Reclamación Civil de Tráfico en la Ley 1/2000

AutorErnesto J. Martínez Gómez
CargoAbogado

La publicación de la Ley Orgánica 3/1989 supuso una sustancial modificación en el Código Penal vigente en ese momento, hasta el punto que podemos decir que representó la despenalización de los "accidentes de tráfico".

Decimos despenalización de "accidentes de tráfico" porque al modificarse los artículos 582 (despenalizaba las lesiones que no precisasen tratamiento médico o quirúrgico y sólo requiriesen la primera asistencia) y el 586, en el que desaparecía su apartado 3º (que venía castigando las faltas por simple imprudencia o negligencia), también se modificaba el art. 600, en el que se despenalizaron los daños en los importes cubiertos por el Seguro Obligatorio, resulta que gran número de accidentes de tráfico abandonaban la vía penal para ser tramitada su reclamación por la vía civil.

Y al mismo tiempo pensó en acelerar las reclamaciones civiles derivadas de los accidentes de tráfico, por lo que simultáneamente en esta misma norma, por Disposición Transitoria, dispuso que todas las reclamaciones civiles de tráfico, fuese cual fuese la cuantía, se tramitasen por el Juicio Verbal.

Resulta que un gran número de accidentes de tráfico dejaban la vía penal para que su reclamación fuese finalmente tramitada por la vía civil

Así, la Disposición Adicional Primera de esta Ley Orgánica 3/1989 decía textualmente:

"Los procesos civiles, cualquiera que sea su cuantía, relativos a la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados con motivo de la circulación de vehículos a motor, se decidirán en Juicio verbal".

Nacía así, con esta Disposición Adicional de la Ley Orgánica 3/1989, el Juicio Verbal del Automóvil.

El Legislador, en ese momento, consciente de la sobrecarga que tenían los Juzgados por este tipo de materia, pensó que este "traslado de papeles" de las mesas civiles a las mesas penales podría acarrear nuevos atascos en la administración de justicia.

Los años han pasado y se ha desarrollado una jurisprudencia menor referida a este "procedimiento" hasta que el día 8 de enero de 2001 entra en vigor la Ley 1/2000 (nueva Ley de Enjuiciamiento Civil) y con ella la duda sobre si sobrevive o no el Juicio Verbal del Automóvil.

Ni que decir tiene que este análisis no es más que una opinión personal y sin duda no faltarán posturas que mantengan lo contrario, pero estimamos que el estudio realizado es el que nos conduce a la conclusión que en nuestra opinión es el haber desaparecido el "Juicio verbal del Automóvil".

La Ley 1/2000 da una nueva...

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