Propiedad horizontal. Cambio de uso de local a vivienda

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad

Supuesto de hecho.

Los propietarios de un local de una propiedad horizontal declaran en escritura su cambio de destino a vivienda y pretenden su inscripción. A la escritura se incorpora la licencia de ocupación concedida por el Ayuntamiento.

Planteamiento.

Nuevamente se cuestiona la posibilidad de que los propietarios de un elemento privativo de una propiedad horizontal puedan alterar su uso, de local a vivienda o viceversa, sin necesidad de consentimiento de la junta de propietarios.

La Resolución reitera la doctrina de la libertad que tiene todo propietario para fijar en principio el destino de su propiedad, lógicamente dentro de los límites fijados por la legislación aplicable, con las debidas licencias que sea exigibles y con respeto, en su caso, a las limitaciones contenidas en el título constitutivo y en los estatutos.

El punto de partida en tales casos debe ser el de la libertad del propietario para cambiar el destino, sin perjuicio de las limitaciones que puedan contenerse en los estatutos pero que deben ser precisas. No cabe, pues, interpretaciones expansivas que limiten el derecho que de partida se reconoce a todo propietario. Po otro lado, el hecho de que en la escritura se califique el elemento privativo como local o vivienda no es por sí solo determinante de una limitación, pues se trata de un dato descriptivo salvo que se diga lo contrario en los estatutos.

Doctrina de la DGRN.

  1. Se reconoce el derecho del propietario al cambo de destino de su piso o local siempre y cuando dicho cambio no aparezca expresamente limitado o prohibido por el régimen de propiedad horizontal, su título constitutivo o su regulación estatutaria.

  2. Es cierto que los estatutos del régimen de propiedad horizontal, en cuanto conformadores del régimen jurídico aplicables a los elementos comunes y privativos pueden establecer restricciones a los posibles usos (artículos 5 y 7 LPH). Sin embargo, para que dichas limitaciones tengan alcance...

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