Registro Mercantil - Resolución de 19 de mayo de 1977

AutorA.Guardiola-F.Cabaleiro-C.García
Páginas69-74
Antecedentes de hecho

-Por escritura autorizada en Ubeda por el Notario recurrente, el 27 de febrero de 1976, don Evaristo Sánchez García, en representación de la Sociedad Anónima «Griferías Ubeda, S. A.» (GRUBESA), procedió a formalizar el aumento del capital social, que era de 15.000.000 de pesetas y estaba íntegramente desembolsado, en la suma de 7.500.000 pesetas, mediante la creación y puesta en circulación de 750 nuevas acciones nominativas de 10.000 pesetas cada una, que llevarían la numeración de 1.501 al 2.250, ambos inclusive, y, en consecuencia, a modificar el correspondiente artículo de los Estatutos sociales; que el acuerdo de aumento de capital se tomó por unanimidad de Junta Universal de 20 de diciembre de 1975, determinándose tras la renuncia al derecho preferente de suscripción formulada por alguno de los socios, y mediante relación nominal de los demás no renunciantes, el número de acciones nuevas que suscribiría cada uno, acordándose también por unanimidad que el desem-Page 70bolso fuera total, en efectivo, moneda nacional y que se haría ingresando las diferentes sumas bien en la Caja Social o bien en la cuenta de la Sociedad en las Entidades bancarias y Cajas de Ahorro establecidas en Ubcda, a partir de aquella fecha y hasta el 25 de febrero de 1976; que también se acordó por unanimidad facultar al Consejo para que, por medio de su Presidente o cualquiera otro de los consejeros, pudiera comparecer ante Notario para formalizar la escritura de ampliación de capital y modificación del correspondiente artículo estatutario, previa certificación del Secretario de la suscripción y desembolso efectivos del importe de las nuevas acciones suscritas por cada uno de los socios, que se une a la escritura; que en sesión del Consejo de Administración de 25 de febrero de 1976 se acordó por unanimidad designar al Consejero don Evaristo Sánchez García para que en nombre del Consejo otorgara la correspondiente escritura de ampliación de capital y modificación de Estatutos acordada en la Junta Universal, dando cuenta el Secretario del desarrollo y feliz término de la operación de ampliación de capital acordada, habiendo sido suscritas las 750 nuevas acciones nominativas de 10.000 pesetas cada una y desembolsado su importe por los señores accionistas que a ello se comprometieron en la mencionada Junta Universal y cuya relación nominal se transcribe a continuación indicándose en cada caso el número de acciones suscritas y el desembolso del importe en pesetas realizado; que en la certificación del acta se manifiesta a continuación que «finalizada por tanto en el día de la fecha esta operación, el capital social, que inicialmente estuvo constituido por quince millones de pesetas y representado por mil quinientas acciones nominativas de diez mil pesetas cada una, numeradas del uno al mil quinientos, ambos inclusive, se eleva hoy a veintidós millones quinientas mil pesetas en virtud de creación, suscripción y desembolso de las nuevas setecientas cincuenta acciones nominativas de diez mil pesetas cada una, numeradas del mil quinientos uno al dos mil doscientos cincuenta, ambos inclusive».

Presentada en el Registro primera copia de la anterior escritura fue calificada con nota del tenor literal siguiente: Presentada primera copia del precedente documento en unión de fotocopias autenticadas de las certificaciones referidas, y de otra certificación expedida el veintiocho de febrero de mil novecientos setenta y seis por el Secretario de la Sociedad, don Antonio Biedma Campos, con el visto bueno del Presidente, legitimadas sus firmas por el Notario autorizante, en la que se hace constar que el acta de la Junta Universal de veinte de diciembre de mil novecientos setenta y cinco fue aprobada, y observando el defecto subsanable de no hacerse constar que el importe del aumento de capital a que la misma escritura se refiere ha ingresado en la caja social, suspendo la inscripción de la misma, y, a solicitud del presentante, extiendo anotación de suspensión por sesenta días, con la letra A de la hoja número ciento ochenta y siete, al folio ciento ochenta y seis del tomo cincuenta y seis, libro diecisiete de...

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