio único y que,
ostentando la representación orgánica de la enti-
dad mercantil representada, se da por notificado
de la transmisión efectuada, a los efectos de lo dis-
puesto en el artículo 29 de la Ley de Sociedades
de Responsabilidad Limitada, y se obliga a trans-
cribir la presente transmisión en el libro-registro
de participaciones sociales; además, en la misma
escritura se añade que la nueva socia única se cons-
tituye en el mismo acto en Junta General de so-
cios, bajo la presidencia del, hasta entonces, ad-
ministrador único Sr. G.L., de modo que éste cesa
en dicho cargo —dándose por notificado de dicho
cese— y se elige como administradora única a la
compareciente indicada doña M.ª Jesús L.N., quien
acepta el cargo y toma posesión del mismo. Por
último, y habida cuenta de la anterior uniperso-
nalidad de la sociedad se solicita del Registro Mer-
cantil que se haga constar la nueva situación de
unipersonalidad. Por último, se da a la redacción
contenida en la referida escritura el carácter de
acta de junta
II
El 1 de diciembre de 2005 se presentó copia
de dicha escritura en el Registro Mercantil
de Madrid, causó asiento 234 del Diario 1592, y
fue objeto de calificación negativa de fecha 5 de
diciembre, que a continuación se transcribe
en los extremos pertinentes y respecto del único
de los defectos que es objeto del presente re-
curso:
«Don José Antonio Calvo González de Lara,
Registrador Mercantil de Madrid, previo el consi-
guiente examen y calificación, de conformidad
con los artículos 18 del Código de Comercio y 6
del Reglamento del Registro Mercantil, ha resuelto
Resolución de 20 de mayo de 2006
(B.O.E. de 22 de junio de 2006)
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